Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
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Disposición adicional 11ª. Evaluación ex post de los principales corredores puestos en servicio y actuaciones desarrolladas mediante sistema concesional

En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana realizará una evaluación ex post de rentabilidad social, económica y, en su caso, financiera, de las nuevas líneas ferroviarias y principales infraestructuras viarias puestas en servicio desde el año 2010. Dichas evaluaciones se realizarán mediante metodologías comúnmente empleadas y reconocidas para este tipo de estudios.

Asimismo, y en el mismo plazo, se realizará una evaluación de las principales actuaciones en materia de carreteras que hayan sido construidas y financiadas mediante sistemas concesionales antes de la entrada en vigor de la ley, analizando la eficiencia de su construcción y explotación mediante estas formas de financiación.