Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
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Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos de las CCAA, Ceuta y Melilla (Pirep autonómico)

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha puesto en marcha diferentes reformas y programas de inversión para impulsar la rehabilitación del parque inmobiliario español gracias al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). A través del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos (Pirep), incluido en el componente 2, el Ministerio ha transferido a las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla 480 millones de euros de los fondos europeos NextGenerationEU para potenciar la rehabilitación sostenible de edificios públicos autonómicos, siguiendo criterios de población, tal y como se acordó en Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo celebrada el 26 de mayo de 2021.

Tras pactarse la distribución de las ayudas, Mitma ha firmado un convenio con cada gobierno autonómico que recoge los edificios sobre los que se va a actuar en cada territorio, donde se describe las intervenciones subvencionables que se van a llevar a cabo y su financiación. En concreto, se ha acordado con las CCAA, Ceuta y Melilla financiar más de 250 actuaciones que permitirán rehabilitar en torno a 1,8 millones de metros cuadrados (m2) de edificios de uso y titularidad pública hasta 2026, lo que supera la superficie prevista inicialmente (546.667 millones de m2).

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Descripción de la imagen

Descripción de la imagen: La imagen representa las condiciones y requisitos del programa de impulso a la rehabilitación de edificios públicos a nivel (Pirep) a nivel autonómico. Estas subvenciones forman parte de los fondos europeos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que gestiona el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Beneficiarios: Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas

Presupuesto: cuatrocientos ochenta millones de euros transferidos a las comunidades y ciudades autónomas en función de criterios de población

Duración de los convenios: seis años desde su suscripción por ambas partes, prorrogables a seis más

  • Requisitos:
  • Edificios
    • Titularidad pública
    • Destinados a uso público más de veinte años
    • Fecha de construcción anterior al 1 de enero de 2009
  • Actuaciones (debe cumplir uno de los tres requisitos):
    • Presupuesto de la obra mayor o igual a quinientos mil euros
    • Superficie a intervenir mayor de mil metros cuadrados
    • Grado de intervención mayor o igual a quinientos euros por metro cuadrado
  • Actuaciones subvencionables
  • Cuantía subvencionable: cien por cien de los costes elegibles
    • Tipo A: eficiencia energética
  • Cuantía subvencionable: ochenta y cinco por ciento de los costes elegibles, sin superar el cincuenta por ciento del importe del tipo A
    • Tipo B: sostenibilidad ambiental
    • Tipo C: accesibilidad
    • Tipo D: habitabilidad
    • Tipo E: conservación
  • Las actuaciones “bis” incluyen redacción de proyectos y demás trabajaos necesarios para la realización de las obras
  • Es obligatorio incluir las actuaciones Tipo A para financiar la intervención
  • A bis: coeficiente de contribución climática del cien por cien
  • B bis, C bis, D bis y E bis: no tienen contribución climática
  • Los impuestos no son un gasto subvencionable. Deberán ser objeto de financiación por cada Comunidad o Ciudad Autónoma
  • Plazo de ejecución de las actuaciones:
    • Fase 1: 30 de septiembre de 2024
    • Fase 2: 31 de marzo de 2026
    • Objetivos
      • Renovación del parque de edificios de titularidad pública
      • Reducir, al menos, un treinta por ciento el consumo de energía primaria no renovable
      • Reutilización y reciclado de, al menos, un setenta por ciento de los residuos de construcción
      • Costes elegibles
        • Trabajos técnicos
        • Gastos de ejecución de obras (mano de obra, materiales…
        • Honorarios de redacción de proyectos
        • Publicidad, comunicación y divulgación

El objetivo es reducir, al menos, un 30% la demanda de energía primaria no renovable (actuaciones tipo A) y mejorar la sostenibilidad ambiental, la accesibilidad, la habitabilidad y la conservación de todo tipo de edificios de uso público (actuaciones tipo B, C, D y E) como administrativo, educativo, asistencial, deportivo, sanitario, cultural, etc.

El Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos tiene un presupuesto total de 1.080 millones de euros, de los que 600 millones de euros se han destinado a financiar la rehabilitación de edificios de titularidad local (Pirep local) mediante convocatorias en concurrencia competitiva.

Mapa interactivo

Las cifras de ayudas y superficie para rehabilitar están redondeadas y sujetas a ligeras modificaciones.

El mapa muestra las ayudas transferidas a cada región, la superficie a rehabilitar y un enlace a los convenios firmados, que incluyen un listado de las distintas actuaciones acordadas y sus detalles, sin perjuicio de las posibles modificaciones que se puedan pactar en el marco de la Comisión Bilateral de Seguimiento correspondiente, que rige el correcto desarrollo de cada convenio.

Los fondos transferidos se regirán, además de por lo dispuesto en cada convenio entre las Comunidades y Ciudades Autónomas con el Estado, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, así como por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Actuaciones

El amplio abanico de actuaciones previstas para alcanzar los objetivos se divide en cinco tipos:

 

Además de estas actuaciones, la redacción de proyectos y demás trabajos necesarios para la realización de las actuaciones anteriores también son financiables. Estos trabajos reciben el nombre de A bis, B bis, C bis, D bis y E bis, en función de su correspondencia con el tipo de actuación, A, B, C, D o E.

  • Actuaciones tipo A bis: redacción de proyectos y demás trabajos necesarios para la realización de las obras incluidas en el grupo A. Coeficiente de contribución climática del 100%.
  • Actuaciones tipo B bis, C bis, D bis, y E bis: redacción de proyectos y demás trabajos necesarios para la realización de las actuaciones incluidas, según corresponda, en los grupos B, C, D y E.

Requisitos para los edificios

Los edificios tendrán que cumplir tres condiciones para poder optar a las ayudas:

  • Ser de titularidad pública: en caso de titularidad compartida, la Comunidad/Ciudad Autónoma debe ostentar al menos el 51% de la propiedad.
  • Estar destinados a uso público, con exclusión de uso residencial vivienda pública (en todos sus regímenes), y mantenerlo destinado a ello al menos durante los próximos 20 años.
  • Tener una fecha de construcción anterior a 1 de enero de 2009.

También podrán ser beneficiarios aquellos edificios en desuso que sean destinados a uso público una vez finalizada la rehabilitación durante un plazo mínimo de 20 años.

Por su parte, las actuaciones susceptibles de ser financiadas con estas ayudas deben incluir intervenciones de “tipo A” que supongan: una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable; disponer de un plan de gestión de residuos que traiga consigo la preparación para la reutilización y reciclado de, al menos, un 70% de los mismos; y estar finalizadas y ejecutadas antes del 31 de marzo de 2026.

Es importante recordar que tendrán consideración de obra finalizada aquella que disponga de un Acta de recepción que, en ningún caso, podrá ser posterior a la fecha límite señalada. Asimismo, deberán cumplir, al menos, uno de los siguientes parámetros:

  • Que el coste total de la obra proyectada (entendido como la suma del coste de las actuaciones tipo A, B, C, D y E), sin impuestos, sea igual o superior a 500.000 euros.
  • Que la superficie, medida en m2 construidos, en la que se va a intervenir supere los 1.000m2. En el caso de que la intervención afecte solo a las fachadas, deberá computarse únicamente la superficie sobre rasante.
  • Que el grado de intervención de la actuación sea igual o superior a 500 euros/m2, considerando el coste total de la obra sin impuestos respecto de la superficie total rehabilitada.

Aviso importante: El importe relativo al conjunto de tributos (impuestos como el IVA, IGIC o IPSI, ICIO o tasas urbanísticas) de todas las actuaciones no será un gasto subvencionable, por lo que deberá ser objeto de financiación por la Comunidad/Ciudad Autónoma, bien a través de recursos propios o bien con cargo a financiación obtenida en virtud de colaboración público-privada.

Financiación y plazos

Las actuaciones que se ejecuten con cargo a los fondos transferidos se articulan a través de las Fase 1 y 2, de forma que el coste estimado de cada una de ellas es la suma de los costes de sus respectivas actuaciones. Si el coste definitivo de las actuaciones supera al presupuestado, dicho incremento correrá a cargo de la Comunidad/Ciudad Autónoma.

Para la Fase 1, las actuaciones financiables deberán realizarse antes del 30 de septiembre de 2024 mientras que para la Fase 2, el plazo de ejecución será hasta el 31 de marzo de 2026. Ambas deben contar con una reducción media de, al menos, un 30% del consumo de energía primaria no renovable.

¿Qué se consideran gastos financiables?

  • Aquellos que resulten estrictamente necesarios para llevar a cabo las labores de rehabilitación edificatoria.
  • Los trabajos de carácter técnico, tales como los honorarios de los proyectos, la dirección facultativa, las certificaciones energéticas, auditorías energéticas o los relativos a la publicidad de la financiación de la rehabilitación por fondos europeos.

Para las actuaciones tipo A y A bis, las subvenciones financiarán hasta un 100% de los costes elegibles en aquellas encaminadas a mitigar el consumo de energía primaria no renovable. Para las actuaciones complementarias no energéticas (B, B bis, C, C bis, D, D bis, E y E bis), incluyendo las destinadas a mejorar la sostenibilidad ambiental en materia de agua, uso de materiales o gestión de residuos, la financiación será del 85%.

Con el fin de asegurar que la mayor parte de la financiación otorgada se corresponde con trabajos encaminados a la mejora de la eficiencia energética, se limita la financiación de aquellas actuaciones diferentes a las de Tipo A o tipo A bis. Por lo tanto, el importe financiable correspondiente con las actuaciones tipo B, B bis, C, C bis, D, D bis, E y E bis no puede ser superior a la mitad del importe de la suma de las actuaciones tipo A y tipo A bis. A su vez, al importe correspondiente con las actuaciones complementarias no energéticas se la aplica un porcentaje de financiación del 85%.

No tendrán la consideración de gastos financiables las labores de demolición, cimentación o estructura, la construcción de nuevos edificios, la ampliación de las construcciones objeto de rehabilitación ni los gastos de personal.

Ejemplos de actuaciones

Hospitales, centros culturales, colegios, mercados y centros deportivos, entre otros, son algunos ejemplos de edificios objeto de esta rehabilitación sostenible.

Madrid: ha recibido del Pirep 68.582.400 € para intervenir sobre cerca de 270.000 m² antes de abril del 2026 con actuaciones que van desde la sustitución de los sistemas de frío con más de 20 años de antigüedad (en el ámbito sanitario y asistencial) hasta la mejora de la envolvente térmica, sustitución de ventanas e instalación de placas fotovoltaicas (ámbito administrativo).

Andalucía: antes de octubre de 2024 habrá rehabilitado más de 39.000 m², fomentando el uso de la energía fotovoltaica y renovando los equipos que monitorizan los consumos energéticos.

Melilla: se actuarán sobre unos 3.300 m², antes del 30 se septiembre de 2024, para mejorar el confort térmico y la eficiencia energética de una residencia de estudiantes.

En los territorios insulares se prevén, dentro de la Fase 1, actuaciones sobre instalaciones térmicas, mejoras en envolventes con trasdosado interior o sustitución de acristalamientos, reformas integrales para adecuar edificios a centros culturales y mejoras en el sistema de ventilación, entre otras. La Fase 2, por su parte, está enfocada en obras que mejoren la eficiencia energética y ambiental, la habitabilidad y la conservación.

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Descripción de la imagen: La imagen representa las actuaciones financiadas más comunes del programa de impulso a la rehabilitación de edificios públicos a nivel (Pirep) a nivel autonómico. Estas subvenciones forman parte de los fondos europeos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que gestiona el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

  • Actuaciones financiadas más comunes:
  • Sustitución de calderas por otras más eficientes, implantación de sistemas de climatización mixtos e instalación de sistemas de gestión para el control y automatización de estas instalaciones
  • Aumento de la eficiencia energética de los ascensores
  • Renovación de la envolvente térmica
  • Sustitución de luminarias existentes por otras tipo LED, instalación de sistemas de control y regulación de la iluminación
  • Instalación de placas fotovoltaicas
  • Reemplazo de las instalaciones térmicas existentes por fuentes de energía renovable
  • Mejoras en accesibilidad (ascensores, pasamanos y rampas), calidad del aire y en la distribución o funcionalidad del edificio

Enlaces de interés

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