El Programa de apoyo al transporte sostenible y digital, incluido en el Componente 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), está formado por 15 medidas, de las que 13 se conceden a través de la presente convocatoria de ayudas en concurrencia competitiva y en las que se garantizan los principios de libertad de acceso, publicidad, transparencia e igualdad de trato. El crédito asignado a estas 13 medidas es de 460 millones de euros.
La Medida 3 (M3) Innovación y desarrollo del eje de ancho variable en locomotoras, que se describe en esta página, forma parte de estas 13 medidas y, en concreto, está recogida en la Línea 1 del programa, Interoperabilidad en el transporte ferroviario de mercancías, que cuenta con 45 millones de los fondos europeos. El objetivo de esta línea es, así, financiar proyectos encaminados a eliminar barreras y mejorar la interoperabilidad ferroviaria para facilitar la movilidad y el comercio, permitiendo una mayor competitividad industrial y un mayor acceso a los mercados nacionales e internacionales.
Los proyectos de innovación, desarrollo, integración y homologación de un sistema de ejes de ancho variable en locomotoras de mercancías permitirán una mejor y más eficiente adaptación de estas locomotoras a los distintos anchos de vía existentes en la red ferroviaria, facilitando así la interoperabilidad de estos ferrocarriles.
En España es clave potenciar el transporte ferroviario de mercancías, que tiene menos de un 5% de la cuota modal, para ayudar a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y ganar eficiencia. Y es que el ferrocarril emite por unidad de transporte-km casi doce veces menos emisiones directas que la carretera en pauta no urbana y es casi cinco veces más eficiente.
En este contexto, la Medida 3 cuenta con un presupuesto de 15 millones de euros para ayudar a alcanzar uno de los objetivos del Componente 6, que es impulsar modos de transporte más sostenibles, con la mejora de la interoperabilidad y la seguridad ferroviaria.
A continuación, encontrará información sobre las condiciones específicas que deben cumplir los potenciales beneficiarios para optar a las ayudas de la Medida 3, el tipo de proyectos susceptibles de ser financiados, etc. Toda la información y detalles sobre la Medida 3 están disponibles en el Anexo I de la Orden Ministerial 370/2022 de 21 de abril por la que se aprueban las Bases Reguladoras para el Programa de apoyo al transporte sostenible y digital en concurrencia competitiva.
Los beneficiarios deben cumplir todos los requisitos del artículo 6 de la Orden Ministerial 370/2022 de 21 de abril y, además, dependiendo de qué medida se enmarque el proyecto, deberán cumplir también los “Requisitos adicionales para ostentar la condición de beneficiario” establecidos en el Anexo I para cada medida. En líneas generales, pueden optar al Programa de apoyo al transporte sostenible y digital todas aquellas personas jurídicas privadas o entidades del sector público empresarial, que ejerzan una actividad económica en el mercado relacionada con el objeto de las subvenciones y que tengan su domicilio fiscal en España o dispongan de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español. También se pueden presentar agrupaciones de empresas públicas y/o privadas siempre que todos los miembros cumplan los requisitos para ser potenciales beneficiarios.
Para ostentar la condición de potenciales beneficiarios de la Medida 3 no se exigen requisitos adicionales.
Descripción de la imagen: La imagen representa aspectos de la medida 3, denominada Innovación y desarrollo del eje de ancho variable en locomotoras, de la convocatoria de ayudas del programa de apoyo al transporte sostenible y digital. Este programa está financiado con los fondos europeos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que gestiona el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Objetivo: Innovación, desarrollo, integración y homologación de sistemas de ejes de ancho variable en locomotoras de mercancías
Presupuesto: 15 millones de euros
Intensidad máxima de la ayuda: 50 por ciento de los costes elegibles
Subvención mínima: 500.000 euros
Potenciales beneficiarios: Empresas públicas o privadas
La Medida 3 cuenta con un crédito de 15 millones de euros. Los potenciales beneficiarios deberán solicitar una subvención mínima por proyecto de 500.000 euros, teniendo en cuenta que, como máximo, los fondos europeos financiarán, en cumplimiento del régimen de ayudas de Estado, el 50% de los gastos elegibles. La intensidad de la subvención podrá aumentar hasta un máximo del 80% de los costes subvencionables si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
Los servicios de consultoría y los estudios de ingeniería de detalle serán subvencionables cuando se desarrollen en el marco de un proyecto que incluya, como parte necesaria, dichos estudios o trabajos de consultoría e ingeniería, no pudiendo ser objeto de subvención de forma aislada.
No serán elegibles los costes financieros, los impuestos indirectos, las autorizaciones administrativas, licencias, permisos, coste de avales y/o fianzas, multas, tasas, impuestos o tributos. Tampoco los seguros, la seguridad y vigilancia, los gastos asociados a sanciones penales, así como gastos de procedimientos judiciales o el coste de arrendamiento de terrenos utilizados para el proyecto.
Los potenciales beneficiarios deben presentar las solicitudes en el portal de ayudas de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). Recuerde que en ningún caso se podrá presentar en la misma solicitud proyectos que se integren en diferentes medidas y que se pueden presentar todas las solicitudes que se deseen. En el apartado de “Documentación y normativa” de esta página encontrará la Guía del solicitante, donde se describen los pasos que hay que dar para cumplimentar correctamente todos los documentos necesarios para presentar la solicitud. Además, se incluyen manuales para elaborar la memoria técnica y financiera de los proyectos a cofinanciar, un documento con preguntas y respuestas frecuentes y la Orden Ministerial 370/2022. Si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto con el MITMA cumplimentando el buzón de consultas ubicado al final de la página o en este enlace
Acceso al portal de subvenciones
Aviso importante: el contenido de esta página es meramente informativo. Para poder presentar una o varias solicitudes de ayuda es necesario leerse la Orden Ministerial 370/2022, que aprueba las bases regulatorias y la convocatoria, ya que es la que contiene la información oficial y vinculante