Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Real Decreto-ley

El Gobierno prorroga el descuento de 10 céntimos por litro de gasóleo para el trasporte profesional por carretera

  • El Consejo de Ministros aprueba ampliar hasta el 30 de septiembre la bonificación actual para el sector y fija una rebaja de 5 céntimos de euros por litro durante el cuarto trimestre de 2023 ante a las consecuencias de la guerra en Ucrania.
  • La ayuda por cada litro de gasóleo consumido se abonará al final de cada mes de aplicación, junto la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos.
  • La parte del sector que no se beneficia de la devolución del gasóleo profesional percibirá la ayuda en un solo pago. Se utiliza el dato de consumo que ya se utilizó para la implantación de la medida en el primer semestre de 2023.
  • Para las flotas con tecnologías de propulsión a gas se prevé una compensación de 13 céntimos entre julio y septiembre y de 7 céntimos entre octubre y diciembre de 2023.
  • Asimismo, se extiende la ayuda a los operadores de servicios de transporte marítimo que operan en líneas de navegación de interés público.
  • Se aprueba una línea de avales del Estado para financiar las operaciones de crédito destinadas a incentivar la renovación de la flota mercante española con vistas al cumplimiento de las normas medioambientales.

El Gobierno ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2023 la bonificación a los combustibles para el sector del transporte profesional por carretera. La medida ha sido recogida en el Real Decreto-ley aprobado hoy en Consejo de Ministros para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.

La medida se articula en dos fases: la primera contempla la prórroga del descuento de 10 céntimos por litro de combustible consumido hasta el 30 de septiembre de 2023, y la segunda una bonificación de 5 céntimos de euros entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2023.

Para las flotas movidas por gas se prevé una compensación de 13 céntimos hasta septiembre y de 7 céntimos de euros durante el último trimestre del año, dadas las especiales circunstancias a las que se enfrenta el precio del gas en esta etapa.

El objetivo de las ayudas, promovidas por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), es mitigar el impacto del incremento del precio de los carburantes provocado por la invasión rusa a Ucrania y contribuir a garantizar la sostenibilidad económica del transporte profesional de pasajeros y mercancías, un sector fundamental para la economía, que se ve especialmente impactado por su dependencia de estas fuentes de energía. No hay que olvidar que el precio del gasóleo ha alcanzado máximo históricos a raíz del conflicto.

Así, Mitma realizará un seguimiento continuo de la evolución de los precios del combustible y del impacto de las ayudas para verificar su efectividad e idoneidad.

La prórroga de esta medida confirma el compromiso del Gobierno y el Ministerio con un sector esencial, con el que se trabaja estrechamente para garantizar su sostenibilidad y corregir las asimetrías existentes en el mismo, mejorando su posición y competitividad, y unas condiciones laborales adecuadas y de protección social para los conductores, adoptando medidas estructurales y aprobando ayudas coyunturales.

Cálculo y abono de las bonificaciones

El texto recoge dos mecanismos para calcular y abonar las ayudas de 10 y 5 céntimos de euros por litro a los transportistas en función de si tienen derecho o no a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos.

En el caso de las empresas que se benefician de la devolución del gasóleo profesional, la ayuda se abonará al finalizar cada mes de aplicación de la medida, junto a la devolución parcial del impuesto de hidrocarburos, y se calculará en función de los litros consumidos y pagados con las tarjetas de gasóleo profesional.

Por otro lado, se establece un sistema de ayudas directas para las empresas y trabajadores autónomos que no se benefician de la devolución del gasóleo profesional. Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria entre el 18 de septiembre y el 31 de octubre de 2023, que, una vez aprobada, se abonará en un único pago.

La bonificación se calcula estimando el consumo, por tipo de vehículo, en un periodo de seis meses: del 1 de julio de 2023 al 31 de diciembre de 2023. Así, teniendo en cuenta las diferentes cuantías fijadas para cada trimestre, las ayudas por vehículo para todo el periodo son las siguientes:

Bonificación por vehículo

Vehículo

Importe – (euros)

Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA ≥ 7,5 t y tipo de carburante GLP, GNC o GNL.

1.845

Mercancías pesado. MDPE con MMA≥7,5 t, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla.

1.350

Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA<7,5 t.

500

Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE.

225

Ambulancia VSE.

225

Taxis. VT. con tipo de combustible GLP, GNC o GNL.

205

Taxis. VT con tipo de combustible gasolina. VT con tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias o taxis domiciliados en Ceuta o Melilla o sin aparato taxímetro.

150

Vehículo alquiler con conductor. VTC.

150

Autobús. VDE y tipo de carburante GLP, GNC o GNL.

1.025

Autobús. VDE y tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla.

750

Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y tipo de combustible GLP, GNC o GNL.

1.025

Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla.

750

Ayudas al transporte marítimo

El Real Decreto-ley aprobado hoy prorroga por seis meses las ayudas a los servicios de transporte marítimo de pasaje o de pasaje y carga rodada en navegaciones de línea regular de cabotaje declaradas de interés público de competencia estatal y sobre aquellas líneas marítima interinsulares de régimen análogo de competencia autonómica establecidas por el artículo 33 del Real Decreto-ley 230/2022, de 27 de diciembre.

La cuantía de la ayuda será de 0,0687633 céntimos de euro por cada milla navegada por tonelada de arqueo bruto (GT) durante los tres primeros meses y de 0,03438165 céntimos de euro durante los tres meses siguientes.

El objetivo de esta ayuda no es otro que el permitir la continuidad en precio, cantidad, calidad y continuidad de los servicios marítimos de interés público, autonómicos o estatales, que para estos territorios tiene una consideración similar a la de los servicios de transporte público en territorio peninsular.

Avales a la flota de armadores

Asimismo, el Gobierno aprueba una línea de avales del Estado para financiar las operaciones de crédito destinadas a la renovación de la flota controlada por armadores españoles para mejorar su rendimiento medioambiental, comprendiendo la construcción de nuevos buques, la adquisición de buques con un límite de antigüedad de cinco años o la transformación de buques existentes cuya antigüedad no supere los quince años.

El objetivo que se pretende con la dotación de avales del Estado es el de incentivar la renovación de la flota mercante española con vistas al cumplimiento de las normas medioambientales, especialmente ante la aprobación de las distintas normas de la Unión Europea que integran el denominado paquete “Fit for 55”.