Disposición final 1ª. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre
Capítulo II. Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial
Para el desarrollo de una nueva cultura de la movilidad segura, saludable y sostenible, las administraciones públicas:
Impulsarán iniciativas que permitan concienciar y sensibilizar a la ciudadanía de las ventajas que aporta la movilidad sostenible, en particular la activa, en la calidad de vida, la salud y el medioambiente.
Promoverán acciones formativas que doten a los profesionales y a la ciudadanía en general, de las habilidades necesarias para lograr la transformación social que requiere el cambio hacia una movilidad sostenible.
De acuerdo con el contenido del DOMOS en relación con la información, concienciación y sensibilización, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana coordinará en el marco de la Administración General del Estado la elaboración de una Estrategia plurianual de concienciación y sensibilización en materia de movilidad sostenible, que se desarrollará a través de planes bienales.
La Estrategia de la Administración General del Estado en materia de concienciación y sensibilización y sus planes bienales podrán incorporar los siguientes elementos:
Iniciativas integradas de información y sensibilización.
Instrumentos de comunicación y participación.
Difusión de buenas prácticas.
Plataformas electrónicas y materiales formativos.
Realización de programas o campañas de promoción y apoyo a las acciones que desarrollen entidades públicas o privadas.
Impulso a redes de colaboración, intercambio y aprendizaje horizontal de entidades y profesionales.
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año se detallarán las partidas específicas asociadas a las actuaciones de concienciación y sensibilización para desarrollar una cultura de movilidad segura, saludable y sostenible.