Las ayudas de eco-incentivos para el impulso del transporte ferroviario de mercancías forman parte del programa de apoyo al transporte sostenible y digital, incluido en el componente 6 del Plan de Recuperación, Transición y Resiliencia (PRTR) financiado con los fondos europeos Next Generation EU. Este programa busca impulsar el transporte de mercancías por vía ferroviaria como alternativa a la carretera, de forma proporcional a un mérito ambiental y socioeconómico, medido como la reducción de costes externos del transporte: gases de efecto invernadero, contaminación atmosférica, congestión, accidentalidad y ruido.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha puesto en marcha el programa de eco-incentivos al transporte sostenible con una dotación presupuestaria de 135 millones de euros, que se distribuirán, en los próximos años, entre el modo marítimo y ferroviario en función de la demanda. Este programa persigue incentivar el uso del transporte de mercancías estableciendo eco-incentivos que premien el ahorro de costes externos medioambientales y socioeconómicos generados por el uso de ambos modos frente a la carretera.
El eco-incentivo ferroviario se desarrolla a través de convocatorias en concurrencia no competitiva y tiene un crédito inicial de 75 millones de euros, de los cuales 15 millones son adicionales por parte del Programa de Apoyo a un Transporte Sostenible y Digital en concurrencia competitiva. Esta cantidad será distribuida en tres convocatorias: 2022, 2023 y 2024.
El 29 de abril de 2022 se publicó la Orden Ministerial 371/2022 de 21 de abril que aprueba las bases reguladoras del programa de ayudas y activó, además, la convocatoria 2022. Posteriormente, con la Orden Ministerial 1234/2022 de 12 de diciembre se modificaron algunos aspectos del programa como el presupuesto, las condiciones y la fórmula del cálculo de eco-incentivo para adaptarlo a la nueva realidad económica. Por otro lado, la convocatoria 2023 ya se encuentra en marcha para financiar los tráficos ferroviarios realizados entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023. El plazo para solicitar las ayudas de la convocatoria 2023 comenzará el 1 de enero de 2024 y durará hasta el 1 de abril de 2024.
La imagen representa aspectos básicos de Programa del eco-incentivo ferroviario. Este plan de subvenciones en concurrencia no competitiva forma parte del Programa de apoyo para un transporte digital y sostenible y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por los fondos europeos de recuperación (Next Generation EU).
La OM establece las bases del programa y las condiciones de las convocatorias que subvencionará los tráficos de mercancías realizados por los operadores ferroviarios, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. Así, el texto recoge el contenido mínimo del formulario de solicitud, el listado de toda la documentación requerida para formalizar las peticiones, el detalle de las condiciones que deben cumplir los beneficiarios y los tráficos para optar a las subvenciones y la metodología utilizada para calcular los eco-incentivos. El documento está formado por cinco bloques:
Acceso al portal de subvenciones
Si tiene cualquier duda puede consultar el documento de Preguntas y Respuestas (FAQ) correspondiente a la convocatoria que está disponible en el apartado de “Documentación y normativa” de esta web o rellenar el formulario ubicado al final de esta página seleccionando el asunto “eco-incentivo ferroviario”. Si tiene algún problema informático escriba en ese mismo formulario seleccionando el asunto “Problema informático”.
Aviso importante: el contenido de esta página es meramente informativo. Para poder presentar una o varias solicitudes de ayuda es necesario leerse la 371/2022 de 21 de abril, que aprueba las bases regulatorias y la convocatoria, ya que es la que contiene la información oficial y vinculante.
Si bien la presente OM entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el plazo para solicitar las ayudas se abrirá el uno de enero de 2023 y se cerrará el 30 de marzo a las 12.00 horas (mediodía). La documentación se presentará por vía electrónica en el portal de gestión de subvenciones de la sede electrónica del Mitma (enlace disponible en el botón “Acceder al portal de subvenciones”).
El 15 de diciembre de 2022 se ha publicado la Orden TMA/1234/2022 por la que se modifica los artículos 11.2 , 33.1 a), el anexo II y anexo III. A de la Orden TMA/371/2022, de 21 de abril. El efecto de estas modificaciones queda supeditado a su aprobación por la Comisión Europea en lo relativo al cumplimiento del régimen de ayudas de Estado.