Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
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Artículo 83. Uso de vehículos automatizados en el sistema de transportes y movilidad por carretera

Los órganos competentes para la regulación de las autorizaciones habilitantes para la realización de transporte de viajeros o mercancías por carretera adecuarán, en su caso, los requisitos y condiciones para habilitar el uso de vehículos automatizados en el transporte.