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Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos de entidades locales (Pirep Local)

PIREP local 600 Millones
Objetivo Eficiencia energética
Plazo de ejecución 2026

El programa de ayudas a entidades locales para la rehabilitación de edificios públicos de titularidad local (Pirep Local), ubicado en el marco de la inversión cinco del componente dos (C2.I5) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), cuenta con un presupuesto inicial de 600 millones de euros, repartido en dos líneas.

La convocatoria, en concurrencia competitiva, que comenzó en abril de 2022 con la Línea 1 y cerró el plazo de solicitudes en junio de ese mismo año con la Línea 2, permite a municipios, diputaciones, cabildos y consells insulares recibir subvenciones para obras de rehabilitación energética y mejora de la habitabilidad.

Con estas actuaciones se pretende reducir, al menos, un 30% el consumo de energía primaria no renovable y mejorar la accesibilidad física, cognitiva y sensorial de los inmuebles, así como el mantenimiento y la sostenibilidad ambiental de todo tipo de edificios de uso público.

Además de los 600 millones de euros que se reparten en modalidad de concurrencia competitiva entre las entidades locales beneficiarias, otros 480 se han transferido directamente a las Comunidades Autónomas (Pirep Autonómico), Ceuta y Melilla para financiar la rehabilitación de sus edificios. Ambas cantidades suman total disponible de 1.080 millones de euros para intervenir en, al menos, 1,23 millones de metros cuadrados (m2) públicos de aquí a 2026.

Convocatoria. Línea 1

Tejados de un grupo de casas

Convocatoria. Línea 2

Casas de un barrio

Objetivos

Estas ayudas contribuyen al objetivo de rehabilitar el parque de edificios públicos hasta lograr inmuebles de calidad y de alta eficiencia energética para 2050. Además, se persigue solventar o mejorar carencias importantes relativas a cuestiones de habitabilidad como puede ser un confort acústico deficiente, una mala calidad del aire, problemas de accesibilidad, etc.

Datos clave de la convocatoria
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Descripción de la imagen

La imagen recoge algunos de los datos clave de la convocatoria del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (Pirep) para Entidades Locales.

La presente convocatoria, en concurrencia competitiva, cuenta con un presupuesto inicial de 600 millones de euros y se divide en dos líneas (La Línea 1aporta 310 millones y la Línea 2 otros 290 millones) que van dirigidas a rehabilitar el parque de edificios públicos hasta lograr inmuebles de calidad y de alta eficiencia energética para 2050. El objetivo es intervenir en 683.333 metros cuadrados (m2) públicos de aquí a 2026.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), a través del componente 2, contempla invertir 1.080 millones de euros en actuaciones en edificios públicos de titularidad local y autonómica (para el ámbito autonómico se destinan 480 millones de euros).

¿Qué se subvenciona?

Estas ayudas financian cinco tipos de actuaciones:

  • Tipo A: encaminadas a la mejora de la envolvente y la eficiencia energética de los edificios públicos, con coeficiente de contribución climática del 100%.
  • Tipo B: destinadas a aumentar la sostenibilidad ambiental, con coeficiente de contribución climática del 40%.
  • Tipo C: orientadas a perfeccionar la accesibilidad.
  • Tipo D: destinadas a mejorar la habitabilidad.
  • Tipo E: enfocadas en progresar en materia de conservación de los edificios.

Las subvenciones financiarán hasta un 100% de los costes elegibles de las actuaciones encaminadas a mitigar el consumo de energía primaria no renovable (actuaciones tipo A) y de forma limitada las actuaciones complementarias no energéticas (tipo B, C, D y E).

Datos clave de la convocatoria
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Descripción de la imagen

La imagen muestra los cinco tipos de actuaciones que se subvencionan en la convocatoria del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (Pirep) para Entidades Locales.

  • Tipo A: las encaminadas a la mejora de la envolvente y la eficiencia energética de los edificios públicos, con coeficiente de contribución climática del 100%.
  • Tipo B: las destinadas a mejorar la sostenibilidad ambiental en materia de agua, uso de materiales, gestión de residuos, adaptación al cambio climático y protección de la biodiversidad, con coeficiente de contribución climática del 40%.
  • Tipo C: las orientadas a mejorar la accesibilidad, como, por ejemplo, la instalación de rampas, ampliación de cabinas de ascensor, plazas de aparcamiento accesibles o la introducción de avisos acústicos y visuales, entre otras actuaciones.
  • Tipo D: las destinadas a mejorar la habitabilidad con intervenciones enfocadas a aumentar la calidad del aire interior, la protección frente al ruido o la sustitución del amianto por otros materiales, entre otros ejemplos.
  • Tipo E: las encaminadas a la mejora en la conservación de los edificios, como, por ejemplo, garantizar el buen funcionamiento del saneamiento, la climatización, la instalación eléctrica o del gas, la iluminación, las telecomunicaciones y la recogida y separación de residuos.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Diputaciones, cabildos y consells insulares son las entidades locales que podrán presentar solicitudes a estas ayudas. El número máximo solicitudes y las condiciones para presentarse varían según la Línea y la población:

Línea 1:

  • Más de 50.000 habitantes y capitales de provincia: dos solicitudes.
  • Entre 50.000 y 20.000 habitantes: una solicitud.
  • Menos de 20.000 habitantes: una solicitud.

Línea 2:

  • Más de 50.000 habitantes y capitales de provincia: tres solicitudes.
  • Entre 50.000 y 20.000 habitantes: dos solicitudes.
  • Menos de 20.000 habitantes: una solicitud.
Datos clave de la convocatoria
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Descripción de la imagen

La imagen identifica los potenciales beneficiarios de la convocatoria del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (Pirep) para Entidades Locales y las condiciones para presentarse a cada una de las líneas de ésta.

Los potenciales beneficiarios de esta convocatoria son los municipios, diputaciones, cabildos y consells insulares.

Las actuaciones susceptibles de ser financiadas con cargo a la Línea 1 (cuya convocatoria finalizó el 25 de abril de 2022) deben estar finalizadas y disponer de acta de recepción de obra antes del 30 de septiembre de 2024. Los proyectos no deben cumplir ningún requisito de escala.

Las actuaciones susceptibles de ser financiadas con cargo a la Línea 2 (cuya convocatoria finalizó el 9 de junio de 2022) deben estar finalizadas y disponer de acta de recepción de obra antes del 31 de marzo de marzo de 2026 y deberán cumplir, al menos, dos de los siguientes parámetros:

  • Que el coste total de la obra proyectada (entendido como la suma del coste de las actuaciones tipo A, B, C, D y E), sin impuestos, sea igual o superior a 500.000 euros.
  • Que la superficie, medida en m2 construidos, en la que se va a intervenir supere los 1.000m2. En el caso de que la intervención afecte solo a las fachadas, deberá computarse únicamente la superficie sobre rasante.
  • Que el grado de intervención de la actuación sea igual o superior a 500 euros/m2, considerando el coste total de la obra sin impuestos respecto de la superficie total rehabilitada.

¿Qué requisitos deben cumplir los proyectos?

Los proyectos financiados por la Línea 1 deben estar finalizados y disponer de acta de recepción de obra antes del 30 de septiembre de 2024. Sin embargo, no deben cumplir ningún requisito de escala, más allá de los comunes a toda la convocatoria.

Las actuaciones financiadas con cargo a la Línea 2 deben estar finalizadas y disponer de acta de recepción de obra antes del 31 de marzo de marzo de 2026. Para esta segunda Línea, los proyectos sí deberán cumplir al menos dos de los siguientes parámetros:

  • Que el coste total de la obra proyectada (entendido como la suma del coste de las actuaciones tipo A, B ,C ,D y E), sin impuestos, sea igual o superior a 500.000 euros.
  • Que la superficie, medida en m2 construidos, en la que se va a intervenir supere los 1.000m2. En el caso de que la intervención afecte solo a las fachadas, deberá computarse únicamente la superficie sobre rasante.
  • Que el grado de intervención de la actuación sea igual o superior a 500 euros/m2, considerando el coste total de la obra sin impuestos respecto de la superficie total rehabilitada.