Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Objetivo 2.2: Conocer la reglamentación en materia de transporte de mercancías

COD: 103

¿Cómo se denomina la comprobación periódica que realiza la Administración del mantenimiento, por parte del transportista, de los requisitos para ser titular de la autorización de transporte?

  1. Revisión periódica.
  2. Visado.
  3. Constatación periódica.
  4. Certificación periódica.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 16/1987, Art. 51

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 203

¿Cuál de estas afirmaciones es incorrecta?

  1. En el transporte con vehículos ligeros hay una mayor atomización empresarial que en el transporte con vehículos pesados.
  2. En recorridos internacionales hay una menor presencia del transporte con vehículos ligeros.
  3. En el transporte con vehículos pesados o ligeros hay el mismo nivel de exigencia en los requisitos para la obtención de autorización administrativa.
  4. En el transporte con vehículos pesados o ligeros hay diferencias en el sistema de comercialización.

RESPUESTA: C

NORMA: Ley 16/1987, art. 43

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 314

¿Qué establece el convenio CMR?

  1. Las condiciones de realización de los transportes internacionales de mercancías por carretera.
  2. Las condiciones de realización de los transportes internacionales de viajeros por carretera.
  3. La regulación del transporte internacional de mercancías y de viajeros.
  4. Los sistemas de control policial en carretera.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 1.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 597

Está obligado a formalizar el documento de control administrativo de los envíos de transporte de mercancías por carretera:

  1. el cargador contractual.
  2. el transportista efectivo.
  3. el propietario de la mercancía.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 598

El documento de control administrativo de un transporte público de mercancías:

  1. deberá ajustarse a un modelo determinado.
  2. se editará por las asociaciones de transportistas.
  3. será de libre edición.
  4. se editará por el Comité Nacional del Transporte por Carretera.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 661

Las autorizaciones de transporte privado complementario de mercancías se identifican registralmente con la clave:

  1. MPCE.
  2. MDPE.
  3. MDLE.
  4. VPCE.

RESPUESTA: A

NORMA: Resolución D.G. Transporte Terrestre 03/12/2018, Primero

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 662

Las autorizaciones de transporte público de mercancías que permiten efectuar transporte con vehículos de Masa Máxima Autorizada superior a 3,5 toneladas se identifican registralmente con la clave:

  1. MPCE.
  2. MDLE.
  3. VDE.
  4. MDPE.

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución D.G. Transporte Terrestre 03/12/2018, Primero

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 663

Las autorizaciones de transporte público de mercancías que solo permiten efectuar transporte con vehículos de Masa Máxima Autorizada no superior a 3,5 toneladas se identifican registralmente con la clave:

  1. MDPE.
  2. MDLE.
  3. MPCE.
  4. VDE.

RESPUESTA: B

NORMA: Resolución D.G. Transporte Terrestre 03/12/2018, Primero

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 1129

Los vehículos oficiales de transporte de mercancías que utilizan los órganos de la Administración:

  1. necesitan autorización de transporte público.
  2. necesitan autorización de transporte privado particular.
  3. necesitan autorización de transporte privado complementario.
  4. están exentos de autorización de transporte.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 155

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 3023

Para realizar transporte internacional de mercancías que exija contar con licencia comunitaria, es necesario que las empresas dispongan, como mínimo, de:

  1. 5 vehículos pesados.
  2. 3 vehículos entre pesados y ligeros.
  3. 1 vehículo.
  4. 10 vehículos.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, art. 4; RD 1211/1990, art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 3024

¿Qué permiten las autorizaciones multilaterales de transporte internacional?

  1. El transporte con destino a más de dos países.
  2. El transporte de cabotaje en cualquier país firmante de un tratado con vehículos matriculados en otros estados no firmantes
  3. El transporte a/o desde cualquiera de los países firmantes de un acuerdo con una sola autorización.
  4. El transporte a/o desde cualquiera de los países firmantes de un acuerdo efectuados por vehículos matriculados en otros estados no firmantes.

RESPUESTA: C

NORMA: mitma.gob.es

REFERENCIA DOCTRINAL: mitma.gob.es

COD: 3025

¿Se puede realizar transporte internacional en el ámbito de la Unión Europea con un vehículo articulado cuya cabeza tractora esté matriculada en un país y el semirremolque en otro?

  1. Sí, en todos los casos.
  2. No, nunca.
  3. Solo si se trata de transporte privado complementario.
  4. Solo si se trata de transporte público.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 3026

El paso de fronteras en el transporte internacional de mercancías se simplifica si se realiza al amparo del convenio:

  1. CMR.
  2. TIR.
  3. ADR.
  4. ASOR.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio TIR, Preámbulo

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 3687

¿Es necesaria autorización de transporte para la realización de un transporte de dinero en un vehículo blindado especialmente acondicionado para ello?

  1. Sí, siempre.
  2. No, en ningún caso.
  3. Sí, cuando el transporte supere el ámbito de una comunidad autónoma.
  4. Sí, excepto si se trata de transporte urbano.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 3692

¿Es obligatorio hacer constar en el documento de control de los envíos de mercancías por carretera el precio del transporte?

  1. Es obligatorio, pero basta con que se haga una referencia a la tarifa aplicable en cada caso.
  2. Es obligatorio porque el precio del transporte es un elemento esencial del contrato de transporte.
  3. No, el precio del transporte solamente puede figurar en las cartas de porte sustitutivas de las facturas.
  4. No es obligatorio, pero puede hacerse constar cuando así lo soliciten las partes intervinientes.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 3956

¿Qué es un acuerdo bilateral en transporte internacional de mercancías?

  1. Un acuerdo entre dos empresas de transporte de un país para realizar transporte internacional.
  2. Un acuerdo entre dos empresas de diferentes países para realizar transporte internacional.
  3. Un acuerdo entre dos países para regular las condiciones de transporte entre ambos países.
  4. Un acuerdo entre dos organismos internacionales encaminado a la regulación de las condiciones de transporte entre los diferentes países que son parte de ambas organizaciones.

RESPUESTA: C

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 3957

¿Qué es un acuerdo multilateral en transporte internacional de mercancías?

  1. El celebrado entre más de dos empresas pertenecientes a un solo país con el objeto de regular las condiciones en que se prestará un servicio internacional de transporte por carretera.
  2. El celebrado entre empresas pertenecientes a diferentes países para realizar transportes internacionales, siempre que haya más de dos empresas por país.
  3. El celebrado entre diferentes países siempre que, entre cada dos de ellos exista, al menos, una frontera común.
  4. Acuerdo entre más de dos países para regular las condiciones de autorización de servicios internacionales de transporte.

RESPUESTA: D

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 4326

De los documentos siguientes, ¿cuál no es propio del transporte de mercancías?

  1. Título habilitante para el transporte.
  2. Autorización de transporte internacional para los viajes al extranjero no liberalizados.
  3. Certificado ATP, en su caso.
  4. Autorización específica de servicio regular de uso especial.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 16/1987, Art. 64

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 4327

¿Qué datos deben figurar en el documento de control administrativo de transportes de mercancías?

  1. Los contenidos en el libro de ruta.
  2. El nombre del cargador contractual y del transportista efectivo.
  3. La indicación de la dirección a la que dirigir las reclamaciones.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 4399

La autorización de transporte internacional de mercancías que permite transportar en más de un país se llama autorización:

  1. triangular.
  2. multilateral.
  3. bilateral.
  4. liberalizada.

RESPUESTA: B

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 5231

El régimen TIR es un régimen de tránsito aduanero:

  1. solamente para mercancías de la Unión Europea.
  2. para mercancías con origen o destino fuera de la Unión Europea y que parte de su recorrido se realiza por carretera.
  3. únicamente para mercancías con origen o destino en España.
  4. únicamente para mercancías con origen o destino en países del EEE.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio TIR, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5232

El régimen ATA es un régimen de tránsito aduanero utilizado para:

  1. el transporte de mercancías en avión, únicamente.
  2. el transporte de mercancías dentro de la Unión Europea, únicamente.
  3. la importación temporal de mercancías, como exposiciones, entre los países firmantes.
  4. el transporte multimodal de mercancías entre países del EEE únicamente.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio ATA, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5233

¿Quiénes son los profesionales especializados en organizar transportes internacionales y llevar a cabo los trámites aduaneros?

  1. Los agentes de aduanas.
  2. Los transitarios.
  3. Los agentes de inspección.
  4. Los gestores internacionales.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 16/1987, Art. 121

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5234

Las mercancías que viajan en régimen TIR deben ir acompañadas de:

  1. una declaración responsable de cumplimiento de la normativa aduanera.
  2. un certificado sanitario en el caso de mercancías perecederas.
  3. un cuaderno que sirve como documento de control a las diferentes aduanas.
  4. una liquidación previa de aranceles.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio TIR, Art. 17.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5235

¿A cuál de los siguientes transportes se aplicará el convenio CMR?

  1. A los transportes privados complementarios.
  2. A los transportes nacionales de mercancías.
  3. A los transportes internacionales de mercancías.
  4. A los transportes internacionales de viajeros.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 1.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5236

El convenio CMR se aplicará a los transportes efectuados:

  1. en ferrocarril entre dos estados signatarios del acuerdo.
  2. por vía navegable, siempre que esta no sea marítima, y se efectúe entre dos países signatarios del acuerdo.
  3. por vehículos de carretera entre dos países y que uno de ellos, al menos, sea signatario del acuerdo.
  4. por cualquiera de los sistemas enunciados en las respuestas anteriores.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 1.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5237

La carta de porte que ampara un transporte sometido al convenio CMR constará de:

  1. 3 ejemplares originales, como mínimo.
  2. 4 ejemplares originales, como mínimo.
  3. 5 ejemplares originales, como mínimo.
  4. 2 ejemplares originales, como mínimo.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 5.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5238

La carta de porte que ampara un transporte sometido al convenio CMR la firmará:

  1. el propietario de la mercancía, el remitente y el transportista.
  2. el remitente y el transportista.
  3. el remitente, el transportista, la agencia de transportes y el consignatario.
  4. No necesita ir firmada.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 5.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5431

¿Para qué conductores es necesario un certificado de conductor de tercer país?

  1. Para todos los que no sean españoles.
  2. Solo para todos los conductores con nacionalidad marroquí.
  3. Para los conductores que no tengan nacionalidad de un estado de la Unión Europea o de Islandia, Noruega y Liechtenstein.
  4. Solamente para los procedentes de América Latina.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/3399/2002, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5435

Están exentos de autorización administrativa los transportes de mercancías de carácter privado complementario realizados en vehículos de:

  1. hasta 8 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  2. hasta 4,5 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  3. hasta 3,5 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  4. hasta 7 toneladas de Masa Máxima Autorizada.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 1211/1990, art. 155

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5436

Están exentos de autorización administrativa los transportes públicos de mercancías realizados en vehículos de:

  1. hasta 2 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  2. hasta 3,5 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  3. hasta 8 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  4. hasta 12 toneladas de Masa Máxima Autorizada.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5437

¿Qué clases de autorizaciones administrativas se otorgan para realizar transporte público interior de mercancías?

  1. La que habilita para efectuar transporte con vehículos de Masa Máxima Autorizada no superior a 3,5 toneladas y la que habilita para efectuarlo con vehículos de Masa Máxima Autorizada superior a 3,5 toneladas.
  2. La que habilita para efectuar transporte con vehículos de Masa Máxima Autorizada no superior a 2 toneladas y la que habilita para efectuarlo con vehículos de Masa Máxima Autorizada superior a 2 toneladas.
  3. La que habilita para efectuar transporte con vehículos de Masa Máxima Autorizada superior a 2 toneladas, pues los vehículos de hasta 2 toneladas no necesitan autorización.
  4. La autorización para empresarios individuales (autónomos) y la autorización para sociedades.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 16/1987, art. 43

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5438

¿Cuántas autorizaciones administrativas de transporte público de mercancías se otorgan por empresa?

  1. Una por cada vehículo ligero que posea la empresa.
  2. Siete.
  3. Diez.
  4. Una, que habilita para realizar transporte con los vehículos que se le hayan vinculado.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 38

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5439

¿Qué tipo de documento es necesario llevar a bordo del vehículo para demostrar que se está autorizado para realizar transporte interior de mercancías?

  1. El original de la autorización administrativa que se otorga a la empresa.
  2. Ninguno.
  3. La copia certificada de la autorización con la matrícula del vehículo.
  4. El documento que acredite la competencia profesional.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 1211/1990, art. 51

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5442

En el ámbito de la Unión Europea, ¿está liberalizado el transporte de vehículos accidentados?

  1. Sí.
  2. No.
  3. Sí, pero solo en recorridos de 500 km.
  4. Sí, pero solo en recorridos de 1.000 km.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5443

¿Cómo se denomina el documento común a todos los Estados miembros de la Unión Europea que autoriza a realizar transporte internacional dentro de su ámbito?

  1. Permiso común.
  2. Tarjeta de transporte.
  3. Licencia comunitaria.
  4. Autorización bilateral.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5444

¿Cuál es, según la reglamentación comunitaria, el plazo de validez de la licencia comunitaria para el transporte de mercancías?

  1. Hasta 8 años.
  2. Hasta 10 años.
  3. Hasta 6 años.
  4. Indeterminado.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5445

La autorización CEMT permite realizar transporte internacional de mercancías no liberalizadas entre:

  1. los países miembros de la organización.
  2. Marruecos y España, únicamente.
  3. todos los países europeos y Marruecos.
  4. todos los países del mundo.

RESPUESTA: A

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 5446

¿Puede ser utilizada una autorización CEMT por más de un vehículo de la empresa a la vez?

  1. No, puesto que el original debe ir siempre a bordo del vehículo.
  2. Sí, pero siempre que la empresa tenga varias copias.
  3. Sí, pero solo si hacen el mismo viaje juntos.
  4. Sí, pero solo dentro del mismo país.

RESPUESTA: A

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 5447

¿Qué transporte permite realizar la autorización bilateral de transporte internacional de mercancías?

  1. Transporte de ganado únicamente.
  2. Transporte de muebles únicamente.
  3. Transporte con destino u origen en un determinado país o en tránsito por su territorio.
  4. Únicamente permite cargar en un determinado país si se entra en vacío.

RESPUESTA: C

NORMA: mitma.gob.es

REFERENCIA DOCTRINAL: mitma.gob.es

COD: 5448

Las autorizaciones de transporte internacional de mercancías de tipo bilateral pueden ser, según su duración,:

  1. temporales o de un viaje.
  2. solo temporales.
  3. solo de un viaje.
  4. de cinco años.

RESPUESTA: A

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 5449

En transporte internacional de mercancías, ¿qué permite la autorización bilateral de tránsito?

  1. Transitar por un país y dejar mercancías.
  2. Transitar por un país y recoger mercancías.
  3. Solo permite transitar por un país.
  4. Solo permite dejar mercancías en un país.

RESPUESTA: C

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 5450

A efectos de obligaciones aduaneras, cuando nos referimos a exportación hablamos de:

  1. salida del territorio aduanero de la Unión Europea de mercancías de la Unión.
  2. salida de mercancías desde un Estado de la Unión Europea con destino a otro Estado miembro.
  3. intercambios de mercancías dentro del territorio aduanero de la Unión.
  4. intercambios de autorizaciones bilaterales entre Estados.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 269

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5451

¿En qué consiste el tránsito aduanero?

  1. En la libre circulación de mercancías.
  2. En la libre circulación de vehículos.
  3. En una autorización para no pasar por la aduana.
  4. En trasladar mercancías de una aduana a otra bajo control aduanero.

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 4º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5498

¿Para qué conductores es necesario un certificado de conductor de tercer país?

  1. Solo para los conductores con nacionalidad de Marruecos, Bolivia, Islandia, Noruega y Liechtenstein.
  2. Para todos los que no sean españoles.
  3. Solamente para los procedentes de América Latina.
  4. Para los que no tengan nacionalidad de un Estado de la Unión Europea o de Islandia, Noruega y Liechtenstein.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/3399/2002, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 5900

Según la normativa, ¿qué vehículo de los siguientes necesita autorización administrativa para efectuar un transporte privado complementario de mercancías?

  1. Los de más de 1.500 kg de MMA.
  2. Los de más de 3.500 kg de MMA.
  3. Los de más de 2.000 kg de MMA.
  4. Los de más de 3.000 kg de MMA.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 1211/1990, art. 155

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6151

Señale qué indicaciones debe contener una carta de porte sujeta al convenio CMR.

  1. Lugar y fecha de emisión.
  2. Lugar y fecha de la carga de la mercancía y lugar previsto para su entrega.
  3. Nombre y domicilio del transportista, del remitente y del destinatario.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 6.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6439

¿Dónde se puede obtener el certificado de conductor de tercer país?

  1. En el órgano administrativo de Transportes de las Comunidades Autónomas.
  2. En las Jefaturas Provinciales de Tráfico.
  3. En el Ayuntamiento del municipio donde resida el solicitante.
  4. En los destacamentos de la Guardia Civil de Tráfico.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/3399/2002, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6457

En el transporte privado complementario de mercancías no es necesaria la autorización administrativa si el vehículo no supera una MMA de:

  1. 2 toneladas.
  2. 3 toneladas.
  3. 3,5 toneladas.
  4. 4 toneladas.

RESPUESTA: C

NORMA: Ley 16/1987, Art. 103

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6458

En el transporte de mercancías por cuenta ajena, la autorización administrativa es necesaria cuando la MMA del vehículo sea superior a:

  1. 3 toneladas.
  2. 1 toneladas.
  3. 4 toneladas.
  4. 2 toneladas.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6461

¿Qué son los transitarios?

  1. Empresas especializadas en organizar transportes de ámbito nacional.
  2. Los encargados de la seguridad de la mercancía.
  3. Empresas especializadas en organizar transportes internacionales de mercancías.
  4. Los encargados de diseñar las rutas del transporte.

RESPUESTA: C

NORMA: Ley 16/1987, Art. 121

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6985

¿Qué es el convenio CMR?

  1. Es un acuerdo internacional que estipula las condiciones de realización de los transportes internacionales de mercancías por mar.
  2. Es un acuerdo internacional que estipula las condiciones de realización de los transportes internacionales de mercancías por carretera.
  3. Es un acuerdo internacional que estipula las condiciones de realización de los transportes internacionales de mercancías por ferrocarril.
  4. Este convenio no existe.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 1.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6986

¿Qué transportes deja fuera de su ámbito de aplicación el convenio CMR?

  1. Los efectuados en el marco de convenios postales internacionales.
  2. Los funerarios.
  3. Los de mudanzas.
  4. Las tres respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 1.4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6987

Las mercancías de la Unión que sean reintroducidas en el territorio aduanero de la Unión Europea después de haber sido exportadas, ¿se seguirán considerando como tales a efectos aduaneros?

  1. Sí.
  2. Sí, solo si no han transcurrido más de treinta días desde su salida.
  3. No.
  4. Depende del tipo de mercancía.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6988

¿Qué documento sirve para formular declaraciones en aduana cuando no se utilicen técnicas de tratamiento electrónico de datos?

  1. El documento único de intercambio (DUI).
  2. El documento de importación y exportación universal (UDEI).
  3. El documento internacional de movimiento de mercancías (MMID).
  4. El documento administrativo único (DUA).

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2016/341, Anexo 9

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6989

En España, ¿hay que formular declaración aduanera para la importación de mercancías procedentes de Ceuta o Melilla?

  1. No.
  2. Sí.
  3. Solo para la importación de productos electrónicos.
  4. Solo cuando la mercancía está producida o fabricada fuera del Estado español.

RESPUESTA: B

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 1º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6990

Los sistemas de tránsito aduanero consisten en trasladar mercancías:

  1. de una aduana a otra bajo control aduanero.
  2. de una aduana a otra sin control aduanero.
  3. a una aduana para que allí sean recogidas por un transportista local.
  4. de la aduana para realizar su transporte por territorio nacional.

RESPUESTA: A

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 4º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6991

Para el transporte de mercancías entre los países de la Unión Europea y los pertenecientes a la Asociación Europea de Libre Comercio, ¿cuál es el sistema de tránsito aduanero utilizado?

  1. El tránsito de la Unión.
  2. La convención TIR.
  3. El tránsito común.
  4. La convención ATA.

RESPUESTA: C

NORMA: Decisión del Consejo 87/415/CEE, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6992

¿Cuándo se puede utilizar el régimen TIR para una operación de tránsito de un punto a otro del territorio aduanero de la Unión Europea con mercancías no pertenecientes a la Unión?

  1. En las operaciones de tránsito entre los Estados miembros de la Unión Europea.
  2. En operaciones de tránsito que tengan como destino un país fuera del continente.
  3. En ningún caso.
  4. En operaciones de tránsito que atraviesen en su recorrido un territorio situado fuera del territorio aduanero de la Unión que pertenezca a un Estado firmante del Convenio TIR.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 226

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6993

¿Qué es el cuaderno TIR?

  1. Es el documento que acompaña a las mercancías en los transportes efectuados en régimen TIR.
  2. El conjunto de normas del régimen TIR.
  3. El documento que autoriza a los vehículos que hacen este tipo de transportes.
  4. El documento que acredita al conductor como profesional especializado.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio TIR, Art. 17

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 6994

¿Qué es el régimen ATA?

  1. Es un régimen aduanero utilizado para el movimiento de mercancía sensible.
  2. Es un régimen aduanero utilizado para el transporte especial.
  3. Es un régimen aduanero utilizado para el transporte de material bélico.
  4. Es un régimen aduanero utilizado para la importación temporal.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio ATA, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7079

¿Se necesita autorización para realizar transporte privado complementario de mercancías con un vehículo de 2,5 toneladas de MMA?

  1. No.
  2. Sí.
  3. Solo si el transporte tiene el origen y el destino en diferentes municipios.
  4. Solo si el transporte es de mercancías peligrosas o perecederas.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 155

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7080

¿Se necesita autorización para realizar transporte público de mercancías en un vehículo de 1,5 toneladas de MMA?

  1. No.
  2. Sí.
  3. Solo si el transporte es de mercancías peligrosas.
  4. Solo si el transporte es de mercancías perecederas.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7081

Para el transporte de equipaje en un remolque, arrastrado por un autobús, ¿es necesaria una autorización administrativa de transporte de mercancías?

  1. Sí.
  2. Solo para transportes internacionales.
  3. No.
  4. Solo si el vehículo de arrastre tiene una MMA superior a 6,5 t.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7083

¿Cuál es el número mínimo de vehículos exigido para obtener autorización de transporte público de mercancías que habilite a efectuar transportes con vehículos de Masa Máxima Autorizada superior a 3,5 toneladas?

  1. Tres vehículos que sumen una carga útil de 60 toneladas.
  2. Cuatro vehículos.
  3. Dos vehículos que sumen una carga útil de 40 toneladas.
  4. Un vehículo.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7170

Las personas que hayan obtenido el permiso de conducir de las clases C1, C1+E, C o C+E a partir de 11 de septiembre de 2009 deben obtener además:

  1. el Certificado de Conducción Completa (CCC).
  2. el Certificado de Conducción Profesional (CCP).
  3. el Certificado Profesional (CP).
  4. el Certificado de Aptitud Profesional (CAP).

RESPUESTA: D

NORMA: RD 284/2021, Art. 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7184

¿Puede una empresa ya autorizada para transporte público de mercancías ampliar el número de vehículos adscritos a su autorización de transporte?

  1. Puede si la antigüedad media de su flota, incluidos los nuevos vehículos, no supera los seis años.
  2. Puede si los nuevos vehículos no superan los cinco años de antigüedad.
  3. Puede si la capacidad financiera de la empresa es suficiente en relación con el número de vehículos resultante de la nueva adquisición.
  4. No, en ningún caso.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 1211/1990, art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7187

En derecho español, el contrato de transporte, ¿tiene carácter consensual y no formal?

  1. No.
  2. No, siempre tiene que ser consensual y formalizado en un documento.
  3. Sí.
  4. Sí, pero solo en caso de transporte entre particulares.

RESPUESTA: C

NORMA: Código de Comercio, Art. 51

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7189

Si el precio del combustible aumenta entre el día de celebración de un contrato de transporte de carga completa y el momento de realizarse el transporte, ¿podrá el porteador incrementar el precio inicialmente pactado?

  1. No.
  2. Solo si las dos partes están de acuerdo.
  3. Sí, pero solo si entre la celebración del contrato y el momento del transporte hay más de 30 días de diferencia.
  4. Sí, aplicando los criterios o fórmulas que, en cada momento, tenga establecidos la Administración.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 15/2009, Art. 38

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7190

En un transporte de carga completa, ¿a partir de cuántos días de retraso en el pago, desde que se emite la factura, se obliga al deudor a indemnizar con intereses de demora?

  1. 40 días.
  2. 30 días.
  3. 50 días.
  4. 20 días.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 15/2009, Art. 41

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7191

Si en un contrato de transporte se ha pactado el día, pero no la hora, bastará con que el vehículo esté a disposición del cargador antes de las:

  1. seis de la tarde.
  2. cinco de la tarde.
  3. cuatro de la tarde.
  4. siete de la tarde.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 15/2009, Art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7192

Si el cargador se niega a extender la carta de porte, ¿puede el transportista negarse a realizar el porte?

  1. No.
  2. Siempre que no sean mercancías perecederas.
  3. Sí, pero solo si la mercancía está sin cargar.
  4. Sí.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 15/2009, Art. 10.6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7194

¿Podrá el porteador dar instrucciones en una operación de carga?

  1. No.
  2. Solo si lo exige el contrato.
  3. Sí.
  4. Solo cuando el cargador esté ausente.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 4.14

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7195

Desde que el vehículo ha sido puesto a disposición del cargador, ¿en qué plazo se efectuará la carga?

  1. En una hora.
  2. En dos horas.
  3. En tres horas.
  4. No hay plazo.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 15/2009, Art. 22

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7196

¿El incumplimiento del plazo de carga da derecho al porteador a exigir una indemnización?

  1. No.
  2. Sí.
  3. Solo si el retraso es superior a 10 horas.
  4. Sí, pero solo a partir del tercer día de paralización.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 15/2009, Art. 22

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7198

¿Cuál es el plazo para la descarga de un vehículo?

  1. Una hora.
  2. Dos horas.
  3. Tres horas.
  4. No hay plazo.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 15/2009, Art. 22

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7199

Si se ha producido un retraso probado debido a un caso fortuito, ¿qué responsabilidad tendrá el porteador?

  1. Ninguna, quedará exento.
  2. Responderá a partes iguales con el cargador.
  3. Toda.
  4. Ninguna de las tres respuestas anteriores es correcta.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 15/2009, Art. 48

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7201

Si las señales de daño se perciben en el exterior de los bultos, ¿cuándo debe hacerse la reclamación?

  1. Dentro de las 24 horas siguientes a la recepción.
  2. Dentro de las 48 horas siguientes a la recepción.
  3. Dentro de las 12 horas siguientes a la recepción.
  4. En el momento de la recepción.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 15/2009, Art. 60

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7202

Cuando el consignatario no se encuentre en el domicilio y el cargador no facilite instrucciones, ¿qué puede hacer el porteador?

  1. Debe devolver la carga al cargador.
  2. Esperará a que regrese el consignatario.
  3. No puede hacer nada hasta que no reciba instrucciones del cargador.
  4. Podrá solicitar el depósito de la carga ante la Junta Arbitral del Transporte, quedando liberado de las obligaciones de entrega.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 15/2009, Art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7203

Si el consignatario se niega a pagar, habiéndose concertado el transporte a porte debido, y el transportista retiene por esta causa las mercancías, ¿qué deberá hacer este a continuación?

  1. Solicitar el depósito y además la venta forzosa de la mercancía en cantidad para cubrir el precio del transporte.
  2. Reclamar el pago del transporte al expedidor.
  3. Pedir una indemnización al consignatario.
  4. Nada.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 15/2009, Art. 40

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7205

Cuando existe un único contrato con el cargador e intervienen de forma sucesiva varios porteadores, estamos hablando de una operación de transporte:

  1. multimodal.
  2. extensivo.
  3. sucesivo.
  4. conjunto.

RESPUESTA: C

NORMA: Ley 15/2009, Art. 64

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7207

¿Hay obligación de contar con el documento de control de los envíos en un transporte de mudanzas?

  1. No.
  2. Sí.
  3. Solo si interviene más de un vehículo.
  4. Solo si intervienen tres o más vehículos.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7208

El transporte de vehículos accidentados, efectuado en régimen de cabotaje, ¿es un transporte liberalizado en la Unión Europea?

  1. No.
  2. Sí.
  3. No existe el transporte liberalizado.
  4. Sí, pero solo si el vehículo autorizado tiene una carga útil superior a 5 toneladas.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, art. 1; Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7209

Para obtener la licencia comunitaria, es necesario:

  1. disponer de, al menos, dos vehículos pesados autorizados para el transporte interior.
  2. disponer de, al menos, cinco vehículos pesados autorizados para el transporte interior.
  3. acreditar competencia profesional para el transporte interior e internacional de mercancías.
  4. disponer de, al menos, dos vehículos de cualquier capacidad, autorizados para el transporte interior.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7210

¿Para qué sirve la autorización de la CEMT?

  1. Habilita a realizar transporte internacional de mercancías liberalizado entre países miembros de la organización y a transitar por su territorio.
  2. Habilita a realizar transporte internacional de mercancías no liberalizado por todo el mundo.
  3. Habilita a realizar transporte internacional de mercancías no liberalizado entre países miembros de la organización y a transitar por su territorio.
  4. Habilita a realizar servicios de cabotaje.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 7211

Las autorizaciones de la CEMT de corta duración (color amarillo) tienen una validez de:

  1. 15 días.
  2. 30 días.
  3. 60 días.
  4. 90 días.

RESPUESTA: B

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 7212

Las autorizaciones bilaterales…

  1. habilitan para realizar transporte con destino u origen en un determinado país o a transitar por su territorio.
  2. habilitan para realizar transporte con destino en un país, con un conductor de un país tercero.
  3. solo permiten transitar por un país sin tomar ni dejar carga.
  4. habilitan para contratar transportistas de otros países.

RESPUESTA: A

NORMA: mitma.gob.es

REFERENCIA DOCTRINAL: mitma.gob.es

COD: 7341

¿Cómo es la placa que deben llevar los vehículos cuando efectúan un transporte en régimen TIR?

  1. De fondo blanco con las letras TIR.
  2. De fondo azul con las letras TIR.
  3. De fondo blanco sin letras.
  4. De fondo azul sin letras.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio TIR, Anexo 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7342

¿En qué lugar debe ir colocada la placa indicativa de un transporte en régimen TIR?

  1. En la parte trasera del vehículo.
  2. En la parte lateral del vehículo.
  3. En la parte delantera y en la trasera del vehículo.
  4. En la parte anterior del vehículo.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio TIR, Art. 16

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7394

¿Qué requisitos, de entre los siguientes, son necesarios para obtener autorización de transporte público de mercancías en vehículos con MMA superior a 3,5 toneladas?

  1. Ser persona física o, en otro caso, tener personalidad jurídica propia e independiente de las personas que la integran.
  2. Cumplir las obligaciones de carácter fiscal establecidas por la legislación vigente.
  3. Cumplir el requisito de honorabilidad.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 16/1987, Art. 43

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7395

¿Qué indicaciones debe contener la carta de porte de acuerdo con el convenio CMR?

  1. Lugar y fecha de emisión.
  2. Lugar y fecha de la carga de la mercancía y lugar previsto para su entrega.
  3. Nombre y domicilio del transportista, del remitente y del destinatario.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7402

En un transporte, ante las sospechas de falsedad en la declaración del contenido, ¿qué puede hacer el porteador?

  1. Puede registrar los bultos en presencia del cargador o sus auxiliares.
  2. No puede hacer nada, solo el expedidor tiene autoridad sobre la carga.
  3. Debe realizar el transporte ya que lo exige el contrato.
  4. Ninguna de las tres respuestas anteriores es correcta.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 15/2009, Art. 26

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7403

Cuando existe un único contrato y el envío se lleva a cabo con distintos modos de transporte, estamos hablando de una operación de transporte:

  1. sucesivo.
  2. multimodal.
  3. extensivo.
  4. cualificado.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 15/2009, Art. 67

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7404

Para realizar transporte de mercancías de carácter privado complementario, ¿se necesita una autorización administrativa?

  1. No.
  2. Depende de cuál sea la Masa Máxima Autorizada del vehículo.
  3. Sí, pero solo si se dispone de más de un vehículo.
  4. Sí, pero solo cuando el vehículo que se utiliza es articulado.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 16/1987, art. 103

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7409

Los requisitos necesarios para obtener autorización de transporte público de mercancías habilitante para vehículos de Masa Máxima Autorizada superior a 3,5 toneladas son:

  1. ser persona física, no admitiéndose en ningún caso las sociedades.
  2. cumplir las obligaciones principales de carácter fiscal, pudiéndose incumplir las menos relevantes.
  3. disponer de, al menos, dos vehículos con una capacidad de carga de 60 toneladas.
  4. disponer de, al menos, un vehículo con capacidad de tracción propia matriculado en España.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7410

Si se ha producido un daño, sin mala fe, en la carga, ¿qué responsabilidad tendrá el porteador?

  1. Hasta la mitad del valor/día del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples por kilogramo.
  2. Hasta un tercio del valor/día del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples por kilogramo.
  3. Hasta 3,5 euros por kilogramo.
  4. Hasta 4,5 euros por kilogramo.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 15/2009, Art. 57

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7411

En el transporte de paquetería, la colocación y estiba de las mercancías en el vehículo serán por cuenta:

  1. del cargador, siempre.
  2. del cargador si expresamente se pacta.
  3. del porteador.
  4. Es indiferente que sea el cargador o el porteador, la responsabilidad será del que realice la carga.

RESPUESTA: C

NORMA: Ley 15/2009, Art. 20

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7412

En el contrato de transporte nacional de mercancías por carretera, el límite de la responsabilidad del transportista, en caso de falta de declaración de valor de las mercancías transportadas, será:

  1. un tercio del valor/día del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples por kilogramo.
  2. la mitad del valor/día del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples por kilogramo.
  3. un tercio del valor/hora del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples por kilogramo.
  4. la mitad del valor/hora del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples por kilogramo.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 15/2009, Art. 57

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7419

La Ley del contrato de transporte terrestre de mercancías:

  1. es aplicable a los transportes de objetos en vehículos de viajeros, incluidos los equipajes de las personas que viajan en el vehículo.
  2. es aplicable a los transportes de objetos en vehículos de viajeros, incluidos los equipajes de las personas que viajan en el vehículo, pero solo si estos han sido facturados.
  3. es aplicable a los transportes de objetos en vehículos de viajeros cuando no guarden relación directa con ninguna de las personas que viajan en el vehículo.
  4. solo se aplica a los transportes realizados en vehículos de mercancías.

RESPUESTA: C

NORMA: Ley 15/2009, Disposición adicional segunda

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7420

En un contrato de transporte de mercancías por carretera se denomina expedidor a quien:

  1. hace entrega de las mercancías al transportista por cuenta del cargador.
  2. contrata en nombre propio la realización del transporte.
  3. contrata en nombre propio o por cuenta de un tercero la realización del transporte.
  4. En los contratos de transporte de mercancías por carretera no existe la figura del expedidor sino la del cargador.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 15/2009, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7428

En un contrato de transporte de mercancías por carretera se denomina cargador a quien:

  1. hace entrega de las mercancías al transportista.
  2. contrata en nombre propio la realización del transporte.
  3. efectúa materialmente la carga de la mercancía en el vehículo, ya sea en nombre propio o por cuenta de un tercero.
  4. En los contratos de transporte de mercancías por carretera no existe la figura del cargador sino la del expedidor.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 15/2009, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7429

¿A quién corresponde realizar la estiba y desestiba de la mercancía en el vehículo?

  1. Al cargador y al destinatario, respectivamente, en todos los casos.
  2. Al transportista en todos los casos.
  3. Al expedidor y al destinatario, respectivamente, en todos los casos.
  4. Al cargador y al destinatario, respectivamente, salvo en los servicios de paquetería y similares en los que estas operaciones serán asumidas por escrito por el transportista.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 15/2009, Art. 20

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 7432

¿A quién corresponde realizar la carga de la mercancía en el vehículo, así como su posterior descarga?

  1. Al cargador y al destinatario, respectivamente, en todos los casos.
  2. Al transportista en todos los casos.
  3. A la agencia de transporte en todos los casos.
  4. Al cargador y al destinatario, respectivamente, salvo en los servicios de paquetería y similares en los que estas operaciones serán asumidas por escrito por el transportista.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 15/2009, Art. 20

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8403

¿La autorización CEMT permite realizar transporte entre un país miembro de dicha organización y un país tercero?

  1. Sí.
  2. No.
  3. Solo en situaciones de emergencia.
  4. Solo con vehículos de hasta 3.500 kg de Masa Máxima Autorizada.

RESPUESTA: B

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8404

¿La autorización CEMT permite realizar transporte de cabotaje?

  1. Sí, entre los países miembros de la organización.
  2. Sí, entre los países de la Unión Europea.
  3. No.
  4. Sí, para determinadas clases de mercancía.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8405

¿Qué plazo de validez tienen las autorizaciones CEMT de larga duración?

  1. Seis meses.
  2. Un año.
  3. Dos años.
  4. Cinco años.

RESPUESTA: B

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8406

¿Qué plazo de validez tienen las autorizaciones CEMT?

  1. Las hay de un año y de quince días
  2. Las hay de un año y de treinta días.
  3. Las hay de dos años y de quince días.
  4. Las hay de dos años y de treinta días.

RESPUESTA: B

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8407

¿Cuántos viajes, como máximo, se pueden hacer con una autorización CEMT?

  1. 10.
  2. 50.
  3. 100.
  4. No hay límite en el número de viajes.

RESPUESTA: D

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8408

¿Cuántos transportes se pueden hacer con una autorización CEMT sin regresar al país de matriculación del vehículo?

  1. 2.
  2. 3.
  3. 5.
  4. Ilimitados.

RESPUESTA: B

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8409

¿Cuántos viajes, como máximo, se pueden hacer con una autorización CEMT?

  1. 25.
  2. 50.
  3. Ilimitados, pero cada tres transportes se debe regresar al país de matriculación del vehículo.
  4. Ilimitados, pero cada cinco transportes se debe regresar al país de matriculación del vehículo.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8410

Las autorizaciones CEMT son:

  1. autorizaciones de empresa.
  2. autorizaciones individualizadas por vehículo.
  3. en unos casos, de empresa, y en otros, individualizadas por vehículo.
  4. En la actualidad no existen autorizaciones CEMT.

RESPUESTA: A

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8411

En el caso de un transporte efectuado al amparo de una autorización CEMT, ¿qué documento relativo a dicha autorización se habrá de llevar a bordo del vehículo?

  1. Una copia compulsada de la autorización CEMT.
  2. Una copia certificada de la autorización CEMT.
  3. El original de la autorización CEMT.
  4. Basta una simple fotocopia de la autorización CEMT.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8412

Las autorizaciones CEMT son:

  1. transferibles entre empresas sin ninguna limitación.
  2. transferibles, pero solo entre empresas del mismo país.
  3. transferibles, pero solo entre empresas que transporten la misma clase de mercancía.
  4. intransferibles.

RESPUESTA: D

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8413

¿Qué documento debe ir a bordo del vehículo cuando se efectúa un transporte al amparo de una autorización CEMT de carga general?

  1. El título de competencia profesional para el transporte de mercancías de ámbito internacional.
  2. El título de competencia profesional para el transporte de mercancías de ámbito nacional.
  3. El cuaderno de ruta.
  4. El carné de transportista CEMT.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8414

En el cuaderno de ruta que acompaña a la autorización CEMT de carga general, se anotarán:

  1. los recorridos que se hacen con carga.
  2. los recorridos que se hacen en vacío.
  3. los recorridos que se hacen con carga por el territorio de un país tercero.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8415

Si se realiza un transporte amparado en una autorización CEMT, ¿deberá ir a bordo del vehículo un cuaderno de ruta?

  1. Siempre.
  2. Nunca.
  3. Solo en el caso de autorizaciones de carga general.
  4. Solo en el caso de autorizaciones específicas para mudanzas.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8416

¿De qué clases pueden ser las autorizaciones CEMT?

  1. De carga general y específicas para mudanzas.
  2. De vehículo pesado y de vehículo ligero.
  3. Siempre son de carga general y válidas para cualquier tipo de vehículo.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8417

¿Las autorizaciones CEMT se expiden en número limitado?

  1. Sí, todas.
  2. Sí, las de carga general.
  3. Sí, las específicas para mudanzas.
  4. No, ninguna.

RESPUESTA: B

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8418

¿Las autorizaciones CEMT específicas para mudanzas se expiden en número limitado?

  1. Sí.
  2. No.
  3. Sí, pero están exentos de dicha limitación los transportistas que ya las hubieran tenido en los últimos cinco años ininterrumpidamente.
  4. Sí, pero están exentos de dicha limitación los transportistas que ya las hubieran tenido en los últimos diez años ininterrumpidamente.

RESPUESTA: B

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8419

¿Las autorizaciones CEMT pueden estar sujetas a algún tipo de restricción?

  1. Sí, pueden tener prohibida su utilización en determinados países.
  2. Sí, pueden tener prohibida su utilización con determinados vehículos.
  3. No.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8420

Una de las restricciones que pueden presentar las autorizaciones CEMT es:

  1. la prohibición de ser utilizadas en Francia.
  2. la prohibición de ser utilizadas en España.
  3. la prohibición de ser utilizadas en Austria.
  4. No existen restricciones de tipo territorial para las autorizaciones CEMT.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8421

Entre las restricciones que pueden presentar las autorizaciones CEMT está:

  1. la prohibición de ser utilizadas en Italia.
  2. la prohibición de ser utilizadas en Hungría.
  3. la prohibición de ser utilizadas en Grecia.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8422

¿Qué particularidad presentan, de cara a su utilización, las autorizaciones CEMT con un sello que contenga un camión de color verde y el símbolo III encima?

  1. Solo pueden usarse con vehículos ecológicos y para un máximo de tres viajes.
  2. Solo pueden usarse con vehículos ecológicos y para atravesar un máximo de tres países.
  3. Deben usarse en vehículos calificados como EURO III seguros.
  4. No existen este tipo de autorizaciones CEMT.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8423

¿Qué particularidad presentan, de cara a su utilización, las autorizaciones CEMT con un sello que contenga un camión de color verde y el símbolo IV encima?

  1. Solo pueden usarse con vehículos ecológicos y para un máximo de cuatro viajes.
  2. Solo pueden usarse con vehículos ecológicos y para atravesar un máximo de cuatro países.
  3. Deben usarse en vehículos calificados como EURO IV seguros.
  4. No existen este tipo de autorizaciones CEMT.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8424

¿Qué particularidad presentan, de cara a su utilización, las autorizaciones CEMT con un sello que contenga un camión de color verde y el símbolo V encima?

  1. Solo pueden usarse con vehículos ecológicos y para un máximo de cinco viajes.
  2. Solo pueden usarse con vehículos ecológicos y para atravesar un máximo de cinco países.
  3. Deben usarse en vehículos calificados como EURO V seguros.
  4. No existen este tipo de autorizaciones CEMT.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8425

Uno de los criterios utilizados en España para distribuir las autorizaciones CEMT de carga general es:

  1. mantener la autorización a las empresas que ya hubieran sido titulares de ella en el año anterior si la han utilizado correctamente.
  2. mantener en todo caso la autorización a las empresas que ya hubieran sido titulares de ella en el año anterior.
  3. efectuar un sorteo entre las empresas que las soliciten.
  4. dar preferencia a las empresas que no han sido titulares de autorización en años anteriores.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 150

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8427

La distribución de autorizaciones bilaterales de transporte internacional de mercancías por carretera le es encomendada a la Administración española a través:

  1. de una ley de ámbito estatal.
  2. de un real decreto.
  3. de una orden ministerial aprobada al efecto por el ministro de Fomento.
  4. del convenio firmado con el Estado extranjero correspondiente.

RESPUESTA: D

NORMA: mitma.gob.es

REFERENCIA DOCTRINAL: mitma.gob.es

COD: 8428

Las autorizaciones bilaterales de transporte internacional de mercancías denominadas de zona larga son válidas para:

  1. transportes de más de 300 km con origen o destino en España y destino u origen en el país de que se trate.
  2. transportes de más de 500 km con origen o destino en España y destino u origen en el país de que se trate.
  3. transportes de más de 1.000 km con origen o destino en España y destino u origen en el país de que se trate.
  4. cualquier transporte con origen o destino en España y destino u origen en el país de que se trate.

RESPUESTA: D

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 8429

Las autorizaciones bilaterales de transporte internacional de mercancías denominadas de entrada en vacío son válidas para:

  1. entrar al país de que se trate con el vehículo vacío y salir con carga.
  2. atravesar el país de que se trate con el vehículo vacío.
  3. llevar mercancía al país de que se trate y, al regreso, entrar a España con el vehículo vacío.
  4. No existe esta modalidad de autorizaciones.

RESPUESTA: A

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 8430

Las autorizaciones bilaterales de transporte internacional de mercancías denominadas triangulares son válidas para:

  1. tomar carga en el país firmante del convenio y dejarla en un tercero, transitando por el país de matriculación del vehículo.
  2. tomar carga en un tercer país y dejarla en el firmante del convenio, transitando por el país de matriculación del vehículo.
  3. tomar carga en el país firmante del convenio y dejarla en el de matriculación del vehículo, transitando por un tercer país.
  4. En transporte internacional de mercancías no existe este tipo de autorizaciones.

RESPUESTA: A

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 8431

Las autorizaciones bilaterales de transporte internacional de mercancías denominadas triangulares irregulares son válidas para:

  1. tomar carga en el país firmante del convenio y dejarla en un tercero, transitando por el país de matriculación del vehículo.
  2. tomar carga en el país firmante del convenio y dejarla en un tercero, sin obligación de transitar por el país de matriculación del vehículo.
  3. tomar carga en un tercer país y dejarla en el firmante del convenio, transitando por el país de matriculación del vehículo.
  4. tomar carga en un tercer país y dejarla en el firmante del convenio, sin obligación de transitar por el país de matriculación del vehículo.

RESPUESTA: B

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 8432

Las autorizaciones bilaterales de transporte internacional de mercancías denominadas de cooperación son válidas para:

  1. efectuar los servicios de transporte relacionados con misiones humanitarias.
  2. efectuar los servicios de transporte demandados por organizaciones de ayuda al desarrollo.
  3. efectuar los servicios resultantes de acuerdos de colaboración suscritos entre empresas de transporte de los dos países firmantes.
  4. efectuar los servicios de transporte que no pueden ser atendidos por las propias empresas del país firmante del convenio.

RESPUESTA: C

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 8433

Las autorizaciones bilaterales de transporte internacional de mercancías denominadas universales son válidas para realizar:

  1. transportes con destino u origen en cualquier país.
  2. transportes con destino en cualquier país.
  3. transportes con origen en cualquier país.
  4. cualquier tipo de transporte con origen, destino o tránsito en el país de que se trate.

RESPUESTA: D

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 8440

En el ámbito del transporte internacional de mercancías por carretera, ¿a qué se denomina transportes liberalizados?

  1. A aquellos que no están sujetos a controles fronterizos.
  2. A aquellos que pueden ser desarrollados sin necesidad de una autorización específica.
  3. A aquellos que no están sujetos a tarifas obligatorias.
  4. A aquellos en los que se puede pactar libremente entre las partes las condiciones para su realización.

RESPUESTA: B

NORMA: mitma.gob.es

REFERENCIA DOCTRINAL: mitma.gob.es

COD: 8448

¿Desde qué fecha un transportista español puede utilizar la carta de porte electrónica para transportes sujetos al Convenio CMR?

  1. Desde el 9 de agosto de 2010.
  2. Desde el 9 de septiembre de 2010.
  3. Desde el 9 de agosto de 2011.
  4. No existe tal posibilidad, de momento, para los transportistas españoles.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Instrumento de Adhesión de España

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8449

¿Desde qué fecha un transportista español puede utilizar la carta de porte electrónica para transportes sujetos al Convenio CMR?

  1. Desde el 9 de agosto de 2010.
  2. Desde el 9 de agosto de 2010 para los de más de 250 km.
  3. Desde el 9 de agosto de 2011.
  4. No existe tal posibilidad, de momento, salvo para los transportes de ámbito nacional.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Instrumento de Adhesión de España

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8450

¿Qué efectos produce la carta de porte electrónica en el caso de un transporte sujeto al Convenio CMR?

  1. Ninguno.
  2. Los mismos que la carta expedida en papel, a la que se considera equivalente.
  3. Cuando no vaya acompañada de la carta expedida en papel, solo produce efectos limitados.
  4. La carta de porte electrónica no existe.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 2.2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8451

En el caso de un transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué documentos se pueden emitir por medios electrónicos con plenos efectos?

  1. La carta de porte electrónica.
  2. Cualquier solicitud, declaración, instrucción u orden relativos a la ejecución del contrato.
  3. Ninguno.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 2.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8452

En el caso de un transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué documentos se pueden emitir por medios electrónicos con plenos efectos?

  1. La carta de porte electrónica.
  2. El permiso de circulación del vehículo con el que se efectúa el transporte.
  3. Ninguno.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 2.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8453

En el caso de un transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué requiere una carta de porte electrónica para su validez?

  1. Ir acompañada de la carta de porte expedida en papel.
  2. Haber sido certificada por un técnico en Informática, reconocido por todas las partes del contrato.
  3. Haber sido certificada por las partes del contrato mediante firma electrónica fiable.
  4. No requiere ningún requisito especial.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 3.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8454

En el caso de un transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué requisitos debe reunir una firma electrónica para que se considere fiable a efectos de la certificación de la carta de porte electrónica?

  1. Que esté vinculada únicamente al firmante.
  2. Que permita identificar al firmante.
  3. Que esté vinculada a los datos de manera que cualquier modificación posterior de estos pueda ser detectada.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 3.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8455

En el caso de un transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué requisitos debe reunir una firma electrónica para que se considere fiable a efectos de la certificación de la carta de porte electrónica?

  1. Que esté vinculada únicamente al firmante o, en el caso de empresas cuyo titular es una persona física, a su cónyuge.
  2. Que permita identificar al firmante.
  3. Que esté vinculada a los datos, con independencia de que permita o no detectar cualquier modificación posterior de estos.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 3.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8456

En el caso de un transporte sujeto al Convenio CMR, el procedimiento de elaboración de una carta de porte electrónica debe garantizar:

  1. la integridad de las indicaciones esenciales que contenga.
  2. la integridad de todas las indicaciones que contenga.
  3. la integridad de las indicaciones relativas a la identidad de las partes, mercancía transportada y precio del transporte.
  4. la integridad de aquellas indicaciones que decidan las partes en cada caso.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 4.2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8457

En el caso de un transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué menciones debe contener la carta de porte electrónica?

  1. Nombre y apellidos de las partes intervinientes, domicilio, mercancía transportada y precio del transporte, solamente.
  2. Las mismas que la carta de porte expedida en papel.
  3. Las mismas que la carta de porte expedida en papel, salvo las que no resulten imprescindibles.
  4. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 4.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8458

Cuando en un transporte sujeto al Convenio CMR se utilice la carta de porte electrónica, ¿debe el transportista entregar algún documento al remitente?

  1. Sí, los mismos que en el caso de la carta de porte expedida en papel.
  2. No.
  3. Sí, un recibo de las mercancías en todo caso.
  4. Sí, un recibo de las mercancías si lo solicita el remitente.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 6.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8459

Cuando en un transporte sujeto al Convenio CMR se utilice la carta de porte electrónica, ¿qué documentos debe entregar el transportista al remitente?

  1. Un recibo de las mercancías.
  2. Las indicaciones necesarias para identificar el envío.
  3. Las indicaciones necesarias para acceder a la carta de porte.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 6.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8460

Cuando en un transporte sujeto al Convenio CMR se utilice la carta de porte electrónica, el remitente podrá comunicar de forma electrónica al transportista:

  1. cuantos documentos estime oportuno, aunque no estén previstos en el Convenio CMR.
  2. cuantos documentos estime oportuno, salvo los necesarios para trámites aduaneros.
  3. los documentos necesarios para trámites aduaneros, entre otros.
  4. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, Art. 6.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8461

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías está liberalizado en la Unión Europea?

  1. Los transportes de productos hortofrutícolas.
  2. Los transportes de productos hortofrutícolas, pero solo si han sido producidos en algún Estado de la Unión Europea.
  3. Los transportes postales efectuados en régimen de servicio universal.
  4. Ninguno de los anteriores.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 1.5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8462

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías está liberalizado en la Unión Europea?

  1. Los transportes por cuenta propia.
  2. Los transportes por cuenta propia, pero solo si son efectuados en vehículos de hasta 10 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  3. Los transportes por cuenta ajena en vehículos de hasta 10 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  4. Ninguno de los anteriores.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 1.5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8463

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías está liberalizado en la Unión Europea?

  1. Los transportes de vehículos.
  2. Los transportes de animales vivos.
  3. Los transportes de artículos necesarios en caso de ayudas urgentes.
  4. Todos los mencionados en las respuestas anteriores.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 1.5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8464

En la Unión Europea están liberalizados los transportes internacionales de mercancías realizados con vehículos cuyo peso de carga total autorizado no sea superior a:

  1. 2,5 toneladas.
  2. 3,5 toneladas.
  3. 5 toneladas.
  4. 10 toneladas.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 1.5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8465

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?

  1. Todos los transportes con destino u origen en aeropuertos.
  2. Los transportes ocasionales con destino u origen en aeropuertos, en los casos de desvío de servicios.
  3. Todos los transportes con destino u origen en puertos marítimos.
  4. Los transportes ocasionales con destino u origen en puertos marítimos, en los casos de desvío de servicios.

RESPUESTA: B

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8466

El transporte internacional de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado si se realiza con vehículos cuya carga útil autorizada no supere:

  1. 2 toneladas.
  2. 3,5 toneladas.
  3. 5 toneladas.
  4. 10 toneladas.

RESPUESTA: B

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8467

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?

  1. Los transportes de vehículos accidentados o averiados.
  2. Los transportes de vehículos en camiones preparados para este fin.
  3. Los transportes de vehículos en camiones que no superen las 10 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8468

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?

  1. El transporte de productos hortofrutícolas.
  2. El transporte de leche en vehículos cisterna debidamente acondicionados.
  3. El desplazamiento en vacío de un vehículo destinado a sustituir a otro que ha quedado fuera de servicio en el extranjero.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8469

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?

  1. Los transportes de animales vivos en vehículos acondicionados de manera permanente para esta finalidad.
  2. Todos los transportes de animales vivos.
  3. Los transportes de carne en vehículos frigoríficos acondicionados de manera permanente para este fin.
  4. Todos los transportes de carne.

RESPUESTA: A

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8470

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?

  1. Los transportes de vehículos accidentados o averiados.
  2. Los transportes de productos destinados al aprovisionamiento de buques y aviones.
  3. Los transportes funerarios.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8471

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?

  1. Los transportes de artículos necesarios para cuidados médicos en caso de catástrofes naturales.
  2. Los transportes de artículos necesarios para cuidados médicos en caso de ayuda humanitaria.
  3. Todos los transportes de artículos necesarios para cuidados médicos.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8472

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?

  1. Los transportes, con fines no comerciales, de obras de arte destinadas a exposiciones.
  2. Los transportes, con fines no comerciales, de obras de arte adquiridas por una Administración Pública.
  3. Los transportes, con fines no comerciales, de obras de arte adquiridas por particulares residenciados en el país de destino.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8473

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?

  1. Los transportes, con fines no comerciales, de material destinado a manifestaciones musicales.
  2. Los transportes, con fines no comerciales, de material destinado a manifestaciones deportivas.
  3. Los transportes, con fines no comerciales, de material destinado a circos.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8474

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?

  1. Los transportes por cuenta propia.
  2. Los transportes por cuenta propia, pero solo si se realizan en vehículos de hasta 10 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  3. Los transportes por cuenta ajena en vehículos de hasta 7,5 toneladas de Masa Máxima Autorizada.
  4. Los transportes por cuenta ajena en vehículos de hasta 10 toneladas de Masa Máxima Autorizada.

RESPUESTA: A

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8475

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT está liberalizado?

  1. Todos los transportes funerarios.
  2. Los transportes funerarios, pero solo si tienen como destino el país de residencia de la persona fallecida.
  3. Los transportes funerarios, pero solo si tienen como destino el país de matriculación del vehículo en el que se realizan.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8476

¿Cuál de los siguientes transportes internacionales de mercancías entre países integrados en el sistema de autorizaciones CEMT necesita autorización?

  1. Los transportes de vehículos accidentados o averiados.
  2. Los transportes de animales vivos en vehículos acondicionados de forma permanente para este fin.
  3. Las mudanzas.
  4. Ninguno de los anteriores transportes necesita autorización.

RESPUESTA: C

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 8488

El transporte de mercancías por carretera en régimen de cabotaje…

  1. lo pueden realizar los transportistas establecidos en la Unión Europea que dispongan de licencia comunitaria.
  2. es libre y puede realizarlo cualquier transportista, siendo indiferente que disponga de licencia comunitaria o carezca de ella.
  3. necesita una autorización especial de cabotaje.
  4. está prohibido, salvo excepciones.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8489

¿Cuántos transportes de cabotaje consecutivos se pueden realizar, como máximo, tras la descarga de las mercancías transportadas en un transporte internacional entrante en el país de acogida?

  1. Dos.
  2. Tres.
  3. Cinco.
  4. Diez.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8490

¿En qué plazo se han de realizar los transportes de cabotaje permitidos, tras la descarga de las mercancías transportadas en un transporte internacional entrante en el país de acogida?

  1. Siete días.
  2. Diez días.
  3. Quince días.
  4. Un mes.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8491

Si la entrada en el Estado de acogida se produce en vacío, ¿cuántos transportes de mercancías en régimen de cabotaje se pueden realizar en el mismo durante los tres primeros días?

  1. Uno.
  2. Tres.
  3. Cinco.
  4. Ninguno.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8492

Para efectuar legalmente transporte de mercancías en régimen de cabotaje:

  1. se requiere entrar en el país de acogida realizando un transporte internacional con destino al mismo.
  2. se requiere salir del país de acogida realizando un transporte internacional con origen en el mismo.
  3. se puede entrar en vacío en el país de acogida.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8493

Si la entrada en el Estado de acogida se produce en vacío, ¿cuántos transportes de mercancías consecutivos se pueden realizar en régimen de cabotaje?

  1. Uno.
  2. Tres.
  3. Cinco.
  4. Ninguno.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8494

Si la entrada en el Estado de acogida se produce en vacío, ¿en cuánto tiempo se han de realizar los transportes de mercancías permitidos en régimen de cabotaje?

  1. En siete días.
  2. En diez días.
  3. En quince días.
  4. No es posible realizar ningún transporte de cabotaje en esas condiciones.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8495

¿Está limitado el número máximo de transportes de mercancías consecutivos que se permite realizar en régimen de cabotaje en un determinado Estado de acogida?

  1. Sí.
  2. No.
  3. Solo si no se entra al país de acogida efectuando un transporte internacional.
  4. Solo si no se tiene una antigüedad de cinco años en la titularidad de la licencia comunitaria.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8496

¿Está limitado el tiempo durante el que se permite efectuar transporte de mercancías en régimen de cabotaje de modo consecutivo en un determinado Estado de acogida?

  1. Sí.
  2. No.
  3. Solo si no se entra al país de acogida efectuando un transporte internacional.
  4. Solo si no se tiene una antigüedad de cinco años en la titularidad de la licencia comunitaria.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8497

El transportista que efectúe transporte de mercancías en régimen de cabotaje, ¿está obligado a acreditar alguna circunstancia?

  1. Debe poder acreditar, al menos, la realización del transporte internacional entrante en el país de acogida.
  2. Debe poder acreditar, al menos, la realización de alguno de los transportes de cabotaje efectuados.
  3. Debe poder acreditar tanto la realización del transporte internacional entrante como la de todos los transportes de cabotaje efectuados.
  4. No está obligado a acreditar nada, pues el transporte de cabotaje es libre.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8498

¿Quién puede efectuar transportes de mercancías no liberalizados en régimen de cabotaje en el ámbito de la Unión Europea?

  1. Cualquier transportista de la Unión Europea.
  2. Cualquier transportista de la Unión Europea o de un Estado integrado en el sistema de autorizaciones CEMT.
  3. Los transportistas que dispongan de licencia comunitaria.
  4. Los transportistas que dispongan de licencia comunitaria o de autorización CEMT.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8499

¿Qué se necesita para poder realizar transportes internacionales de mercancías no liberalizados en el ámbito de la Unión Europea?

  1. Disponer de licencia comunitaria, así como de certificado de conductor si este es nacional de un tercer país.
  2. Disponer de licencia comunitaria y tener una antigüedad de cinco años en la profesión.
  3. Disponer de licencia comunitaria y tener una antigüedad de tres años en la profesión.
  4. Únicamente disponer de licencia comunitaria en todos los casos.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8500

¿Es necesario un certificado de conductor para poder realizar transportes internacionales de mercancías no liberalizados en el ámbito de la Unión Europea?

  1. Sí, en todos los casos.
  2. En ningún caso, pues basta con la licencia comunitaria.
  3. Sí, cuando el conductor sea nacional de un tercer país.
  4. Solo si se transportan mercancías peligrosas sujetas al ADR.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8502

Los transportes internacionales de mercancías por cuenta propia dentro de la Unión Europea:

  1. se realizarán al amparo de una licencia comunitaria.
  2. necesitan una autorización bilateral.
  3. se realizarán al amparo de un certificado para transporte por cuenta propia.
  4. no necesitan de ningún documento específico que los autorice o certifique.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8505

La licencia comunitaria para transporte de mercancías es:

  1. un documento que se otorga al transportista y que habilita para realizar transportes internacionales en la UE.
  2. un documento por el que un vehículo concreto es autorizado a realizar transporte internacional y que debe acompañar siempre al permiso de circulación.
  3. un documento que habilita a un conductor para conducir vehículos de mercancías de grandes dimensiones.
  4. la homologación, a nivel europeo, de un vehículo para el transporte de mercancías peligrosas.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8506

¿Quién otorga la licencia comunitaria para transporte de mercancías a los transportistas que cumplan los requisitos para su obtención?

  1. La Comisión Europea.
  2. El Estado miembro de la Unión Europea donde resida el solicitante.
  3. El Consejo de la Unión Europea.
  4. El ayuntamiento del municipio donde resida el solicitante.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8509

¿Cómo se denomina el acto por el que se comprueba periódicamente el mantenimiento de los requisitos de las autorizaciones de transporte de mercancías por carretera?

  1. Visado periódico.
  2. Revisión periódica.
  3. Revista periódica.
  4. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 16/1987, Art. 51

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8514

¿Qué plazo de duración tienen las autorizaciones de transporte público de mercancías por carretera?

  1. 5 años.
  2. 10 años.
  3. 12 años.
  4. No tienen plazo de duración prefijado.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 16/1987, Art. 51

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8517

Los transportes de mercancías realizados en vehículos de menos de tres ruedas:

  1. necesitan una autorización de transporte privado complementario.
  2. necesitan una autorización de transporte público.
  3. necesitan una autorización de vehículo especial.
  4. están exentos de autorización.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8518

Los transportes de mercancías de carácter privado particular:

  1. necesitan una autorización de transporte privado.
  2. necesitan una autorización de transporte privado complementario.
  3. necesitan una autorización de transporte público.
  4. están exentos de autorización.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 155

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8519

Los transportes de mercancías que se realicen en recintos cerrados dedicados a actividades distintas del transporte terrestre:

  1. están exentos de autorización.
  2. están exentos de autorización en algunos casos, dependiendo de la capacidad de carga del vehículo.
  3. necesitan autorización de transporte complementario.
  4. necesitan autorización de transporte especial.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8520

Los transportes de mercancías de carácter oficial:

  1. necesitan una autorización de transporte privado complementario.
  2. necesitan una autorización de transporte público.
  3. necesitan una autorización de transporte oficial.
  4. están exentos de autorización.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 155

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8522

El transporte funerario realizado por prestadores de servicios funerarios:

  1. necesita autorización de transporte funerario (tarjeta VF).
  2. necesita autorización de transporte privado complementario de mercancías (tarjeta MPCE).
  3. necesita autorización de transporte público de mercancías (tarjeta MDLE).
  4. está exento de autorización.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 155

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8523

Los transportes de basura:

  1. están exentos de autorización si se realizan en vehículos especialmente acondicionados.
  2. están exentos de autorización si se realizan en vehículos adquiridos por los ayuntamientos para esta finalidad, aunque no estén acondicionados.
  3. necesitan siempre autorización de transporte de mercancías peligrosas.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8524

Los transportes de dinero:

  1. están siempre exentos de autorización.
  2. están exentos de autorización si se realizan en vehículos especialmente acondicionados.
  3. necesitan siempre autorización de transporte público de mercancías.
  4. necesitan siempre autorización de transporte público o privado complementario de mercancías, según quién sea el propietario del vehículo.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8525

Los transportes de medicamentos:

  1. están exentos de autorización en caso de ayudas urgentes.
  2. están siempre exentos de autorización.
  3. necesitan siempre autorización de transporte privado complementario.
  4. necesitan siempre autorización de transporte sanitario.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8526

Los vehículos que lleven unidos de modo permanente una grúa de elevación:

  1. están siempre exentos de autorización de transporte.
  2. están exentos de autorización de transporte cuando se dedican exclusivamente a dar soporte a dicho instrumento.
  3. necesitan siempre autorización de transporte.
  4. necesitan autorización de transporte si el vehículo tiene una tara superior a 3,5 toneladas.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 1211/1990, art. 33

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8531

Para la realización de actividades de transporte de mercancías con un vehículo de 10 toneladas de Masa Máxima Autorizada, será necesaria previamente la obtención de:

  1. un permiso de conducir.
  2. un certificado de conductor.
  3. una autorización administrativa habilitante para la actividad de transporte.
  4. una tarjeta de tacógrafo.

RESPUESTA: C

NORMA: Ley 16/1987, art. 42

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8565

¿El transporte de mercancías de carácter privado particular puede dar lugar a remuneraciones dinerarias directas o indirectas?

  1. Igual que si se tratara de un transporte público.
  2. Solo en el supuesto de percepción de dietas o gasto de desplazamiento para su titular.
  3. Sí, en el caso de transportes privados que se efectúen a vecinos de una misma localidad en ausencia de transporte público.
  4. No, en ningún caso.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 16/1987, Art. 101

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8581

¿Qué tipo de transporte de mercancías se puede realizar sin necesidad de autorización específica de transporte internacional?

  1. Todos.
  2. Liberalizado.
  3. No liberalizado.
  4. Ninguno.

RESPUESTA: B

NORMA: mitma.gob.es

REFERENCIA DOCTRINAL: mitma.gob.es

COD: 8590

¿En qué año se firmó el Convenio CMR?

  1. En 1951.
  2. En 1956.
  3. En 1968.
  4. En 1974.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Protocolo de Firma

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8591

¿En qué ciudad se firmó el Convenio CMR?

  1. En Berna.
  2. En Ginebra.
  3. En Roma.
  4. En Estambul.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Protocolo de Firma

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8592

¿En qué año se adhirió España al Convenio CMR?

  1. En 1956.
  2. En 1971.
  3. En 1973.
  4. En 1982.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Instrumento de Adhesión de España

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8593

El Convenio CMR se aplicará a los contratos de transporte de mercancías por carretera en los que:

  1. los lugares de carga y entrega de la mercancía pertenezcan a países diferentes.
  2. los lugares de carga y entrega de la mercancía pertenezcan al mismo país, siempre que el transporte haya transcurrido en parte por un país extranjero.
  3. el transportista sea extranjero.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8594

El Convenio CMR se aplicará a los contratos de transporte de mercancías por carretera en los que:

  1. los lugares de carga y descarga de la mercancía pertenezcan a países distintos y ambos sean firmantes del Convenio.
  2. los lugares de carga y descarga de la mercancía pertenezcan a países distintos y al menos uno de ellos sea firmante del Convenio.
  3. los lugares de carga y descarga de la mercancía pertenezcan a países distintos y al menos uno de ellos no pertenezca a la Unión Europea.
  4. los lugares de carga y descarga de la mercancía pertenezcan a países distintos y ambos pertenezcan a la Unión Europea.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8595

El Convenio CMR se aplicará a los contratos de transporte de mercancías por carretera en los que:

  1. todas las partes sean nacionales de un país firmante del Convenio.
  2. al menos una de las partes sea nacional de un país firmante del Convenio.
  3. todas las partes sean nacionales de un país perteneciente a la Unión Europea.
  4. El Convenio CMR se aplica con independencia de la nacionalidad de los intervinientes.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8596

El Convenio CMR se aplicará a los contratos de transporte de mercancías por carretera en los que:

  1. todas las partes estén domiciliadas en un país firmante del Convenio.
  2. al menos una de las partes esté domiciliada en un país firmante del Convenio.
  3. todas las partes estén domiciliadas en un país perteneciente a la Unión Europea.
  4. El Convenio CMR se aplica con independencia del domicilio de los intervinientes.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8597

En un transporte internacional de mercancías entre países firmantes del Convenio CMR, los acuerdos de los intervinientes en el contrato contrarios a lo estipulado en dicho Convenio son:

  1. válidos, puesto que han sido acordados entre las partes.
  2. nulos, salvo unos pocos aspectos relativos al transporte efectuado por transportistas sucesivos.
  3. anulables a instancia de parte.
  4. perfectamente válidos si no afectan a la seguridad o salud públicas.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, art. 40; Convenio CMR, art. 41

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8598

¿Pueden adoptar las partes intervinientes en un contrato sujeto al Convenio CMR disposiciones contrarias al mismo?

  1. En ningún caso.
  2. Siempre que lo deseen, pues prevalece el principio de autonomía de la voluntad.
  3. No, salvo en unos pocos aspectos relativos al transporte efectuado por transportistas sucesivos.
  4. No, salvo en lo relativo a la carga de la prueba para determinar responsabilidades en caso de daño de la mercancía.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, art. 40; Convenio CMR, art. 41

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8599

¿Pueden los Estados firmantes del Convenio CMR adoptar acuerdos particulares entre ellos que resulten contrarios al mismo?

  1. En ningún caso.
  2. Solo si los adoptan al menos tres Estados.
  3. Solo si los adoptan al menos cuatro Estados.
  4. Solo si los adoptan al menos cinco Estados.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8600

¿Pueden los Estados firmantes del Convenio CMR adoptar acuerdos particulares entre ellos que resulten contrarios al mismo?

  1. Siempre que lo comuniquen de modo fehaciente al resto de Estados.
  2. Solo para transportes que no superen los 250 km de recorrido.
  3. Solo para transportes que no superen los 500 km de recorrido.
  4. En ningún caso.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8601

El Convenio CMR no se aplica:

  1. a los contratos de transporte que impliquen un recorrido inferior a 100 km.
  2. a los contratos de transporte que impliquen un recorrido inferior a 250 km.
  3. a los contratos de transporte que impliquen un recorrido inferior a 500 km.
  4. El Convenio CMR se aplica con independencia de la distancia que haya que recorrer para ejecutar el transporte.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8602

El Convenio CMR no se aplica:

  1. a los transportes de mudanzas.
  2. a los transportes de productos perecederos.
  3. a los transportes de mercancías peligrosas.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8603

Indiqué cuál de las siguientes afirmaciones es cierta.

  1. El Convenio CMR establece la obligación de redactar y firmar una carta de porte en todos los casos.
  2. El Convenio CMR establece la obligación de redactar y firmar una carta de porte, pero solo en los transportes de mercancías embaladas.
  3. El Convenio CMR establece la obligación de redactar y firmar una carta de porte, pero solo en los transportes de más de 250 km.
  4. El Convenio CMR se aplica al contrato de transporte, aunque no exista carta de porte.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8604

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, los tres ejemplares de la carta de porte, una vez firmados, pasan a poder:

  1. de la Administración de Aduanas, el transportista y el remitente.
  2. de la Administración de Aduanas, la agencia de transporte y el transportista.
  3. de la Administración de Aduanas, el transportista y el destinatario.
  4. del remitente y el transportista, y el otro ejemplar acompaña a la mercancía.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8605

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, cuando la mercancía vaya a ser cargada en varios vehículos,:

  1. el remitente puede exigir tantas cartas de porte como vehículos se vayan a utilizar, pero no el transportista.
  2. el transportista puede exigir tantas cartas de porte como vehículos se vayan a utilizar, pero no el remitente.
  3. el remitente y el transportista pueden exigir tantas cartas de porte como vehículos se vayan a utilizar.
  4. se expedirá siempre una única carta de porte, salvo que se trate de mercancías diferentes.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8606

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, cuando existan varias clases de mercancía,:

  1. el remitente puede exigir tantas cartas de porte como clases de mercancía, pero no el transportista.
  2. el transportista puede exigir tantas cartas de porte como clases de mercancía, pero no el remitente.
  3. el remitente y el transportista pueden exigir tantas cartas de porte como clases de mercancía.
  4. se expedirá siempre una única carta de porte, salvo que se carguen en vehículos diferentes.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8607

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, cuando existan varios lotes de mercancía:

  1. el remitente puede exigir tantas cartas de porte como lotes de mercancía, pero no el transportista.
  2. el transportista puede exigir tantas cartas de porte como lotes de mercancía, pero no el remitente.
  3. el remitente y el transportista pueden exigir tantas cartas de porte como lotes de mercancía.
  4. se expedirá siempre una única carta de porte, salvo que se carguen en vehículos diferentes.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8608

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Naturaleza de la mercancía.
  2. Recorrido total del transporte expresado en kilómetros.
  3. Matrícula del vehículo utilizado en el transporte.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8609

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Naturaleza de la mercancía.
  2. Modo de embalaje de la mercancía.
  3. Nombre y domicilio del transportista.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8610

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Número de bultos o paquetes que componen la carga.
  2. Peso de cada uno de los paquetes.
  3. Dimensiones aproximadas de cada uno de los paquetes.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8611

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Cantidad de mercancía transportada (peso).
  2. Peso de cada uno de los paquetes que componen la carga.
  3. Tara del vehículo utilizado en el transporte.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8612

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Precio del transporte.
  2. Valor de los embalajes utilizados.
  3. Otros gastos asociados al transporte.
  4. Las respuestas A y C son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8613

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Instrucciones sobre el modo de efectuar el transporte.
  2. Instrucciones para efectuar los trámites aduaneros.
  3. Instrucciones sobre el modo de efectuar la carga y descarga.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8614

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Instrucciones para efectuar los trámites aduaneros.
  2. Indicación de que el transporte está sometido al Convenio CMR.
  3. Instrucciones sobre la ruta a seguir.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8615

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Lugar y fecha de su redacción.
  2. Nombre y domicilio de la compañía aseguradora del vehículo.
  3. Si procede, prohibición de transbordar la mercancía.
  4. Las respuestas A y C son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8616

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Si procede, gastos que asume el destinatario.
  2. Si procede, gastos que asume el remitente.
  3. Si procede, gastos que asume la agencia de transporte.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8617

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Si procede, importe del reembolso a percibir en el momento de la entrega.
  2. Si procede, valor declarado de la mercancía.
  3. Si procede, suma que representa el interés especial en la entrega.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8618

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué indicaciones debe contener la carta de porte?

  1. Si procede, instrucciones sobre el seguro de la mercancía.
  2. Si procede, plazo convenido para la realización del transporte.
  3. Si procede, lista de documentos entregados al transportista.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8619

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR…

  1. el remitente responde de todos los perjuicios que sufra el transportista por inexactitud de las indicaciones de la carta de porte que deban ser facilitadas por él.
  2. el remitente no debe responder ante el transportista por inexactitud de la carta de porte, pues este puede negarse a aceptarla.
  3. el remitente no debe responder ante el transportista por inexactitud de la carta de porte porque esta no es obligatoria.
  4. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 7

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8620

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, si la carta de porte no contiene la mención de que está sometido a dicho convenio, ¿quién responderá de los gastos y daños ocasionados por tal omisión al propietario de la mercancía?

  1. El remitente.
  2. El transportista.
  3. El destinatario.
  4. El cargador.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 7

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8621

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿quién debe facilitar los documentos necesarios para realizar los trámites aduaneros?

  1. El remitente, y responde ante el transportista de los perjuicios que se le causen por defectos en dicha documentación.
  2. El remitente, pero no responde por los posibles defectos de dicha documentación, pues el transportista está obligado a examinarla en el momento de la entrega.
  3. El destinatario, y responde ante el transportista de los perjuicios que se le causen por defectos en dicha documentación.
  4. El destinatario, pero no responde por los posibles defectos de dicha documentación, pues el transportista está obligado a examinarla en el momento de la entrega.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 11

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8622

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR,…

  1. el transportista responde de la pérdida de los documentos que le han sido entregados y que se mencionan en la carta de porte.
  2. el transportista no responde de la pérdida de los documentos porque es uno de los riesgos asociados a todo servicio de transporte.
  3. el transportista no responde de la pérdida de los documentos porque la carta de porte no es obligatoria.
  4. el transportista solo responderá de la pérdida de los documentos si así se ha manifestado expresamente en la carta de porte.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 11

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8623

En un contrato de transporte de mercancías peligrosas sujeto al Convenio CMR,…

  1. el remitente debe informar de la naturaleza exacta del peligro, pudiendo el transportista, en caso contrario, descargarlas y destruirlas en cualquier momento y lugar.
  2. el remitente debe informar de la naturaleza exacta del peligro, pudiendo el transportista, en caso contrario, descargarlas en cualquier momento y lugar, pero no destruirlas.
  3. el remitente debe informar de la naturaleza exacta del peligro, si no es así, el transportista puede negarse a cargar las mercancías; pero, una vez cargadas en el vehículo, debe llevar a cabo el transporte.
  4. el remitente no tiene obligación de informar de la naturaleza exacta del peligro, porque el transportista, si se compromete a la realización del transporte, debe tener conocimientos precisos sobre esta materia.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 22

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8624

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, en virtud del derecho a disponer de la mercancía, el remitente puede:

  1. detener el transporte, modificar el lugar previsto para la entrega y cambiar el destinatario indicado en la carta de porte.
  2. detener el transporte y modificar el lugar previsto para la entrega, pero no cambiar el destinatario indicado en la carta de porte.
  3. detener el transporte, pero no modificar el lugar previsto para la entrega ni cambiar el destinatario indicado en la carta de porte.
  4. El remitente no puede disponer de la mercancía una vez que se ha iniciado su transporte, pues el derecho pasa al destinatario a partir de ese momento.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 12

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8625

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR,…

  1. el remitente puede cambiar el lugar de entrega previsto en la carta de porte, compensando al transportista por los gastos que se le ocasionen.
  2. el remitente puede cambiar el lugar de entrega previsto en la carta de porte sin necesidad de compensar al transportista por los gastos que se le ocasionen, pues tiene derecho de disposición sobre la mercancía.
  3. el remitente puede cambiar el lugar de entrega previsto en la carta de porte sin necesidad de compensar al transportista, pero solo antes de que se haya efectuado la mitad del recorrido.
  4. el remitente no puede cambiar el lugar de entrega previsto en la carta de porte, pues todos los derechos pasan al destinatario una vez que se ha iniciado el transporte.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 12

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8626

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el ejercicio del derecho de disposición por el remitente exige:

  1. presentar el primer ejemplar de la carta de porte con las nuevas instrucciones dadas al transportista.
  2. presentar el segundo ejemplar de la carta de porte con las nuevas instrucciones dadas al transportista.
  3. presentar el tercer ejemplar de la carta de porte con las nuevas instrucciones dadas al transportista.
  4. presentar el cuarto ejemplar de la carta de porte con las nuevas instrucciones dadas al transportista.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 12

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8627

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el derecho del remitente a disponer de las mercancías se extingue:

  1. cuando las mercancías se cargan en el vehículo.
  2. cuando se inicia de modo efectivo el transporte.
  3. cuando el transporte ha completado la mitad de su recorrido.
  4. cuando se remite al destinatario el segundo ejemplar de la carta de porte que viaja con las mercancías.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 12

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8628

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el derecho de disposición sobre la mercancía corresponde:

  1. al remitente en todo momento.
  2. al destinatario en todo momento.
  3. al remitente hasta que se haya entregado la mercancía al destinatario.
  4. al destinatario a partir de que se le remite el segundo ejemplar de la carta de porte que viaja con la mercancía.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 12

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8629

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, si antes de llegar al lugar de entrega se hace imposible cumplir el contrato en los términos acordados:

  1. el transportista debe solicitar instrucciones al remitente en todo caso.
  2. el transportista debe solicitar instrucciones al destinatario en todo caso.
  3. el transportista debe solicitar instrucciones a quien tenga derecho a disponer de la mercancía.
  4. el transportista debe descargar la mercancía y entregarla en depósito al juez o a la Junta Arbitral del Transporte.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 14

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8630

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, si después de la llegada al destino se presentan impedimentos para la entrega, el transportista debe:

  1. pedir instrucciones al remitente.
  2. pedir instrucciones al destinatario.
  3. pedir instrucciones al juez o a la Junta Arbitral del Transporte.
  4. descargar la mercancía y entregarla en depósito al juez o a la Junta Arbitral del Transporte.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 15

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8631

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, si antes de la llegada al destino resulta imposible cumplir el contrato en los términos acordados, ¿puede el transportista vender la mercancía sin recibir instrucciones?

  1. Sí, cuando por su naturaleza o estado corre riesgo de perderse.
  2. Sí, cuando no le lleguen instrucciones contrarias en un plazo razonable.
  3. No, debe esperar siempre a recibir instrucciones de quien tiene derecho sobre la mercancía.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 16

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8632

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, si después de la llegada al destino se presentan impedimentos para la entrega, ¿puede el transportista vender la mercancía sin recibir instrucciones?

  1. Sí, cuando los gastos de custodia resultan excesivos en relación con el valor de la misma.
  2. Sí, cuando no le lleguen instrucciones contrarias en un tiempo razonable.
  3. No, debe esperar siempre a recibir instrucciones del remitente.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 16

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8633

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, si el transportista vende la mercancía en alguno de los supuestos en los que está autorizado para hacerlo,:

  1. el producto de la venta deberá ponerlo en su integridad a disposición de quien tiene derecho sobre ella.
  2. el producto de la venta deberá ponerlo a disposición de quien tiene derecho sobre ella, descontando los gastos que gravan la mercancía.
  3. el producto de la venta deberá ponerlo en su integridad a disposición del juez o de la Junta Arbitral del Transporte.
  4. el producto de la venta deberá ponerlo a disposición del juez o de la Junta Arbitral del Transporte, descontando los gastos que gravan la mercancía.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 16

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8634

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista responde de los daños sufridos por la mercancía:

  1. desde el momento de su recepción al de su entrega.
  2. desde que el vehículo inicia la marcha hasta la entrega de la mercancía.
  3. desde que el vehículo inicia la marcha hasta la llegada al lugar de destino.
  4. El transportista no responde porque para eso se concierta un seguro sobre las mercancías.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 17

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8635

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista no debe responder de los daños sufridos por la mercancía cuando pruebe que estos derivan:

  1. de una instrucción impartida por quien tiene derecho sobre la mercancía.
  2. del acaecimiento de circunstancias anormales durante el transporte.
  3. El transportista debe responder siempre de los daños acaecidos desde la recepción a la entrega de la mercancía.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 17

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8636

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista no debe responder de los daños sufridos por la mercancía cuando pruebe que estos derivan de:

  1. vicio propio de la mercancía.
  2. instrucciones impartidas por quien tiene derecho sobre la mercancía.
  3. circunstancias que no pudo evitar y cuyas consecuencias no pudo impedir.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 17

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8637

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista quedará libre de responsabilidad cuando pruebe que el daño de la mercancía ha podido derivar de:

  1. la naturaleza de la propia mercancía, que la expone a pérdidas por roturas, deterioro o derrame, si no se han utilizado vehículos preparados para proteger la carga del calor, del frío, de las variaciones de temperatura o de la humedad del aire.
  2. la naturaleza de la propia mercancía, que la expone a pérdidas por roturas, deterioro o derrame, aunque se hayan utilizado vehículos preparados para proteger la carga.
  3. la naturaleza de la propia mercancía, que la expone a pérdidas por roturas, deterioro o derrame, aunque se hayan utilizado vehículos preparados para proteger la carga, si en este último caso el transportista prueba que ha tomado las medidas adecuadas en la elección, mantenimiento y utilización del vehículo.
  4. Las respuestas A y C son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, art. 17; Convenio CMR, art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8638

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista quedará libre de responsabilidad cuando pruebe que el daño de la mercancía ha podido derivar:

  1. del empleo de vehículos cerrados o entoldados.
  2. de la inexactitud de las marcas de los bultos.
  3. de la larga duración del transporte.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, art. 17; Convenio CMR, art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8639

Si se produce un daño a la mercancía en un transporte de animales vivos sujeto al Convenio CMR, ¿puede quedar el transportista libre de responsabilidad en algún caso?

  1. No, nunca.
  2. No, salvo que pruebe que el daño se ha debido a las instrucciones del remitente o del destinatario, a vicio propio de la mercancía o a circunstancias que no pudo evitar.
  3. Sí, cuando pruebe que ha adoptado todas las medidas que le incumbían y que ha seguido las instrucciones impartidas.
  4. Sí, el transportista no tiene nunca responsabilidad en los transportes de animales vivos si ha actuado de buena fe, dadas las especiales características de esta clase de transportes.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, art. 17; Convenio CMR, art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8640

El Convenio CMR contempla diversas causas de exención de responsabilidad del transportista cuando el daño de la mercancía haya podido derivar de ellas. ¿A quién corresponde la prueba?

  1. Al transportista.
  2. Al remitente.
  3. Al destinatario.
  4. A la Junta Arbitral del Transporte.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8641

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿cuándo puede el propietario de la mercancía considerarla perdida sin necesidad de ninguna prueba?

  1. A los treinta días del plazo convenido para la entrega.
  2. A los sesenta días del plazo convenido para la entrega.
  3. A los noventa días del plazo convenido para la entrega.
  4. No cabe considerar perdida la mercancía sin aportar alguna prueba.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 20

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8642

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿cómo se determina el importe de la indemnización por pérdida de la mercancía?

  1. Según el valor de la mercancía en el tiempo y lugar en que el transportista se hizo cargo de ella.
  2. Según el valor de la mercancía en el tiempo y lugar en que la mercancía se debería haber entregado al destinatario.
  3. Según el valor de la mercancía en el lugar en que el transportista se hizo cargo de ella y en el tiempo en que se debería haber entregado.
  4. Según el valor de la mercancía en el tiempo en que el transportista se hizo cargo de ella y en el lugar en que se debería haber entregado.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 23

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8643

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué factores se tienen en cuenta para determinar el importe de la indemnización por pérdida de la mercancía?

  1. El valor de la mercancía y todos los gastos ocasionados por el transporte.
  2. El valor de la mercancía, todos los gastos ocasionados por el transporte y un 10 % adicional en concepto de penalización.
  3. El valor de la mercancía, todos los gastos ocasionados por el transporte y un 15 % adicional en concepto de penalización.
  4. El valor de la mercancía y un 10 % adicional en concepto de penalización.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 23

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8644

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿está limitada la responsabilidad del transportista por pérdida de la mercancía?

  1. Sí, a 4,5 euros por kilogramo.
  2. Sí, a un tercio del valor diario del IPREM por kilogramo.
  3. Sí, a 8,33 unidades de cuenta por kilogramo.
  4. El único límite es el valor de la propia mercancía.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 23

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8647

¿Quién expide los certificados de conductor de tercer país?

  1. Las comisarías de Policía.
  2. Las delegaciones de Extranjería del Ministerio del Interior.
  3. El Ministerio de Fomento.
  4. Las Comunidades Autónomas.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/3399/2002, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8651

¿Qué conductores necesitan un certificado de conductor de tercer país para conducir un camión de una empresa española?

  1. Todos los que no sean de nacionalidad española.
  2. Todos los que no posean un permiso de conducir español.
  3. Todos los que no sean nacionales de un estado de la Unión Europea.
  4. Todos los que no sean nacionales de un estado firmante del Tratado AETR.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/3399/2002, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8656

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR…

  1. la responsabilidad del transportista por pérdida de la mercancía viene determinada únicamente por el valor de esta y los gastos en los que se haya incurrido con ocasión del transporte.
  2. la responsabilidad del transportista por pérdida de la mercancía está siempre limitada a 8,33 unidades de cuenta por kilogramo.
  3. el remitente puede declarar en la carta de porte un valor superior a 8,33 unidades de cuenta, que será el nuevo límite de responsabilidad.
  4. el remitente puede declarar en la carta de porte un valor superior a 4,5 euros por kilogramo, que será el nuevo límite de responsabilidad.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 24

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8657

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR…

  1. la responsabilidad del transportista por pérdida de la mercancía viene determinada únicamente por el valor de esta y los gastos en los que se haya incurrido con ocasión del transporte.
  2. la responsabilidad del transportista por pérdida de la mercancía está siempre limitada a 8,33 unidades de cuenta por kilogramo.
  3. el remitente puede determinar en la carta de porte una suma en concepto de interés especial en la entrega, la cual incrementará la indemnización que le corresponde, de acuerdo con el criterio general, en caso de pérdida.
  4. el remitente puede determinar en la carta de porte una suma en concepto de interés especial en la entrega, la cual sustituirá al límite de indemnización que le corresponde, de acuerdo con el criterio general, en caso de pérdida.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 26

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8658

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, en caso de pérdida parcial de la mercancía:

  1. la responsabilidad del transportista está limitada a 8,33 unidades de cuenta por kilogramo de peso bruto transportado.
  2. la responsabilidad del transportista está limitada a 8,33 unidades de cuenta por kilogramo de peso bruto que falte.
  3. la responsabilidad del transportista está limitada a 4,5 euros por kilogramo de peso bruto transportado.
  4. la responsabilidad del transportista está limitada a 4,5 euros por kilogramo de peso bruto que falte.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 23

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8659

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, se considera que hay demora en la entrega de la mercancía:

  1. si esta no se produce en el plazo convenido.
  2. si esta no se produce en 48 horas, en caso de que no se haya pactado un plazo concreto.
  3. si esta no se produce en 72 horas, en caso de que no se haya pactado un plazo concreto.
  4. Las respuestas A y C son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 19

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8660

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué límite tiene la indemnización por perjuicios derivados de demora en la entrega de la mercancía?

  1. El valor de la mercancía.
  2. El precio del transporte.
  3. 8,33 unidades de cuenta por kilogramo de peso bruto transportado.
  4. 8,33 euros por kilogramo de peso bruto transportado.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 23

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8661

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿se pueden exigir intereses sobre el importe de la indemnización que debe pagar el transportista por pérdida o deterioro de la mercancía?

  1. Sí, a partir del día en que se le formule reclamación escrita.
  2. Sí, a partir del día en que se le formule reclamación verbal.
  3. No, su responsabilidad siempre está limitada a 8,33 unidades de cuenta por kilogramo.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 27

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8662

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿qué intereses se pueden exigir sobre el importe de la indemnización que debe pagar el transportista por pérdida o deterioro de la mercancía?

  1. El 3 % anual, desde el día en que se le formule reclamación por escrito.
  2. El 3 % anual, desde el día en que debió hacer entrega de la mercancía en perfecto estado.
  3. El 5 % anual, desde el día en que se le formule reclamación por escrito.
  4. El 5 % anual, desde el día en que debió hacer entrega de la mercancía en perfecto estado.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 27

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8663

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿se pueden exigir intereses sobre el importe de la indemnización que debe pagar el transportista por pérdida o deterioro de la mercancía?

  1. Sí, a partir de la fecha en que se le formule reclamación verbal.
  2. Sí, a partir de la fecha en que interponga demanda judicial, en defecto de reclamación.
  3. Solo si se interpone demanda judicial y a partir de la fecha de la misma.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 27

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8664

¿El Convenio CMR dispone la limitación de la responsabilidad del transportista para el caso de pérdida o deterioro de la mercancía?

  1. Sí, a 8,33 unidades de cuenta por kilogramo en todos los supuestos.
  2. Sí, pero solo para los casos de pérdida total de la mercancía.
  3. Sí, pero no resulta aplicable si el transportista ha actuado de mala fe.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 29

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8665

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿qué responsabilidad asume cada uno de ellos?

  1. Cada uno responde exclusivamente por la parte del transporte que ha ejecutado.
  2. Cada uno responde por la ejecución total.
  3. Cada uno responde exclusivamente por la parte del transporte que ya se ha efectuado cuando él recibe la mercancía y por la parte que ejecuta él mismo.
  4. La responsabilidad íntegra corresponde al transportista que firmó inicialmente la carta de porte e inició el transporte.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 34

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8666

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿a partir de qué momento asumen responsabilidad en la ejecución el segundo y posteriores transportistas?

  1. A partir de que aceptan la mercancía.
  2. A partir de que aceptan la mercancía y la carta de porte.
  3. A partir de que efectúan su parte del transporte.
  4. La responsabilidad siempre corresponde al primer transportista, que es quien se comprometió con el remitente.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 34

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8667

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿contra quién se puede dirigir una reclamación por pérdida de la mercancía?

  1. Contra el primer transportista, en todo caso.
  2. Contra el que ejecutó la parte del transporte en cuyo transcurso se produjo la pérdida.
  3. Contra cualquiera de los que han intervenido en el transporte.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 36

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8668

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿contra quién se puede dirigir una reclamación por pérdida de la mercancía?

  1. Contra el primer transportista, en todo caso.
  2. Contra el último transportista, en todo caso.
  3. Contra el que ejecutó la parte del transporte en cuyo transcurso se produjo la pérdida.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 36

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8669

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, el transportista que haya pagado una indemnización:

  1. puede reclamar a los restantes que hayan participado en el transporte.
  2. solo puede reclamar al transportista que se comprometió con el remitente.
  3. solo puede reclamar al transportista que efectuó la última parte del transporte y debía, por tanto, hacer la entrega de la mercancía.
  4. no puede reclamar a los restantes, debió limitarse a pagar solo lo que correspondía a su responsabilidad.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 37

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8670

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿quién debe soportar la indemnización en caso de pérdida de la mercancía?

  1. El transportista que ha causado el daño debe soportar en solitario la indemnización.
  2. Si hay varios responsables, la obligación se repartirá entre todos en proporción a su responsabilidad.
  3. La obligación de indemnizar se reparte siempre entre todos los transportistas intervinientes a partes iguales.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, Art. 37

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8671

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR que es ejecutado por varios transportistas de modo sucesivo, ¿quién asume la indemnización en caso de pérdida de la mercancía?

  1. Debe ser asumida siempre por todos los transportistas intervinientes en proporción a su remuneración.
  2. Debe ser asumida siempre por todos los transportistas intervinientes a partes iguales.
  3. Si no se puede determinar un responsable, debe ser asumida por todos los transportistas intervinientes en proporción a su remuneración.
  4. Si no se puede determinar un responsable, debe ser asumida por todos los transportistas intervinientes a partes iguales.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 37

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8672

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿en qué plazo debe manifestar sus reservas el destinatario en caso de que existan pérdidas manifiestas?

  1. En el mismo momento de la entrega.
  2. En el plazo de siete días.
  3. En el plazo de siete días, descontados domingos y festivos.
  4. En el plazo de quince días.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio CMR, Art. 30

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8673

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, ¿en qué plazo debe manifestar sus reservas el destinatario en caso de que existan pérdidas ocultas?

  1. En el mismo momento de la entrega.
  2. En el plazo de siete días.
  3. En el plazo de siete días, descontados domingos y festivos.
  4. En el plazo de un mes.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 30

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8674

Para que proceda la indemnización por retraso en la entrega prevista en el Convenio CMR, ¿en qué plazo debe manifestar sus reservas el destinatario?

  1. En el plazo de siete días.
  2. En el plazo de veintiún días.
  3. En el plazo de siete días, descontados domingos y festivos.
  4. En el plazo de veintiún días, descontados domingos y festivos.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 30

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8675

¿En qué plazo se han de interponer las reclamaciones derivadas de un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR?

  1. En seis meses.
  2. En un año.
  3. En dos años.
  4. En cinco años.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio CMR, Art. 32

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8676

En caso de existir mala fe, ¿cuál es el plazo máximo para interponer las reclamaciones derivadas de un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR?

  1. Seis meses.
  2. Un año.
  3. Tres años.
  4. Cinco años.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio CMR, Art. 32

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8677

En lo que se refiere a España, forma parte del territorio aduanero de la Unión Europea:

  1. todo el territorio del Estado español.
  2. todo el territorio del Estado español, salvo Ceuta y Melilla.
  3. todo el territorio del Estado español, salvo Ceuta, Melilla y las Islas Canarias.
  4. todo el territorio del Estado español, salvo Ceuta, Melilla, las Islas Canarias y las Islas Baleares.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8678

¿Cuál de las siguientes se considera mercancía de la Unión a efectos aduaneros?

  1. La obtenida totalmente en el territorio aduanero de la Unión.
  2. La obtenida totalmente en cualquier parte del territorio de algún Estado miembro de la Unión Europea.
  3. La obtenida totalmente en el territorio de algún Estado miembro de la Unión Europea o en Islandia, Noruega o Liechtenstein.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8679

¿Cuál de las siguientes se considera mercancía de la Unión a efectos aduaneros?

  1. La obtenida totalmente en el territorio aduanero de la Unión Europea, sin agregación de mercancías importadas.
  2. La obtenida en el territorio aduanero de la Unión, con una agregación máxima de mercancías importadas que no supere el 5 %.
  3. La obtenida en el territorio aduanero de la Unión, con una agregación máxima de mercancías importadas que no supere el 10 %.
  4. La obtenida en el territorio aduanero de la Unión, con una agregación máxima de mercancías importadas que no supere el 15 %.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8680

¿Cuál de las siguientes se considera mercancía de la Unión a efectos aduaneros?

  1. La obtenida totalmente en el territorio aduanero de la Unión, sin agregación de mercancías importadas.
  2. La importada de territorios que no forman parte del territorio aduanero de la Unión y que haya sido despachada a libre práctica.
  3. La obtenida en el territorio aduanero de la Unión a partir de las mencionadas en los apartados anteriores.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8681

¿Cuál de las siguientes se considera mercancía no perteneciente a la Unión a efectos aduaneros?

  1. La importada de territorios que no forman parte del territorio aduanero de la Unión y despachada a libre práctica.
  2. La obtenida totalmente en el territorio aduanero de la Unión, sin agregación de mercancías importadas.
  3. La mercancía de la Unión que salga del territorio aduanero de esta.
  4. Las respuestas A y C son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8682

¿Qué consideración tiene, a efectos aduaneros, una mercancía obtenida totalmente en Melilla?

  1. Se considera mercancía de la Unión, igual a todos los efectos que si hubiera sido obtenida en otro punto del Estado español.
  2. Se considera mercancía de la Unión con estatuto especial.
  3. Se considera mercancía no perteneciente a la Unión.
  4. Depende del tipo de mercancía de que se trate.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 4; Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8683

En el marco de la normativa aduanera, ¿qué es un operador económico autorizado?

  1. Una empresa autorizada para fabricar un determinado producto.
  2. Una empresa autorizada para exportar e importar cualquier mercancía.
  3. Una empresa autorizada para comerciar en toda la Unión Europea.
  4. Una empresa a la que se ha concedido un estatuto especial en lo que se refiere a controles aduaneros.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 38

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8684

Para obtener el estatuto de operador económico autorizado se requiere:

  1. inexistencia de infracciones graves o reiteradas de la legislación aduanera.
  2. un sistema de gestión de los registros comerciales y, en su caso, de transportes que permita la correcta realización de los controles aduaneros.
  3. solvencia financiera acreditada.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 39

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8685

Para obtener el estatuto de operador económico autorizado se requiere:

  1. delegaciones comerciales en, al menos, cinco Estados de la Unión Europea.
  2. inexistencia de infracciones graves o reiteradas de la legislación aduanera.
  3. un volumen de negocios superior a 10.000.000 de euros.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 39

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8686

La condición de operador económico autorizado es reconocida por:

  1. el Ministerio de Fomento.
  2. las Comunidades Autónomas.
  3. las autoridades aduaneras.
  4. la Comisión de la Unión Europea.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 38

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8687

¿Se requiere alguna autorización para ejercer la actividad de transitario en España?

  1. La autorización de exportador/importador concedida por el Ministerio de Hacienda.
  2. La autorización de operador de transporte.
  3. La autorización como agencia internacional de transporte de mercancías.
  4. No se requiere ninguna, es una actividad liberalizada.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 16/1987, art. 119

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8688

Los certificados de origen que acompañan a las mercancías en el tráfico internacional:

  1. deben acreditar el país de origen de la mercancía.
  2. deben acreditar la empresa de la que procede la mercancía.
  3. son exigibles en la importación de todo tipo de mercancías.
  4. Las respuestas A y C con correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 57

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8689

¿Qué finalidad cumplen los certificados de circulación de mercancías?

  1. Acreditar el país de origen de las mercancías a las que se refieren.
  2. Acreditar que las mercancías proceden de un territorio que se beneficia de determinadas preferencias arancelarias o que se consideran originarias de la Unión Europea.
  3. Permitir en todo momento el conocimiento de dónde se encuentra una mercancía que está siendo objeto de un transporte internacional.
  4. Facilitar los trámites aduaneros de la mercancía a la que se refieren.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 69; Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 77

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8690

¿Qué es el DUA?

  1. El documento para formular declaraciones en aduana cuando no se utilicen técnicas de tratamiento electrónico de datos.
  2. Un tipo de autorización de transporte internacional de mercancías expedido por la Unión Europea.
  3. Un tipo de autorización de transporte internacional de mercancías que sirve en el ámbito de los países miembros de la CEMT.
  4. Un cuaderno que debe acompañar a la autorización de transporte CEMT.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2016/341, Anexo 9

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8692

El régimen de tránsito interno de la Unión se aplica:

  1. a las mercancías no pertenecientes a la Unión sujetas a aranceles aduaneros.
  2. a las mercancías de la Unión que circulan desde un territorio comunitario en el que no se aplica el IVA a otro en el que se aplica.
  3. a las mercancías de la Unión que circulen desde uno a otro punto del territorio aduanero de la Unión pasando por un país de la Asociación Europea de Libre Comercio.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 227; Reglamento Comunitario (UE) 2015/2446, art. 188

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8694

¿De cuántos ejemplares se compone el DUA?

  1. De ocho.
  2. De diez.
  3. De doce.
  4. De catorce.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2016/341, Anexo 9

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8696

¿En relación con qué tipo de mercancías hay que formular declaraciones aduaneras?

  1. Mercancías de la Unión.
  2. Mercancías no pertenecientes a la Unión.
  3. En la actualidad ya no es necesario ni con una ni con otra porque la Unión Europea constituye un territorio aduanero único.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 1º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8697

En el caso de mercancías no pertenecientes a la Unión, ¿en qué supuestos hay que formular declaración aduanera?

  1. Cuando se importan para su consumo.
  2. Cuando van a ser incluidas en cualquier otro régimen aduanero.
  3. Cuando van a ser reexportadas fuera del territorio aduanero de la Unión.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 1º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8698

En el caso de mercancías de la Unión, ¿en qué supuestos hay que formular declaración aduanera?

  1. Cuando van a ser exportadas.
  2. Cuando van a ser incluidas en cualquier otro régimen aduanero.
  3. En ningún caso.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 1º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8699

En el caso de mercancías de la Unión, ¿en qué supuestos hay que formular declaración aduanera?

  1. En las exportaciones.
  2. Para amparar la circulación por el territorio aduanero de la Unión de mercancías despachadas para exportación que viajen a otro Estado miembro para su salida efectiva.
  3. En los intercambios entre un punto del territorio aduanero en el que se aplica el IVA y otro en el que no se aplica.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 1º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8700

¿A qué se denomina "levante de mercancías"?

  1. Al acto de las autoridades aduaneras por el que ponen las mercancías a disposición de los fines concretos del régimen aduanero en el que se hayan incluido.
  2. Al acto de las autoridades aduaneras por el cual se incautan de las mercancías por existir irregularidades en su tráfico.
  3. Al movimiento de mercancías para su reubicación dentro de un almacén.
  4. Al movimiento de mercancías para su carga o descarga en un vehículo.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8701

El régimen de tránsito externo de la Unión se aplica:

  1. a las mercancías no pertenecientes a la Unión sujetas a aranceles aduaneros.
  2. a las mercancías de la Unión que hayan sido objeto de formalidades aduaneras de exportación y se beneficien de ayudas a la exportación.
  3. a las mercancías de la Unión que hayan sido objeto de formalidades aduaneras de exportación y estén sujetas a gravámenes a la exportación.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 4º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8702

El régimen de tránsito externo de la Unión se aplica:

  1. a las mercancías de la Unión que se expiden desde un territorio comunitario en el que se aplica el IVA a otro en el que no se aplica.
  2. a las mercancías de la Unión que se expiden desde uno a otro punto del territorio aduanero de la Unión Europea, pasando por un país de la Asociación Europea de Libre Comercio.
  3. a las mercancías no pertenecientes a la Unión sujetas a aranceles aduaneros.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 4º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8703

¿A qué mercancías se aplica el régimen de tránsito interno de la Unión?

  1. A las mercancías de la Unión que se expiden desde uno a otro punto del territorio aduanero de la Unión pasando por un país de la Asociación Europea de Libre Comercio.
  2. A las mercancías no pertenecientes a la Unión sujetas a aranceles aduaneros.
  3. A las mercancías de la Unión que hayan sido objeto de formalidades aduaneras de exportación y se beneficien de ayudas a la exportación.
  4. A ninguna de las anteriores.

RESPUESTA: A

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 4º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8704

¿En qué consiste el tránsito aduanero?

  1. En colocar las mercancías bajo control aduanero para su transporte entre dos aduanas.
  2. En atravesar una aduana transportando mercancías.
  3. En atravesar una aduana transportando personas o mercancías.
  4. En encomendar a la Administración de aduanas el traslado de las mercancías.

RESPUESTA: A

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 4º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8705

¿A qué se denomina tránsito de la Unión en el ámbito de la normativa aduanera?

  1. A un régimen de tránsito aduanero utilizado para el transporte de mercancías entre dos puntos exteriores al territorio de la Unión Europea que atraviesa en su recorrido al menos dos países de la Unión.
  2. A un régimen de tránsito aduanero utilizado para el transporte de mercancías entre dos puntos del territorio de la Unión Europea.
  3. A un régimen de tránsito aduanero utilizado para el transporte de mercancías entre un punto del territorio de la Unión Europea y un país del Este de Europa no perteneciente a la Unión.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 4º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8706

¿A qué se denomina tránsito común en el ámbito de la normativa aduanera?

  1. A un régimen de tránsito aduanero utilizado para el transporte de mercancías entre dos puntos del territorio de la Unión Europea.
  2. A un régimen de tránsito aduanero utilizado para el transporte de mercancías entre la Unión Europea y los países de la Asociación Europea de Libre Comercio.
  3. A un régimen de tránsito aduanero utilizado para el transporte de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión, que deba atravesar en su recorrido un país de la Asociación Europea de Libre Comercio.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 11/07/2014, Capítulo 4º

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8708

¿Cuál de los siguientes es un sistema de tránsito aduanero utilizado en la Unión Europea?

  1. El Convenio TIR.
  2. El Convenio ATA.
  3. El régimen de tránsito externo.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 226

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8709

¿Cuál de los siguientes es un sistema de tránsito aduanero utilizado en la Unión Europea?

  1. El régimen de tránsito interno.
  2. El Manifiesto Renano.
  3. El régimen de envíos postales.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 227

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8710

¿En qué transportes se puede utilizar el régimen TIR?

  1. En todos los que tengan origen o destino fuera de España.
  2. En todos los que tengan como origen o destino la Unión Europea o un país tercero firmante del Convenio TIR.
  3. En todos los que tengan como origen o destino un país firmante del Convenio TIR.
  4. En los que tengan como origen o destino un país firmante del Convenio TIR no perteneciente a la Unión Europea.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 226

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8711

Para poder utilizar el régimen de tránsito externo de la Unión en el transporte de mercancías, el operador deberá…

  1. pagar previamente el importe total de la deuda aduanera.
  2. pagar previamente el 50 % de la deuda aduanera.
  3. pagar previamente el 25 % de la deuda aduanera.
  4. constituir una garantía que asegure el pago de la deuda aduanera.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 233

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8712

La garantía exigida en el caso de transportes efectuados en régimen de tránsito de la Unión será:

  1. individual para cada transporte.
  2. global para varios transportes, previa autorización de las autoridades aduaneras.
  3. global para varios transportes, sin necesidad de autorización previa.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 89

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8713

En el caso de transportes efectuados en régimen de tránsito de la Unión, ¿cuándo se permite responder de las obligaciones aduaneras mediante garantía global?

  1. Siempre que lo desee el operador, sin necesidad de solicitar ninguna autorización.
  2. Previa autorización de la Administración aduanera, que se concede a todos los operadores que lo soliciten, si están establecidos en la Unión Europea.
  3. Previa autorización de la Administración aduanera, cuya concesión exige que el operador no haya cometido infracciones graves o reiteradas contra la legislación aduanera o fiscal.
  4. No se permite en ningún supuesto, la garantía tiene que ser siempre individual.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 95; Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 39

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8714

En el caso de transportes efectuados en régimen de tránsito de la Unión, ¿qué significa que la garantía de pago de los derechos aduaneros puede ser de carácter global?

  1. Que puede cubrir varias operaciones de transporte.
  2. Que puede cubrir a varios operadores.
  3. Que puede cubrir a todos los operadores que sean miembros de una misma asociación de transportistas.
  4. Que puede cubrir a todos los operadores de un mismo país.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 89

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8715

En el caso de transportes efectuados en régimen de tránsito de la Unión, en los que el pago de los derechos aduaneros se afiance mediante una garantía global, las autoridades aduaneras:

  1. pueden conceder, en determinados supuestos, reducciones en el importe de la garantía.
  2. pueden conceder, en determinados supuestos, exenciones de la garantía.
  3. no pueden conceder reducciones ni exenciones porque el importe es fijo y viene determinado por la normativa aduanera.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 95

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8716

En el caso de transportes efectuados en régimen de tránsito de la Unión, ¿qué se considera aduana de partida?

  1. La aduana más próxima al lugar en el que se cargan las mercancías.
  2. La aduana en la que se admite la declaración por la que las mercancías se incluyen en un régimen de tránsito.
  3. La aduana de salida del territorio aduanero comunitario.
  4. La aduana de entrada en el territorio aduanero comunitario.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2446, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8717

En el caso de transportes efectuados en régimen de tránsito de la Unión, ¿qué se considera aduana de destino?

  1. La aduana más próxima al lugar de llegada de las mercancías.
  2. La aduana de salida del territorio aduanero comunitario.
  3. La aduana en la que se presentan las mercancías para poner fin al régimen de tránsito.
  4. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2446, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8718

En el caso de transportes efectuados en régimen de tránsito de la Unión, ¿cómo se denomina el documento expedido para acompañar a las mercancías?

  1. Guía aduanera de tránsito.
  2. Documento de acompañamiento de mercancías.
  3. Documento de acompañamiento de tránsito.
  4. Tal documento no se expide nunca desde que se utilizan procedimientos telemáticos.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 303

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8719

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión cuyas obligaciones aduaneras son afianzadas mediante garantía individual, la garantía cubrirá:

  1. el importe íntegro de la deuda aduanera que pueda originarse.
  2. el 75 % de la deuda aduanera que pueda originarse.
  3. el 50 % de la deuda aduanera que pueda originarse.
  4. el 25 % de la deuda aduanera que pueda originarse.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 148

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8720

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿cómo se puede prestar la garantía individual que se exige?

  1. Mediante depósito en metálico.
  2. Mediante compromiso suscrito por un fiador.
  3. Mediante prenda constituida sobre las mercancías.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 92; Reglamento Comunitario (UE) 2015/2446, art. 83

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8721

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión en el que la garantía es individual y se presta mediante títulos emitidos por un fiador autorizado, ¿qué valor tienen dichos títulos?

  1. 5.000 euros.
  2. 7.000 euros.
  3. 10.000 euros.
  4. El que corresponda en cada caso, según el importe de la deuda aduanera que se garantiza.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 160

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8722

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión en el que la garantía se presta mediante títulos emitidos por un fiador autorizado, ¿cuántos títulos son necesarios en cada operación?

  1. Uno en todos los casos, ya que su importe varía según las obligaciones aduaneras de las que se debe responder.
  2. El número correspondiente al múltiplo de 5.000 euros que se necesite para cubrir totalmente las obligaciones aduaneras.
  3. El número correspondiente al múltiplo de 7.000 euros que se necesite para cubrir totalmente las obligaciones aduaneras.
  4. El número correspondiente al múltiplo de 10.000 euros que se necesite para cubrir totalmente las obligaciones aduaneras.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 160

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8725

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿cómo se determina el itinerario del viaje?

  1. Es completamente libre, lo elige cada operador a su voluntad.
  2. Salvo que lo fijen las autoridades aduaneras, es de elección libre para el operador, pero se debe utilizar un trayecto que esté justificado desde el punto de vista económico.
  3. Lo fija siempre la aduana de partida.
  4. Lo fija siempre la aduana de destino.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 298

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8726

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿en qué plazo deben presentarse las mercancías en la aduana de destino?

  1. En el plazo máximo de cuatro días.
  2. En el plazo máximo de una semana.
  3. En el plazo máximo de diez días.
  4. En el plazo que fije la aduana de partida.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 297

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8727

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿en qué plazo deben presentarse las mercancías en la aduana de destino?

  1. En el plazo que fije la aduana de partida.
  2. En el plazo que fije la aduana de destino.
  3. No hay plazo máximo, pueden presentarse cuando lo decida el operador.
  4. En el plazo máximo de diez días.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 297

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8728

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito comunitario, ¿cómo se determina el itinerario del viaje?

  1. Lo elige siempre cada operador, previa consulta con la aduana de partida.
  2. Lo elige siempre cada operador, previa consulta con la aduana de destino.
  3. Lo fija la aduana de destino cuando lo considera necesario.
  4. Lo fija la aduana de partida cuando lo considera necesario.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 298

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8729

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿es obligatorio que las mercancías viajen bajo precinto?

  1. No, en ningún caso.
  2. No, salvo que lo solicite el propio operador.
  3. Sí, pero se puede eximir del precinto cuando la descripción contenida en los diversos documentos permite su fácil identificación y especifica su cantidad, naturaleza y características particulares.
  4. Sí, siempre.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 302

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8730

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión en el que las mercancías deban viajar precintadas, ¿dónde se colocará el precinto?

  1. En el medio del transporte o contenedor, en todo caso.
  2. En el medio del transporte o contenedor cuando la aduana los considere adecuados para ello.
  3. En cada bulto individual.
  4. Las respuestas B y C con correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 299

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8732

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito comunitario, ¿qué se debe presentar en las aduanas de paso?

  1. El MRN de la declaración de tránsito.
  2. El seguro de la mercancía.
  3. La licencia comunitaria o, en su caso, la autorización de transporte internacional que cubre el transporte.
  4. Las respuestas A y C son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 304

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8733

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿qué notificaciones deben emitir las aduanas de tránsito?

  1. Una notificación de cruce de frontera para la aduana de partida.
  2. Una notificación de cruce de frontera para la aduana de destino.
  3. Notificaciones de cruce de frontera para las restantes aduanas de tránsito.
  4. Una notificación anticipada de llegada para la aduana de destino.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 304

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8734

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿qué notificaciones debe emitir la aduana de destino?

  1. Una notificación de llegada para la aduana de partida.
  2. Notificaciones de llegada para la aduana de partida y para las aduanas de tránsito.
  3. Una notificación de los resultados del control para la aduana de partida.
  4. Las respuestas A y C son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 307; Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, art. 309

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8737

¿Cuál es la finalidad del sistema Intrastat?

  1. Recoger información estadística sobre todo tipo de intercambios de mercancías comunitarias.
  2. Recoger información estadística sobre todo tipo de intercambios de mercancías comunitarias y no comunitarias.
  3. Recoger información estadística sobre intercambios de mercancías comunitarias entre los Estados miembros, que no sean objeto de declaración a través de un documento DUA.
  4. Recoger información estadística sobre intercambios de mercancías comunitarias y no comunitarias entre los Estados miembros, que no sean objeto de declaración a través de un documento DUA.

RESPUESTA: C

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 22/05/2018, Capítulo 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8738

En el caso español, ¿qué operaciones deben declararse mediante el sistema Intrastat?

  1. Las que se efectúen desde cualquier territorio del Estado.
  2. Las que se efectúen desde cualquier punto del Estado, salvo Ceuta y Melilla.
  3. Las que se efectúen desde cualquier punto del Estado, salvo Ceuta, Melilla y las Islas Canarias.
  4. Las que se efectúen desde cualquier punto del Estado, salvo Ceuta, Melilla, las Islas Canarias y las Islas Baleares.

RESPUESTA: C

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 22/05/2018, Capítulo 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8739

¿Con qué periodicidad se realizarán las declaraciones en el sistema Intrastat?

  1. Semanal.
  2. Quincenal.
  3. Mensual.
  4. Semestral.

RESPUESTA: C

NORMA: OM HFP/36/2018, art. 6; OM HFP/36/2018, art. 12

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8740

¿En qué plazo se deben presentar las declaraciones del sistema Intrastat?

  1. Hasta el día 10 del mes siguiente a la finalización del período al que se refiere la declaración.
  2. Hasta el día 12 del mes siguiente a la finalización del período al que se refiere la declaración.
  3. Hasta el día 15 del mes siguiente a la finalización del período al que se refiere la declaración.
  4. Hasta el día 30 del mes siguiente a la finalización del período al que se refiere la declaración.

RESPUESTA: B

NORMA: OM HFP/36/2018, art. 12

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8741

¿Quién está obligado a facilitar información en el sistema Intrastat?

  1. Quien haya formalizado el contrato que da lugar a la expedición o entrega de la mercancía.
  2. Quien proceda a la expedición o entrega de la mercancía.
  3. Quien esté en posesión de la mercancía.
  4. Todos los anteriores.

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 22/05/2018, Capítulo 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8742

¿Qué informaciones deben facilitarse en las declaraciones del sistema Intrastat?

  1. Descripción de la mercancía.
  2. Cantidad de mercancía.
  3. Valor de la mercancía.
  4. Todas las anteriores.

RESPUESTA: D

NORMA: OM HFP/36/2018, art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8743

¿A partir de qué volumen anual de operaciones es obligatorio presentar declaraciones en el sistema Intrastat?

  1. 100.000 euros.
  2. 200.000 euros.
  3. 300.000 euros.
  4. 400.000 euros.

RESPUESTA: D

NORMA: OM HFP/36/2018, art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8744

¿Qué finalidad se persigue con el certificado CITES?

  1. Controlar el comercio internacional de mercancías peligrosas.
  2. Controlar el comercio internacional de especies que sean transmisoras potenciales de enfermedades.
  3. Controlar el comercio internacional de especies amenazadas de extinción.
  4. Sujetar a tributación la adquisición de animales exóticos.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 338/97, art. 9

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8745

¿Qué organismo expide el certificado en el que se plasma el control de calidad comercial de determinados productos alimentarios objeto de comercio exterior?

  1. La Dirección General de Seguridad Alimentaria.
  2. El SOIVRE.
  3. El Instituto de Comercio Exterior.
  4. La Administración de aduanas.

RESPUESTA: B

NORMA: OM PRE/3026/2003, Art. 7

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8746

¿En qué año se firmó el Convenio TIR?

  1. 1975.
  2. 1980.
  3. 1983.
  4. 1985.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio TIR, Título

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8747

Señale la afirmación correcta.

  1. Para que el Convenio TIR resulte aplicable es imprescindible que, al menos, parte del viaje se haga por carretera.
  2. Para que el Convenio TIR resulte aplicable es imprescindible que, al menos, parte del viaje se haga por ferrocarril.
  3. Para que el Convenio TIR resulte aplicable es imprescindible que, al menos, parte del viaje se haga en barco.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio TIR, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8748

En un transporte efectuado en régimen TIR las mercancías viajan, por regla general,:

  1. bajo precinto aduanero.
  2. acompañadas de un agente de aduanas.
  3. con escolta policial.
  4. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio TIR, art. 5; Convenio TIR, art. 19

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8749

¿Qué obligaciones asumen las asociaciones que garantizan el pago de los derechos y tributos vinculados a un transporte TIR?

  1. Asumen todas las responsabilidades que puedan exigirse en su país, ya sea que han expedido ellas el cuaderno TIR o que lo ha expedido una asociación extranjera afiliada a la misma organización internacional.
  2. Asumen todas las responsabilidades que puedan exigirse en su país, pero solo respecto de transportistas a los que hayan expedido ellas mismas el cuaderno TIR.
  3. Asumen todas las responsabilidades que puedan exigirse en su país, pero solo respecto de transportistas extranjeros ya que los nacionales no pueden incurrir en ninguna responsabilidad en su propio país.
  4. No asumen ninguna responsabilidad, pues el único infractor, en su caso, es el transportista.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio TIR, art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8750

¿Quién asigna a los transportistas los cuadernos TIR?

  1. La Comunidad Europea.
  2. El Comité de Gestión del Convenio TIR.
  3. Las autoridades aduaneras.
  4. Las asociaciones garantes de los transportes TIR.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio TIR, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8751

¿Para cuántos viajes sirve cada cuaderno TIR?

  1. Para uno.
  2. Para tres.
  3. Para cinco.
  4. Para todos los que se realicen dentro de su período de validez.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio TIR, Art. 17

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8752

En un transporte en régimen TIR, ¿cuál es el número máximo de aduanas de salida y de destino que se permite?

  1. Diez.
  2. Ocho.
  3. Cinco.
  4. Cuatro.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio TIR, Art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8753

Para iniciar un transporte TIR, ¿qué se debe presentar en la aduana de partida?

  1. La mercancía.
  2. La mercancía y el vehículo.
  3. La mercancía, el vehículo y el cuaderno TIR.
  4. La mercancía, el vehículo, el cuaderno TIR y el justificante de garantía.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio TIR, Art. 19

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8754

¿Quién es responsable de la colocación de los precintos en un transporte TIR?

  1. La aduana de salida.
  2. Cada una de las aduanas de tránsito.
  3. La asociación garante.
  4. El transportista.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio TIR, Art. 19

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8755

Como regla general, en un transporte TIR las aduanas de tránsito…

  1. efectuarán una inspección de parte de la carga.
  2. efectuarán una inspección de toda la carga.
  3. no efectuarán inspección de la carga.
  4. En un transporte TIR no hay aduanas de tránsito.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio TIR, art. 22; Convenio TIR, art. 23

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8756

¿Se exige alguna aprobación específica de los vehículos que se utilizan en un transporte TIR?

  1. No, solo que vayan identificados con la placa TIR.
  2. No, solo que vayan identificados con la placa TIR y estén matriculados en el país de partida del transporte.
  3. Sí, están sujetos a aprobación y deben obtener un certificado.
  4. Se requiere su aprobación previa, pero solo para el transporte de mercancías que presentan un mayor riesgo de fraude (tabaco, alcohol y similares).

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio TIR, Art. 12

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8757

¿Qué requisito debe reunir un vehículo para ser admitido en un transporte TIR?

  1. Que se pueda precintar y revisar con facilidad.
  2. Que no posea ningún espacio disimulado para ocultar mercancías.
  3. Que no permita sacar mercancías de la parte precintada sin romper el precinto.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio TIR, Anexo 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8758

¿Qué asociaciones pueden expedir cuadernos TIR?

  1. Todas las asociaciones profesionales de transportistas.
  2. Las asociaciones profesionales de transportistas que forman parte del Comité Nacional de Transporte por Carretera.
  3. Las asociaciones autorizadas por la Administración aduanera.
  4. Las asociaciones autorizadas por el Comité de Gestión del Convenio TIR.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio TIR, art. 6; Convenio TIR, Anexo 9

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8759

¿Qué transportistas pueden efectuar transportes en régimen TIR?

  1. Todos los que dispongan de licencia comunitaria.
  2. Todos los que dispongan de autorización MDP.
  3. Todos los que hayan sido autorizados al efecto por el Comité de Gestión del Convenio TIR.
  4. Todos los que hayan sido autorizados al efecto por las autoridades aduaneras.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio TIR, art. 6; Convenio TIR, Anexo 9

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8760

¿En cuántas partes se divide el territorio aduanero de la Unión Europea a los efectos de un transporte en régimen de tránsito efectuado al amparo del Convenio TIR?

  1. En dos: zona euro y zona de países que no han adoptado el euro como moneda.
  2. En tres: zona euro, zona de países que no han adoptado el euro como moneda y Reino Unido.
  3. En tantas como Estados formen parte de la Unión Europea en cada momento.
  4. En un transporte TIR, el territorio aduanero de la Unión se considera como un solo territorio.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 228

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8761

En el ámbito de la Unión Europea, ¿cuál es el límite de responsabilidad a la que deben hacer frente las asociaciones garantes por cada cuaderno TIR?

  1. 50.000 euros.
  2. 60.000 euros.
  3. 75.000 euros.
  4. 100.000 euros.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 163

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8762

¿En qué año se firmó el Convenio aduanero ATA?

  1. 1956.
  2. 1960.
  3. 1961.
  4. 1963.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio ATA, Art. 28

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8763

¿En cuál de los siguientes supuestos se puede utilizar un cuaderno ATA?

  1. Importación temporal de equipos profesionales.
  2. Importación de trigo para la fabricación de harina.
  3. Importación de material sanitario para su venta.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio ATA, art. 2; Convenio ATA, Anexo B2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8764

¿En cuál de los siguientes supuestos se puede utilizar un cuaderno ATA?

  1. Importación de mercancías para su utilización en exposiciones y ferias.
  2. Importación de vehículos nuevos para su venta.
  3. Importación de vehículos usados para su venta.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio ATA, art. 2; Convenio ATA, Anexo B1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8765

¿Qué cubre la garantía asociada a los cuadernos ATA?

  1. El precio de los bienes importados, en caso de que no se pague por su destinatario.
  2. Los impuestos y gravámenes derivados de la importación de los bienes.
  3. El coste del transporte.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio ATA, Anexo A, art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8766

Las mercancías introducidas en un país al amparo de un cuaderno ATA deberán:

  1. ser destinadas a la venta en el mismo.
  2. ser objeto de transformación en el mismo.
  3. permanecer en el país hasta que expire la vigencia del cuaderno.
  4. ser reexportadas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio ATA, Art. 7

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8767

¿Puede utilizarse el cuaderno ATA como documento válido para transportar mercancías en régimen de tránsito aduanero?

  1. Sí.
  2. Sí, pero solo para mercancías que no presenten un nivel elevado de fraude.
  3. No, el cuaderno ATA debe estar acompañado siempre por el cuaderno TIR.
  4. No, el cuaderno ATA debe estar acompañado siempre por el cuaderno TIR o por el documento de tránsito comunitario.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio ATA, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8768

Cuando se utiliza un cuaderno ATA para un transporte en régimen de tránsito, ¿en cuántas partes se considera dividido el territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. En dos: zona euro y zona de países que mantienen su propia moneda.
  2. En tantas como Estados formen parte de la Unión Europea en cada momento.
  3. Se considera como un solo territorio.
  4. Ninguna de las respuestas es correcta.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 228

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8769

¿Cuál es el plazo máximo de vigencia permitido para los cuadernos ATA?

  1. Seis meses.
  2. Ocho meses.
  3. Un año.
  4. Quince meses.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio ATA, Anexo A, art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8770

¿Cuál es el plazo máximo de reexportación de una mercancía importada al amparo de un cuaderno ATA?

  1. Seis meses.
  2. Quince meses.
  3. El plazo de vigencia del cuaderno ATA correspondiente.
  4. El plazo de caducidad de la mercancía.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio ATA, Anexo A, art. 7

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8864

El transporte de mercancías realizado por una Administración pública en el ámbito de su funcionamiento interno, para atender necesidades de desplazamiento derivadas de su actividad administrativa, se considera:

  1. transporte oficial.
  2. transporte administrativo.
  3. transporte público.
  4. Las respuestas A y C son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 16/1987, Art. 105

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8865

¿Qué características debe reunir un transporte de mercancías para ser considerado como transporte oficial?

  1. Ser realizado por cualquier Administración pública o empresa pública.
  2. Llevarse a cabo en vehículos conducidos por funcionarios.
  3. Atender necesidades de desplazamiento derivadas de la actividad administrativa propia de la entidad que lo realiza.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: Ley 16/1987, Art. 105

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8868

¿En qué modalidad se otorgan las autorizaciones para efectuar transporte público de mercancías?

  1. Como autorización por vehículo.
  2. Como autorización al viaje.
  3. Como autorización de empresa.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 1211/1990, art. 38

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8870

¿Para cuánto tiempo se otorgan las autorizaciones de transporte público de mercancías?

  1. Dos años.
  2. Tres años.
  3. Cinco años.
  4. Se otorgan sin plazo de duración prefijado.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 16/1987, Art. 51

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8873

¿Qué capacidad financiera se requiere acreditar para obtener una autorización de transporte público de mercancías?

  1. 5.000 euros por cada vehículo utilizado.
  2. 9.000 euros por cada vehículo utilizado.
  3. 5.000 euros por el primer vehículo y 9.000 más por cada vehículo adicional utilizado.
  4. 9.000 euros por el primer vehículo y 5.000 más por cada vehículo adicional utilizado.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 16/1987, Art. 46

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8874

¿Qué capacidad financiera se requiere acreditar para obtener una autorización de transporte privado complementario de mercancías?

  1. 5.000 euros por cada vehículo utilizado.
  2. 9.000 euros por el primer vehículo y 5.000 más por cada vehículo adicional utilizado.
  3. 5.000 euros para cada vehículo ligero y 9.000 por cada uno de los pesados.
  4. Para esta clase de transporte no se requiere acreditar la capacidad financiera.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 16/1987, Art. 43

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8875

¿Cuál es el número de vehículos requerido para obtener la autorización de transporte público de mercancías que habilita exclusivamente para efectuar transportes con vehículos que no superan 3,5 toneladas de Masa Máxima Autorizada?

  1. Uno.
  2. Tres.
  3. Uno para transporte de ámbito local y tres para transporte de ámbito nacional.
  4. No existen autorizaciones de transporte público de mercancías limitadas a este tipo de vehículos.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8876

¿Cuál es el número mínimo de vehículos requerido para obtener autorización de transporte privado complementario de mercancías?

  1. Uno.
  2. Tres.
  3. Uno si se trata de un vehículo de hasta 3,5 toneladas de MMA y tres si se trata de vehículos pesados.
  4. Cinco.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 157

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8878

¿Qué tipo de transporte se puede efectuar con una autorización identificada registralmente con la clave MDPE?

  1. Solo interurbano en un radio de 100 kilómetros.
  2. Solo interurbano en la Comunidad Autónoma en la que se reside.
  3. Tanto urbano como interurbano, pero limitado a la Comunidad Autónoma en la que se reside.
  4. Tanto urbano como interurbano en todo el territorio nacional.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 16/1987, art. 91

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8879

¿En qué ámbito se puede realizar transporte con una autorización identificada registralmente con la clave MDLE?

  1. Solo en el municipio de residencia.
  2. Solo en un radio de 100 kilómetros desde el municipio de residencia.
  3. Solo en la Comunidad Autónoma de residencia.
  4. En todo el territorio nacional.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 16/1987, art. 91

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8882

¿Qué requisito es preciso cumplir para obtener una autorización de transporte privado complementario de mercancías?

  1. Ser titular de, al menos, una autorización de transporte público.
  2. Cumplir el requisito de competencia profesional.
  3. Cumplir las condiciones requeridas en cuanto a honorabilidad.
  4. Ninguna es correcta.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 156; RD 1211/1990, art. 157; RD 1211/1990, art. 158

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8884

¿Cuántos vehículos se pueden autorizar, como máximo, a una empresa para efectuar transporte privado complementario de mercancías?

  1. Tres.
  2. Cinco.
  3. El número necesario para cubrir las necesidades de transporte que justifique.
  4. Todos los que solicite.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 1211/1990, art. 157

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8885

¿Con qué tipo de vehículos se puede efectuar transporte si se dispone de una autorización identificada registralmente con la clave MPCE?

  1. Solo con vehículos de hasta 3,5 toneladas de MMA.
  2. Solo con vehículos de hasta 6 toneladas de MMA.
  3. Solo con vehículos pesados.
  4. Con vehículos que tengan cualquier Masa Máxima Autorizada.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 155; Resolución D.G. Transporte Terrestre 03/12/2018, Primero

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8886

¿Qué clases de vehículos deben estar adscritos a la autorización de transporte público de mercancías para poder trabajar legalmente con ellos?

  1. Los camiones.
  2. Los remolques.
  3. Los semirremolques.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 16/1987, art. 54

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8887

Los vehículos que se adscriban a una autorización de transporte público de mercancías deben estar a disposición del titular:

  1. en régimen de propiedad.
  2. en virtud de un contrato de arrendamiento ordinario.
  3. en virtud de un contrato de arrendamiento financiero.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 16/1987, Art. 54

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8888

¿Puede una empresa ya autorizada para transporte público de mercancías ampliar el número de vehículos adscritos a su autorización de transporte?

  1. Puede, si los nuevos vehículos no superan los dos años de antigüedad.
  2. Puede, si los nuevos vehículos no superan los seis años de antigüedad.
  3. Puede si la capacidad financiera de la empresa es suficiente en relación con el número de vehículos resultante de la nueva adquisición.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 1211/1990, art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8889

El titular de una autorización de transporte público de mercancías podrá sustituir alguno de los vehículos adscritos a la autorización si …

  1. es autorizado por el órgano competente mediante una anotación registral.
  2. el vehículo sustituido tiene una antigüedad superior a cinco años.
  3. el nuevo vehículo adscrito tiene una antigüedad inferior a 2 dos años.
  4. la antigüedad media de su flota no se ve incrementada con la sustitución.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8890

¿En qué condiciones podrá el titular de una autorización de transporte público de mercancías sustituir alguno de los vehículos adscritos a la autorización?

  1. Si la capacidad financiera de la empresa es suficiente en relación con el número de vehículos resultante de la nueva adquisición.
  2. Si la antigüedad media de la flota, tomando en cuenta el nuevo vehículo y descontando el que se desea sustituir, no supera los seis años.
  3. Siempre que solicite una nueva autorización y anule previamente la que tenía hasta ese momento.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8891

¿Es posible transmitir una autorización de transporte público de mercancías a otro titular?

  1. Siempre que ambos se pongan de acuerdo y lo soliciten a la Administración.
  2. Solo si se cumplen determinadas condiciones.
  3. Solo en caso de transmisión a herederos forzosos.
  4. No, las autorizaciones de este tipo son intransferibles.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 1211/1990, art. 45

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 8892

¿Qué requisitos se exigen para poder transmitir una autorización de transporte público de mercancías a otro titular?

  1. Que el adquirente reúna los requisitos exigidos a los titulares de esta clase de autorizaciones, salvo el relativo a la antigüedad inicial de los vehículos.
  2. Que el adquirente no sea ya titular de una autorización igual a la que pretende adquirir.
  3. Que el adquirente pase a disponer de todos los vehículos adscritos a la autorización en el momento de ser transmitida.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 45

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9037

¿De qué ventajas pueden beneficiarse quienes tienen la condición de operador económico autorizado?

  1. De una reducción especial en los gravámenes de importación.
  2. De preferencia en la obtención de subvenciones vinculadas a la exportación.
  3. De facilidades en la realización de los controles aduaneros.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 38

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9038

En un contrato de transporte sujeto al Convenio CMR, el transportista quedará libre de responsabilidad cuando pruebe que el daño de la mercancía ha podido derivar:

  1. del empleo de vehículos abiertos y no entoldados si ha sido pactado en la carta de porte.
  2. de la deficiencia del embalaje.
  3. de la manipulación de la mercancía por el remitente.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio CMR, art. 17; Convenio CMR, art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9039

¿En qué año se firmó el Convenio TIR?

  1. 1970.
  2. 1975.
  3. 1980.
  4. 1985.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio TIR, Título

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9040

Si no se ha pactado otra cosa, ¿en qué plazo debe ser entregada una mercancía a su destinatario?

  1. En el que emplearía un porteador diligente.
  2. En el que emplearía un porteador diligente, añadiéndose 6 horas más para imprevistos.
  3. En el que emplearía un porteador diligente, añadiéndose 12 horas más para imprevistos.
  4. En el que emplearía un porteador diligente, añadiéndose 36 horas más para imprevistos.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 6.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9041

Si no se ha pactado otra cosa, ¿de qué tiempo dispone el porteador para hacer la entrega en un servicio de paquetería en el que sea necesario acumular varios envíos para completar la carga?

  1. Del tiempo establecido con carácter general para cualquier transporte.
  2. Del tiempo establecido con carácter general para cualquier transporte, incrementado en 12 horas.
  3. Del tiempo establecido con carácter general para cualquier transporte, incrementado en 24 horas.
  4. Del tiempo establecido con carácter general para cualquier transporte, incrementado en 48 horas.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 9.2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9042

Según las condiciones generales de contratación, ¿qué velocidad media se estimará como razonable para determinar el plazo de entrega de una mercancía a su destinatario?

  1. 20 km/h.
  2. 50 km/h.
  3. 70 km/h.
  4. 80 km/h.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 6.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9043

Según las condiciones generales de contratación, ¿cuándo empieza a contar el plazo de entrega de la mercancía al destinatario si no consta la hora de recepción por el transportista?

  1. A partir de la hora de cierre del establecimiento.
  2. A partir de las seis de la tarde.
  3. A partir de las ocho de la tarde.
  4. A partir de las cero horas del día siguiente.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 6.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9044

Según las condiciones generales de contratación, si el plazo de entrega al destinatario finaliza después de las seis de la tarde, ¿cuándo, como máximo, debe efectuarse dicha entrega?

  1. A la hora en que finalice dicho plazo, siempre que no sea más tarde de las doce de la noche.
  2. A las ocho de la mañana del día siguiente o a la hora de apertura del establecimiento si es posterior.
  3. A las nueve de la mañana del día siguiente o a la hora de apertura del establecimiento si es posterior.
  4. En todo caso, a la hora de apertura del establecimiento.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 6.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9045

Según las condiciones generales de contratación, salvo pacto previo en contrario, los soportes aportados por el cargador:

  1. forman parte del envío y no pueden ser alquilados al porteador.
  2. no forman parte del envío y pueden ser alquilados al porteador a un precio ventajoso para este.
  3. pueden formar parte o no del envío, dependiendo del tipo de soporte.
  4. pueden formar parte o no del envío, dependiendo del tipo de mercancía.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 4.8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9046

Según las condiciones generales de contratación, el retorno de los soportes aportados por el cargador:

  1. constituye un transporte diferenciado del envío inicial de la mercancía.
  2. no constituye un transporte diferenciado.
  3. será o no un transporte diferenciado, según el tipo de soporte.
  4. será o no un transporte diferenciado, según la clase de mercancía que se transportó inicialmente.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 4.8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9047

Según las condiciones generales de contratación, ¿qué puede hacer un transportista de mercancías peligrosas si no ha sido informado de su peligrosidad?

  1. Puede negarse a continuar el transporte y descargar las mercancías.
  2. Puede devolver las mercancías a su origen.
  3. Debe efectuar el transporte hasta su destino, sin perjuicio de exigir responsabilidades al cargador.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 10.2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9048

Según las condiciones generales de contratación, en el caso de combustibles para uso doméstico, ¿a quién corresponde efectuar su descarga?

  1. Al cargador.
  2. Al destinatario.
  3. Al porteador.
  4. Al expedidor.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 10.3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9049

Según las condiciones generales de contratación, ¿qué itinerario se considera generalmente más adecuado?

  1. El más corto.
  2. El más rápido.
  3. El que consume menos combustible.
  4. El que previsiblemente tenga menos tráfico.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 5.4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9050

Cuando no se haya pactado, ¿cuál será el precio a pagar por un servicio de transporte?

  1. El usual en el momento y lugar en que el porteador haya de recibir el envío.
  2. El usual en el momento y lugar de entrega del envío al destinatario.
  3. El usual en el momento y lugar en que el porteador haya de recibir el envío, salvo que el porteador tenga publicitados unos determinados precios, que serán los que se apliquen.
  4. El usual en el momento y lugar de entrega del envío al destinatario, salvo que el porteador tenga publicitados unos determinados precios, que serán los que se apliquen.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 3.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9051

Salvo prueba en contrario, ¿cuál de los siguientes se considerará precio usual de un servicio de transporte?

  1. El coste medio calculado por el Instituto Nacional de Estadística a partir de las estadísticas de transporte.
  2. El coste medio calculado por la Comunidad Autónoma donde tiene su origen el transporte.
  3. El coste medio recogido para ese tipo de transporte en el Observatorio de Costes.
  4. Cualquiera de los anteriores, a elección del transportista.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 3.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9052

Según las condiciones generales de contratación, ¿cuándo tiene el transportista obligación de informar de la posibilidad de incluir en el contrato una declaración del valor de las mercancías?

  1. Siempre.
  2. Cuando se trate de mercancías especialmente valiosas.
  3. Cuando contrate con un consumidor.
  4. Es una posibilidad abierta a todos los que contraten un transporte, pero el transportista no está obligado a informar en ningún caso.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 3.3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9053

Cuando contrate con un consumidor, el transportista está obligado a informarle de:

  1. la posibilidad de incluir en el contrato una declaración de valor.
  2. la posibilidad de incluir en el contrato una declaración de interés especial en la entrega.
  3. la posibilidad de suscribir un seguro.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 3.3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9054

Si un consumidor opta por contratar un seguro que cubra los daños que puedan sufrir las mercancías durante el transporte, ¿quién debe asumir su coste?

  1. El transportista.
  2. El transportista, pero puede repercutir el 25 % del mismo en el precio del transporte.
  3. El transportista, pero puede repercutir el 50 % del mismo en el precio del transporte.
  4. El consumidor, pues el transportista puede repercutir el coste íntegro en el precio del transporte.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 3.3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9055

Cuando el porteador solicite instrucciones ante la imposibilidad de efectuar el transporte en las condiciones pactadas, podrá entender que hay falta de instrucciones si no se le facilitan en el plazo de:

  1. 1 hora.
  2. 2 horas.
  3. 4 horas.
  4. 5 horas.

RESPUESTA: B

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 5.10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9056

A efectos de determinar su responsabilidad, ¿cuándo se considera que un transportista ha recibido el envío?

  1. Cuando está totalmente cargado y estibado en el vehículo.
  2. Cuando está totalmente cargado y estibado en el vehículo, salvo que le corresponda a él realizar la carga y estiba.
  3. Cuando se inician las operaciones de carga y estiba.
  4. Cuando el vehículo se pone en marcha para efectuar el transporte.

RESPUESTA: B

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 5.3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9057

En una operación de transporte interior, ¿qué condiciones debe cumplir una carta de porte emitida por medios electrónicos?

  1. Que garantice la integridad de todas sus indicaciones.
  2. Que no se pueda modificar en ningún caso.
  3. Que vaya refrendada mediante firmas electrónicas.
  4. Las respuestas A y C son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 2.8; OM FOM/1882/2012, Anexo, 2.9

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9058

¿Con qué antelación se debe efectuar la denuncia de un contrato de transporte continuado de duración indefinida?

  1. 30 días.
  2. 60 días.
  3. 90 días.
  4. No se exige antelación, siempre que conste de modo fehaciente su recepción por la otra parte.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 8.5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9059

¿En cuál o cuáles de los siguientes supuestos se considera que existe un contrato de transporte sucesivo?

  1. Cuando en un único contrato intervienen varios porteadores, diferenciados jurídica y comercialmente.
  2. Salvo pacto expreso en contra, cuando en un único contrato intervienen varios porteadores, identificados por el mismo nombre comercial en virtud de una relación de franquicia.
  3. Cuando, en un único contrato, el porteador se obliga a una pluralidad de envíos.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/1882/2012, Anexo, 11.1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9077

¿Se han desarrollado las condiciones de uso de las cartas de porte electrónicas en el transporte de mercancías por carretera?

  1. Sí, en los transportes de ámbito nacional.
  2. Sí, en los transportes sujetos al Convenio CMR.
  3. No.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, art. 2; OM FOM/1882/2012, Anexo 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9078

¿Se han desarrollado las condiciones de uso de las cartas de porte electrónicas en el transporte de mercancías por carretera?

  1. Sí, en los transportes sujetos al Convenio CMR.
  2. Sí, en los transportes sujetos al Convenio CMR, pero solo de más de 250 km.
  3. Sí, en los transportes de ámbito nacional, pero solo de más de 250 km.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Convenio Protocolo Adicional al Convenio CMR, art. 2; OM FOM/1882/2012, Anexo 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 9085

¿Se requiere alguna autorización para ejercer la actividad de operador logístico en España?

  1. La autorización de almacenista-distribuidor.
  2. La autorización de operador de transporte de mercancías.
  3. La autorización de agencia de transporte.
  4. No se requiere ninguna, es una actividad liberalizada.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 16/1987, Art. 119

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64173

¿Cuándo hay que presentar la declaración sumaria de entrada en el territorio aduanero de la Unión Europea, en el caso de mercancías transportadas por carretera?

  1. A más tardar, una hora antes de que las mercancías sean introducidas.
  2. A más tardar, un día antes de que las mercancías sean introducidas.
  3. A más tardar, una hora después de que las mercancías sean introducidas.
  4. A más tardar, un día después de que las mercancías sean introducidas.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2446, Art. 108

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64174

¿Cuándo se debe presentar la declaración previa a la salida de mercancías del territorio aduanero de la Unión, en el caso de transporte por carretera?

  1. A más tardar, una hora antes de que las mercancías vayan a salir.
  2. A más tardar, un día antes de que las mercancías vayan a salir.
  3. A más tardar, una hora después de que las mercancías salgan.
  4. A más tardar, un día después de que las mercancías salgan.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2446, Art. 244

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64175

En el ámbito de los procedimientos aduaneros, a la aduana competente respecto del punto de salida o entrada de las mercancías en el territorio aduanero de la Unión, cuando abandonan o entran en dicho territorio en el transcurso de una operación de tránsito, se la denomina:

  1. aduana de partida.
  2. aduana de tránsito.
  3. aduana de destino.
  4. aduana de primera entrada.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64176

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión en el que la garantía es individual y se presta mediante títulos emitidos por un fiador autorizado, ¿cuál es el plazo de validez de dichos títulos?

  1. Tres meses.
  2. Seis meses.
  3. Nueve meses.
  4. Un año.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 160

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64177

En el ámbito de los procedimientos aduaneros, ¿qué mercancías se pueden incluir en una misma declaración de tránsito de la Unión?

  1. Las que circulen desde una única aduana de partida a una única aduana de destino.
  2. Las que circulen desde una única aduana de partida a, como máximo, dos aduanas de destino.
  3. Las que circulen desde, como máximo, dos aduanas de partida a una única aduana de destino.
  4. Las que circulen desde, como máximo, dos aduana de partida a, como máximo, dos aduanas de destino.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 296

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64178

En el ámbito de los procedimientos aduaneros, ¿qué mercancías se pueden incluir en una misma declaración de tránsito de la Unión?

  1. Las que circulen en un medio de transporte único.
  2. Las que circulen en, como máximo, dos medios de transporte si efectúan juntos el recorrido.
  3. Las que circulen en, como máximo, tres medios de transporte si efectúan juntos el recorrido.
  4. Las que circulen en medios de transporte pertenecientes a la misma persona, independientemente de su número, siempre que efectúen juntos el recorrido.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 296

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64179

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿qué factores deben tener en cuenta las autoridades aduaneras para fijar el plazo de presentación de las mercancías en la aduana de destino?

  1. El itinerario.
  2. El medio de transporte.
  3. La legislación en materia de transportes.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 297

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64180

Un transporte realizado en régimen de tránsito de la Unión, ¿se debe efectuar siguiendo un itinerario obligatorio?

  1. Sí, siempre.
  2. No, el itinerario lo elige siempre el operador.
  3. Sí, cuando lo fije la aduana de partida por considerarlo necesario.
  4. Sí, cuando lo fije la aduana de destino por considerarlo necesario.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 298

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64181

En el caso de transportes efectuados en régimen de tránsito de la Unión, ¿cuándo se debe expedir el documento de acompañamiento de tránsito?

  1. Siempre.
  2. Cuando lo solicite el titular del régimen de tránsito.
  3. Cuando lo considere necesario la aduana de partida.
  4. Nunca, pues toda la información se comunica por procedimientos telemáticos.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 303

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64182

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿a quién debe comunicar los datos de la operación la aduana de partida?

  1. A la aduana de destino.
  2. A cada aduana de tránsito.
  3. Solo a la primera aduana de tránsito.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 303

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64183

En el caso de un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿qué se debe presentar en las aduanas de tránsito?

  1. El número de registro asignado a la declaración de tránsito por las autoridades aduaneras (MRN).
  2. La declaración de tránsito.
  3. El justificante de garantía.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 304

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64184

En caso de producirse alguna incidencia durante un transporte efectuado en régimen de tránsito de la Unión, ¿qué debe hacer el transportista por lo que se refiere a la normativa aduanera?

  1. Comunicarlo al expedidor de la mercancía.
  2. Comunicarlo al consignatario de la mercancía.
  3. Comunicarlo a la aduana de partida.
  4. Presentar las mercancías ante la autoridad aduanera más próxima del Estado en el que se encuentre.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 305

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64185

Cuando las mercancías incluidas en una operación de tránsito de la Unión lleguen a la aduana de destino, ¿qué se debe presentar en dicha aduana?

  1. La declaración de tránsito.
  2. El documento de acompañamiento del tránsito.
  3. El número de referencia de la declaración de tránsito (MRN).
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2015/2447, Art. 306

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64186

¿Cómo se denomina la declaración que hay que presentar cuando se introducen mercancías en el territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. Declaración sumaria de entrada.
  2. Declaración de importación.
  3. Declaración de introducción.
  4. Declaración de levante de mercancías.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 127

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64187

¿Cuándo hay que presentar la declaración sumaria de entrada de mercancías en el territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. Antes de que las mercancías sean introducidas.
  2. En el mismo momento en el que las mercancías son introducidas.
  3. Hasta 24 horas después de que las mercancías hayan sido introducidas.
  4. Hasta 48 horas después de que las mercancías hayan sido introducidas.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 127

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64188

¿Quién está obligado a presentar la declaración sumaria de entrada de mercancías en el territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. El transportista.
  2. El importador.
  3. El consignatario.
  4. Ninguno de los anteriores.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 127

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64189

¿Cuándo dejan de estar bajo vigilancia aduanera las mercancías no pertenecientes a la Unión que son introducidas en el territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. Cuando se determina su estatuto aduanero.
  2. Cuando cambia su estatuto aduanero.
  3. Cuando salen del territorio aduanero de la Unión.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 134

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64190

Las mercancías que se encuentran bajo vigilancia aduanera…

  1. no pueden ser descargadas en ningún caso.
  2. solo pueden ser descargadas con autorización de las autoridades aduaneras.
  3. pueden ser descargadas sin autorización en caso de peligro inminente.
  4. pueden ser descargadas cuando el consignatario lo autorice.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 140

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64191

¿En qué situación quedan las mercancías no pertenecientes a la Unión a partir del momento de su presentación en la aduana?

  1. Quedan en depósito temporal.
  2. Son despachadas a libre práctica de modo inmediato.
  3. Son incluidas en el régimen de tránsito interno de la Unión.
  4. Son incluidas en el régimen de exportación.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 144

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64192

¿Durante cuánto tiempo, como máximo, permanecerán en depósito temporal las mercancías no pertenecientes a la Unión cuando son introducidas en el territorio aduanero de la Unión?

  1. 48 horas.
  2. 15 días.
  3. 60 días.
  4. 90 días.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 149

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64193

¿Qué estatuto aduanero tienen las mercancías que se encuentran en territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. Siempre se consideran mercancías de la Unión.
  2. Se consideran mercancías de la Unión, salvo que se demuestre lo contrario.
  3. Siempre se consideran mercancías no pertenecientes a la Unión.
  4. Se consideran mercancías no pertenecientes a la Unión, salvo que se demuestre lo contrario.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 153

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64194

¿Se exige estar establecido en el territorio aduanero de la Unión Europea para poder presentar una declaración en aduana?

  1. En ningún caso.
  2. Siempre.
  3. Se exige, salvo excepciones.
  4. No se exige, salvo excepciones.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 170

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64195

Para comprobar la exactitud de una declaración en aduana, las autoridades aduaneras podrán:

  1. exigir otros documentos al declarante.
  2. examinar las mercancías.
  3. exigir información al consignatario del envío.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 188

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64196

En el ámbito de los procedimientos aduaneros, ¿en qué condiciones se puede conceder el levante de las mercancías incluidas en una misma declaración?

  1. Una sola vez para la totalidad de las mercancías.
  2. Hasta dos veces, fraccionando la carga en dos partes.
  3. Hasta tres veces, fraccionando la carga en tres partes.
  4. Una sola vez cuando se trate de mercancía no divisible y hasta tres veces en otro caso.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 194

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64197

¿Las autoridades aduaneras pueden disponer la destrucción de las mercancías?

  1. Sí, corriendo los costes de la destrucción a cargo del titular de las mercancías.
  2. Sí, corriendo los costes de la destrucción a cargo de la Administración aduanera.
  3. Sí, compensando los perjuicios al titular de las mercancías.
  4. No, salvo que obtengan permiso del titular de las mercancías.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 197

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64198

¿En qué régimen aduanero se incluyen las mercancías no pertenecientes a la Unión destinadas a ser introducidas en el mercado de la Unión Europea?

  1. En el régimen de importación.
  2. En el régimen de tránsito interno de la Unión.
  3. En el régimen de zona franca.
  4. En el régimen de despacho a libre práctica.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 201

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64199

¿Qué estatuto aduanero tienen las mercancías no pertenecientes a la Unión una vez que han sido despachadas a libre práctica?

  1. Adquieren el estatuto de mercancías de la Unión.
  2. Adquieren el estatuto de mercancías expedidas.
  3. Adquieren el estatuto de mercancías importadas.
  4. Mantienen el estatuto de mercancías no pertenecientes a la Unión.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 201

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64200

El transportista que acepte mercancías incluidas en el régimen de tránsito de la Unión, ¿es responsable de presentarlas en la aduana de destino?

  1. Sí.
  2. Sí, pero solo cuando las mercancías presenten riesgo elevado de fraude.
  3. No, esta responsabilidad solo incumbe al expedidor de las mercancías.
  4. No, esta responsabilidad solo incumbe al destinatario de las mercancías.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 233

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64201

¿A quién incumbe la obligación de presentar en la aduana de destino las mercancías incluidas en una operación de tránsito de la Unión?

  1. Al titular del régimen de tránsito.
  2. Al transportista que las acepte sabiendo que están incluidas en una operación de tránsito.
  3. Al destinatario que las acepte sabiendo que están incluidas en una operación de tránsito.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 233

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64202

La declaración previa a la salida de mercancías del territorio aduanero de la Unión se hace mediante una:

  1. declaración en aduana.
  2. declaración de reexportación.
  3. declaración sumaria de salida.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 263

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64203

¿Qué potestades tienen las autoridades aduaneras respecto de las mercancías que salen del territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. Pueden determinar la ruta que debe utilizarse.
  2. Pueden determinar el plazo de salida.
  3. Pueden determinar la ruta y el plazo, pero solo si concurren circunstancias excepcionales.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 267

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64204

¿En qué régimen aduanero se incluyen las mercancías de la Unión que van a salir del territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. En el régimen de importación.
  2. En el régimen de exportación.
  3. En el régimen de expedición extracomunitaria.
  4. En el régimen de despacho a libre práctica.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 269

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64205

¿Qué trámite aduanero hay que realizar con mercancías no pertenecientes a la Unión que van a salir del territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. Incluirlas en el régimen de exportación.
  2. Formular una declaración de reexportación.
  3. Ninguno, puesto que no son mercancías de la Unión.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 270

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64206

¿Quién está obligado a presentar la declaración sumaria de salida de mercancías del territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. El transportista.
  2. El importador.
  3. El consignatario.
  4. Ninguno de los anteriores.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 271

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64207

¿En cuántas modalidades se concede el estatuto de operador económico autorizado?

  1. En una sola.
  2. En dos.
  3. En tres.
  4. Esta figura no existe.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 38

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64208

¿Se pueden acumular en una misma persona las diferentes modalidades del estatuto de operador económico autorizado?

  1. Sí.
  2. No.
  3. Es una decisión que depende de cada Estado.
  4. Depende del volumen de operaciones que se realicen anualmente.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 38

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64209

En el ámbito de los procedimientos aduaneros, ¿qué se entiende por levante de las mercancías?

  1. Poner las mercancías a disposición de las autoridades aduaneras.
  2. Poner las mercancías a disposición de los fines del régimen aduanero en el que se han incluido.
  3. Descargar las mercancías del vehículo en el que han sido introducidas en el territorio aduanero de la Unión.
  4. Transbordar las mercancías en la frontera de un medio de transporte a otro.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64210

¿Cuánto tiempo se debe conservar la documentación relativa a procedimientos aduaneros con el fin de posibilitar los controles aduaneros?

  1. Un año.
  2. Tres años.
  3. Cinco años.
  4. Hasta que se venda o destruya la mercancía en cuestión.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 51

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64211

¿Cómo debe efectuarse el intercambio de información entre las autoridades aduaneras y los operadores económicos?

  1. Siempre mediante técnicas de tratamiento electrónico de datos.
  2. Mediante técnicas de tratamiento electrónico de datos, salvo que por el tipo de tráfico resulte justificado otro procedimiento.
  3. Mediante técnicas de tratamiento electrónico de datos, salvo que fallen los sistemas informáticos.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64212

¿Qué requisitos debe reunir quien actúe como fiador a efectos de prestar la garantía exigida en las operaciones de tránsito aduanero de la Unión?

  1. Ser una tercera persona, distinta del titular de la operación.
  2. Estar establecida en el territorio aduanero de la Unión.
  3. Obtener la aprobación de las autoridades aduaneras que exigen la garantía, en todo caso.
  4. Las respuestas A y B son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 94

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64213

¿Qué tipos de declaración en aduana se utilizan para incluir una mercancía en un régimen aduanero?

  1. Normal y simplificada.
  2. Ordinaria y extraordinaria.
  3. Común y específica.
  4. General y particular.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 158; Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 162; Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 166

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64215

¿Qué requisitos se exigen para autorizar la prestación de la garantía exigida en las operaciones de tránsito aduanero de la Unión mediante una garantía global?

  1. Ser una sociedad anónima o limitada.
  2. Estar establecida en el territorio aduanero de la Unión.
  3. Obtener la aprobación de las autoridades aduaneras que exigen la garantía, en todo caso.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 95; Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 39

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 64706

¿Hasta cuándo estarán bajo vigilancia aduanera las mercancías no pertenecientes a la Unión que son introducidas en el territorio aduanero de la Unión Europea?

  1. Hasta que se determine que no suponen un riesgo para la seguridad pública.
  2. Hasta que cambie su estatuto aduanero.
  3. Hasta que salgan del territorio aduanero de la Unión.
  4. Las respuestas B y C son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, Art. 134

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65504

¿Qué documentos es obligatorio llevar a bordo del vehículo?

  1. Permiso de matriculación.
  2. Póliza de seguro obligatorio.
  3. Tarjeta de inspección técnica.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: RDL 6/2015, Art. 59

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65505

¿Es obligatorio llevar la tarjeta de inspección técnica en el vehículo?

  1. Solo en los vehículos pesados.
  2. Solo en los vehículos ligeros.
  3. Solo en los vehículos con más de 10 años de antigüedad.
  4. Sí, siempre.

RESPUESTA: D

NORMA: RDL 6/2015, Art. 59

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65506

¿Es obligatorio llevar el permiso de circulación en el vehículo?

  1. Sí, siempre.
  2. Solo en los vehículos pesados.
  3. Solo en los vehículos ligeros.
  4. Solo en los vehículos con más de 10 años de antigüedad.

RESPUESTA: A

NORMA: RDL 6/2015, Art. 59

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65507

¿Debe llevar el conductor su permiso de conducción a bordo del vehículo?

  1. Solo en los vehículos pesados.
  2. Solo en los vehículos ligeros.
  3. Sí, siempre.
  4. Solo si tiene menos de 5 años de antigüedad.

RESPUESTA: C

NORMA: RDL 6/2015, Art. 59

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65508

Los conductores de vehículos de transporte de mercancías cuyo conductor deba poseer el CAP, ¿qué documentación personal deben llevar a bordo?

  1. Permiso de conducción y copia certificada del CAP.
  2. Permiso de conducción y tarjeta de cualificación profesional.
  3. Tarjeta de cualificación profesional y certificado CAP.
  4. Permiso de conducción y certificado profesional.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 284/2021, Art. 20

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65509

¿Qué conductores de vehículos de transporte de mercancías deben llevar a bordo su tarjeta de cualificación profesional?

  1. Únicamente los que realicen transporte público.
  2. Únicamente los que lleven a cabo transporte de mercancías peligrosas.
  3. Los que tengan que estar en posesión del certificado de aptitud profesional.
  4. Todos los que realicen un transporte público o privado.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 284/2021, Art. 20

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65510

¿Qué plazo de validez tiene el certificado de conductor de tercer país?

  1. 1 año.
  2. 2 años.
  3. 4 años.
  4. 5 años.

RESPUESTA: B

NORMA: OM FOM/3399/2002, Art. 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65511

¿Qué plazo de validez tiene el certificado de conductor de tercer país?

  1. Hasta que expire el plazo de validez del permiso de conducción si es inferior a 2 años.
  2. Hasta que expire el plazo de validez del permiso de conducción si es inferior a 5 años.
  3. Hasta que expire el plazo de validez del permiso de conducción sea cual sea su plazo.
  4. Siempre 5 años.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/3399/2002, Art. 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65512

¿Qué ocurre con el certificado de conductor de tercer país cuando este cambia de empresa?

  1. Nada, acompaña al conductor a la nueva empresa.
  2. Pierde validez y el conductor debe devolverlo a la Administración.
  3. La empresa debe devolverlo inmediatamente a la Administración.
  4. El conductor debe solicitar el cambio de empresa en el mismo certificado.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/3399/2002, Art. 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65513

Si una empresa de transporte utiliza un conductor que requiere certificado de conductor de tercer país sin que este sea titular de uno, ¿comete una infracción?

  1. No, la infracción la comete el conductor.
  2. Sí, comete una infracción.
  3. No, no existe infracción alguna.
  4. Sí, existe una infracción de la que son responsables solidarios la empresa y el conductor.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 16/1987, Art. 141

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65514

En el caso del transporte privado complementario de mercancías, ¿qué documentación es necesario llevar a bordo del vehículo en relación con el transporte?

  1. Ninguna en especial.
  2. La que acredite qué mercancías, vehículo y conductor tienen relación con la empresa.
  3. La justificativa de la contratación del servicio en el que está incluido el transporte.
  4. Únicamente la factura de venta de las mercancías.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 16/1987, Art. 103

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65515

En el caso del transporte privado complementario de mercancías, ¿qué documentación es necesario llevar a bordo del vehículo en relación con el transporte?

  1. La que acredite que las mercancías pertenecen o han sido vendidas por la empresa.
  2. La que acredite que el vehículo se encuentra integrado en la organización de la empresa.
  3. La que acredite que el conductor se encuentra integrado en la organización de la empresa.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 16/1987, Art. 103

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65516

De los siguientes, ¿qué documento debería llevarse a bordo en el caso de un transporte privado complementario de mercancías?

  1. Factura de compra de las mercancías.
  2. CIF de la empresa.
  3. Documento administrativo de control.
  4. Carta de porte.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 16/1987, Art. 103

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65517

De los siguientes, ¿qué documento debería llevarse a bordo en el caso de un transporte privado complementario de mercancías?

  1. CIF de la empresa.
  2. Documento administrativo de control.
  3. Acreditación de que el conductor trabaja para le empresa propietaria del vehículo.
  4. La justificativa de la contratación del servicio en el que está incluido el transporte.

RESPUESTA: C

NORMA: Ley 16/1987, Art. 103

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65518

¿En qué casos es obligatorio llevar a bordo del vehículo el documento de control administrativo?

  1. En todos los transportes de mercancías efectuados con vehículos pesados.
  2. En los todos transportes públicos de mercancías.
  3. En todos los transportes de mercancías de ámbito nacional.
  4. En los transportes de mercancías contratados por consumidores.

RESPUESTA: B

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65519

¿Qué debe hacer el conductor respecto del documento de control administrativo de transporte de mercancías?

  1. Debe firmar la recepción de las mercancías.
  2. Debe firmar la recepción del documento.
  3. Debe hacer constar sus datos en el apartado correspondiente.
  4. Nada.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65520

De los siguientes transportes, ¿en cuál es necesario llevar a bordo el documento de control administrativo de transporte?

  1. Un transporte de animales de largo recorrido.
  2. Un transporte de mercancías peligrosas en vehículo de menos de 3.500 kg.
  3. Un transporte de leche en cisterna.
  4. Todos necesitan documento de control.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65521

De los siguientes transportes, ¿en cuál no es necesario llevar a bordo el documento de control administrativo de transporte?

  1. Un transporte de leche en cisterna.
  2. Una mudanza.
  3. Un transporte de obras de arte.
  4. Todos necesitan documento de control.

RESPUESTA: B

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65522

¿Durante cuánto tiempo debe conservarse el documento de control administrativo de transporte?

  1. 1 año.
  2. 2 años.
  3. 3 años.
  4. 4 años.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 9

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65523

¿Cuántos ejemplares deben emitirse del documento de control administrativo de transporte?

  1. Uno, el que se entrega al conductor para ir en vehículo.
  2. Dos, para el transportista, uno de los cuales acompaña a la mercancía en el vehículo.
  3. Dos, uno para el cargador y otro para el transportista efectivo.
  4. Tres, uno para el cargador, uno para el transportista y uno para el consignatario.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65524

Del documento de control administrativo del transporte se emiten dos ejemplares cuyos destinatarios son…

  1. el conductor y el consignatario.
  2. el cargador y el transportista.
  3. el transportista y la inspección.
  4. el cargador y el consignatario.

RESPUESTA: B

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65525

En el documento de control administrativo de transporte, si el transporte lo lleva a cabo un conjunto articulado, ¿qué matrícula debe hacerse constar?

  1. Las del tractor y semirremolque.
  2. La del tractor.
  3. La del semirremolque.
  4. Cualquiera de las dos indistintamente.

RESPUESTA: A

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65526

En el documento de control administrativo, si el transporte lo lleva a cabo un conjunto articulado, ¿qué matrícula debe hacerse constar?

  1. Las del tractor y semirremolque que aparezcan reflejados en el contrato de transporte.
  2. Sólo la del tractor con el que se inicia el transporte.
  3. Si durante el transporte se produce un cambio de vehículo, se debe hacer constar.
  4. Sólo si se produce un cambio de vehículo tractor durante el transporte, se debe hacer constar.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65527

¿Qué dato debe aparecer en el documento de control administrativo de transporte?

  1. Identificación del conductor.
  2. Identificación del consignatario.
  3. Identificación de autorización especial de circulación.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65528

¿Qué dato no debe aparecer en el documento de control administrativo de transporte?

  1. Matrícula del semirremolque.
  2. Identificación de autorización especial de circulación.
  3. Identificación del consignatario.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65529

Durante un transporte de mercancías peligrosas, ¿qué documento debe llevarse a bordo?

  1. Un documento de identificación con fotografía por cada miembro de la tripulación.
  2. Certificado de aprobación para cada unidad de transporte cuando lo prevea el ADR
  3. Carta de porte relativa a todas las mercancías peligrosas transportadas.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Acuerdo ADR 2021, 8.1.2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65530

La carta de porte, ¿es un documento obligatorio que debe llevarse a bordo del vehículo durante un transporte de mercancías peligrosas?

  1. No, aunque es obligatoria su confección.
  2. Solo en el caso de transporte de mercancías de la clase 1 o 7.
  3. Solo en el caso de transportes internacionales.
  4. Sí, debe llevarse a bordo durante el transporte.

RESPUESTA: D

NORMA: Acuerdo ADR 2021, 8.1.2

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65531

Un documento de identificación con fotografía por cada miembro de la tripulación, ¿es un documento obligatorio que debe llevarse a bordo del vehículo durante un transporte de mercancías peligrosas?

  1. Solo en el caso de transporte de mercancías de la clase 1 o 7.
  2. Solo en el caso de transportes internacionales.
  3. Sí, debe llevarse a bordo durante el transporte.
  4. No, aunque es obligatoria su confección.

RESPUESTA: C

NORMA: Acuerdo ADR 2023, 1.10.1.4.

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65532

¿Qué documento debe ir a bordo del vehículo durante un transporte de animales vivos?

  1. Copia de la autorización del transportista.
  2. Documentación sanitaria de traslado de los animales.
  3. Documentación sobre la identificación de los animales.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65533

¿Qué documento debe ir a bordo del vehículo durante un transporte de animales vivos?

  1. Documentación que acredite, entre otros datos, origen y destino de los animales.
  2. Plan de cuidados y alimentación.
  3. Programa de paradas para hidratación, en el caso de ganado bovino.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65534

¿Qué documento debe ir a bordo del vehículo durante un transporte de animales vivos de 12 horas de duración?

  1. Hoja de ruta con indicación de pausas.
  2. Plan de cuidados y alimentación.
  3. Autorización del medio de transporte.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65535

Los vehículos que realizan un transporte de animales vivos, ¿deben llevar a bordo la autorización del transportista para esa actividad?

  1. Solo en el caso de transporte de equinos.
  2. Solo cuando el transporte vaya a durar más de 12 horas.
  3. Solo para el caso del transporte de animales enfermos.
  4. Todas las respuestas son incorrectas.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65536

¿Deben llevar a bordo la autorización del transportista para transporte de animales vivos los vehículos que realicen esta actividad?

  1. Sí, en todos los casos.
  2. Solo para utilizar vehículos de más de 12 tn de MMA.
  3. Solo para transportes internacionales.
  4. Sí, en el caso de transportes de más de 6 horas de duración.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65537

Los vehículos que realizan un transporte de animales vivos, ¿deben llevar a bordo la autorización del medio de transporte para esa actividad?

  1. Sí, los utilizados en el transporte de équidos o de animales de las especies bovina, ovina, caprina o porcina.
  2. Solo en el caso de transporte de duración superior a 12 horas.
  3. Solo para el caso del transporte de animales enfermos.
  4. Solo en el caso de los transportes internacionales con origen o destino en terceros países.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65538

¿Deben llevar a bordo la autorización del medio de transporte para transporte de animales vivos los vehículos que realicen esta actividad?

  1. Sí, en todos los casos de transporte de équidos o de animales de las especies bovina, ovina, caprina o porcina.
  2. Solo en los transportes internacionales.
  3. Sí, en el caso de transportes de más de 12 horas de duración.
  4. Solo para el caso del transporte de animales enfermos.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65539

¿De qué tipos puede ser la autorización del medio de transporte para transporte de animales?

  1. Para viajes de hasta 8 horas de duración.
  2. Para viajes de más de 8 horas de duración.
  3. Para viajes de hasta 12 horas de duración.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 990/2022, art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65540

¿De qué tipos puede ser la autorización del medio de transporte para transporte de animales?

  1. Para animales domésticos o de granja.
  2. Para transporte nacional o internacional.
  3. Para viajes de hasta 8 o 12 horas de duración.
  4. Para transporte de animales grandes o transporte en jaulas.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 990/2022, art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65541

En un transporte de animales vivos, en los casos en que sea exigible, debe ir a bordo…

  1. el plan de cuidados y alimentación durante el transporte.
  2. el cuaderno de a bordo debidamente cumplimentado.
  3. el programa de paradas de hidratación.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65542

En un transporte de animales vivos, en los casos que sea exigible, debe ir a bordo…

  1. el justificante de inspección sanitaria del habitáculo de carga.
  2. la documentación sobre identificación de los animales.
  3. el plan de ruta con indicación de las pausas para alimentación.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65543

En un transporte de animales vivos, en los casos en los que sea exigible, debe ir a bordo…

  1. la certificación veterinaria del habitáculo de carga.
  2. la documentación sanitaria de traslado de los animales.
  3. el plan de cuidados y alimentación durante el transporte.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65544

En un transporte de animales vivos, en los casos en que sea exigible, debe ir a bordo…

  1. el plan de ruta con indicación de las pausas para alimentación.
  2. el documento de movimiento de ganado.
  3. el programa de pausas para hidratación.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65545

¿De qué tipos puede ser la autorización del transportista para llevar a cabo un transporte de animales?

  1. Para viajes de hasta 8 horas de duración y para todo tipo de viajes.
  2. Para transporte nacional o internacional.
  3. Para transporte de animales de granja o de todo tipo de animales.
  4. Para transporte por cuenta ajena o por cuenta propia.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 990/2022, art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65546

¿Porqué causas puede ordenar la Administración la prohibición total o parcial de acceso a partes de una vía?

  1. Por razones de urgencia y oportunidad.
  2. Por causas económicas o sociales.
  3. Por razones de seguridad o fluidez de la circulación.
  4. La prohibición total solo puede motivarla por razones de urgencia y seguridad.

RESPUESTA: C

NORMA: RDL 6/2015, Art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65547

¿Porqué causas puede la Administración ordenar otro sentido de circulación en una vía?

  1. Por causas económicas o sociales.
  2. Por motivos medioambientales.
  3. Por razones de urgencia y oportunidad.
  4. Puede realizarlo en cualquier momento sin necesidad de motivación alguna.

RESPUESTA: B

NORMA: RDL 6/2015, Art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65548

¿Puede la Administración establecer la prohibición total de acceso a partes de una vía para determinados vehículos?

  1. No.
  2. Solo por razones de seguridad.
  3. Sí, por motivos medioambientales.
  4. Sí, solo por causas sanitarias o sociales.

RESPUESTA: C

NORMA: RDL 6/2015, Art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65549

¿Puede la Administración establecer la utilización de arcenes para la circulación?

  1. No, los arcenes no son un espacio para circular.
  2. Solo en el caso de arcenes de autopistas o autovías.
  3. Sí, por razones de urgencia y oportunidad.
  4. Sí, por razones de seguridad o fluidez de la circulación.

RESPUESTA: D

NORMA: RDL 6/2015, Art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65550

¿Puede la Administración establecer el uso de carriles en sentido opuesto al normalmente previsto?

  1. No.
  2. Solo por razones de urgencia.
  3. Sí, por motivos medioambientales.
  4. Sí, solo por causas sanitarias o sociales.

RESPUESTA: C

NORMA: RDL 6/2015, Art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65551

Entre las medidas especiales de circulación establecidas por la DGT de forma habitual se encuentra…

  1. restricciones a la circulación de autobuses articulados.
  2. restricciones a la circulación de vehículos de más de 20 tn de MMA.
  3. restricciones a la circulación de conjuntos de más de 12 tn de MMC.
  4. restricciones a la circulación de vehículos de más de 7,5 tn de MMA.

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65552

Entre las medidas especiales de circulación establecidas por la DGT de forma habitual se encuentra…

  1. Restricciones a la circulación de vehículos de más de 7,5 Tn de MMA.
  2. Restricciones a la circulación de vehículos que transporten animales vivos.
  3. Restricciones a la circulación de autobuses articulados.
  4. Restricciones a la circulación de autobuses de dos pisos.

RESPUESTA: A

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65553

¿Qué vehículos suelen estar exentos de las restricciones que suele establecer la DGT para los que te tengan más de 7.000 kg de MMA?

  1. Los que transporten animales vivos.
  2. Los que transporten mercancías peligrosas en general.
  3. Las mudanzas.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65554

¿Qué vehículos suelen estar exentos de las restricciones que suele establecer la DGT para los que te tengan más de 7.500 kg de MMA?

  1. Los vehículos de Correos.
  2. Las grúas de servicio de auxilio en carretera.
  3. Los que transporten animales vivos.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65555

En determinados tramos en los que existe una elevada siniestralidad, la DGT...

  1. restringe la circulación de determinados conjuntos de vehículos de transporte de mercancías.
  2. prohíbe la circulación de vehículos de transporte público de viajeros.
  3. prohíbe la circulación de vehículos que transporten animales vivos.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65556

Los vehículos que transporten mercancías peligrosas deben circular…

  1. solo por vías de baja ocupación.
  2. solo por autopistas y autovías.
  3. por itinerarios incluidos en la RIMP.
  4. por el itinerario más corto entre origen y destino de transporte.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 97/2014, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65557

En los desplazamientos para distribución y reparto de la mercancía peligrosa a sus destinatarios finales o consumidores …

  1. el transportista puede elegir libremente el itinerario a seguir ya que no existe restricción alguna.
  2. el itinerario a seguir lo debe marcar el cargador de acuerdo con las reglas marcadas cada año por la DGT.
  3. se debe recorrer la mínima distancia posible a lo largo de carreteras convencionales.
  4. se debe recorrer la mínima distancia posible a lo largo de autovías.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 97/2014, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65558

En los desplazamientos para distribución y reparto de la mercancía peligrosa a sus destinatarios finales o consumidores…

  1. se debe recorrer la mínima distancia posible a lo largo de carreteras convencionales.
  2. se debe recorrer la mínima distancia posible a lo largo de autovías.
  3. se debe recorrer la mínima distancia posible a lo largo de autopistas.
  4. no existe ninguna referencia normativa al respecto.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 97/2014, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65559

En el transporte de mercancías peligrosas ….

  1. está prohibido entrar en los núcleos urbanos.
  2. está prohibido entrar en los núcleos urbanos si se transportan mercancías de las clases 1 y 7.
  3. solo puede entrarse en núcleos urbanos para realizar operaciones de carga y descarga.
  4. solo puede entrarse en núcleos urbanos para realizar operaciones descarga.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 97/2014, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65560

Los vehículos que realicen transporte de mercancías peligrosas deben entrar en los núcleos urbanos ….

  1. solo en caso de fuerza mayor.
  2. solo para la descarga de mercancías de las clases 2 y 3.
  3. por el acceso más próximo al punto de entrega.
  4. Nunca, estos vehículos tienen prohibido el acceso a los núcleos urbanos.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 97/2014, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65561

En el transporte de mercancías peligrosas, si deben utilizarse circunvalaciones a las poblaciones, ¿cuál debe utilizarse?

  1. La que suponga un menor recorrido.
  2. La más exterior.
  3. La que tenga menor intensidad de tráfico.
  4. La que tenga menor siniestralidad.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 97/2014, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65562

En el transporte de mercancías peligrosas, si deben utilizarse vías no incluidas en la RIMP, ¿qué debe hacerse?

  1. Solicitar una autorización especial al órgano competente en Transportes en la zona afectada.
  2. Solicitar una autorización especial a la Jefatura de Tráfico competente en la zona afectada.
  3. Comunicarlo al Centro de Gestión de Tráfico de la zona afectada.
  4. Comunicarlo a la Comandancia de la Guardia Civil de Tráfico de la zona afectada.

RESPUESTA: C

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65563

¿Con qué antelación debe comunicarse al Centro de Gestión de Tráfico de la zona afectada la circulación de un transporte de mercancías peligrosas por una vía no incluida en la RIMP?

  1. Con 48 horas.
  2. Con 24 horas.
  3. Con 12 horas.
  4. Esa comunicación no es necesaria.

RESPUESTA: B

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65564

¿En que casos puede abandonar la RIMP un vehículo que efectúa un transporte de mercancías peligrosas?

  1. Para la realización de operaciones de reparación del vehículo.
  2. En desplazamientos cuyo destino u origen sea la residencia habitual del conductor.
  3. Para efectuar los descansos diario o semanal.
  4. Todas las respuestas son correctas

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65565

¿Qué transportes de mercancías peligrosas están exentos de la utilización obligatoria de la RIMP?

  1. Los gases licuados de uso doméstico para reparto a los consumidores.
  2. Las mercancías de la clase 9 con destino a punto de gestión de residuos.
  3. Los residuos de mercancías peligrosas en general.
  4. Todos lo transportes de mercancías peligrosas deben utilizar obligatoriamente la RIMP.

RESPUESTA: A

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65566

¿Qué transportes de mercancías peligrosas están exentos de la utilización obligatoria de la RIMP?

  1. Los gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios.
  2. Los combustibles con destino a puertos y aeropuertos.
  3. La materias destinadas al aprovisionamiento de estaciones de servicio.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65567

¿Qué transportes de mercancías peligrosas están exentos de la utilización obligatoria de la RIMP?

  1. Los residuos de mercancías peligrosas en general.
  2. Las mercancías de la clase 9 con destino a punto de gestión de residuos.
  3. Los combustibles con destino a puertos y aeropuertos
  4. Todos lo transportes de mercancías peligrosas deben utilizar obligatoriamente la RIMP.

RESPUESTA: C

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65568

¿Qué transportes de mercancías peligrosas pueden circular fuera de la RIMP si cuentan con una autorización especial?

  1. Los de productos con origen en centros sanitarios.
  2. Los productos con destino en edificios vinculados a la seguridad nacional.
  3. Los residuos de mercancías peligrosas en general.
  4. Los productos con origen o destino en centros oficiales.

RESPUESTA: A

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65569

¿Qué transportes de mercancías peligrosas pueden circular fuera de la RIMP si cuentan con una autorización especial?

  1. Los productos con origen o destino en centros oficiales.
  2. Los productos con origen en centros de cargas con certificado ADR.
  3. Los de pirotécnica.
  4. Todos menos los de las clases 1, 5 y 7.

RESPUESTA: C

NORMA: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

REFERENCIA DOCTRINAL: Resolución de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de

COD: 65570

¿Qué entienden por carga indivisible las normas de circulación?

  1. La que es objeto de un único contrato de transporte.
  2. La que debe ser transportada en un único envío por motivos económicos.
  3. La que no puede dividirse sin coste o riesgo de daños.
  4. Todas las respuestas son correctas

RESPUESTA: C

NORMA: RD 2822/1998, Art. 14

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65571

¿Qué entienden por carga indivisible las normas de circulación?

  1. La que las partes del contrato de transporte han definido como tal.
  2. La que no puede ser transportada por un vehículo que se ajuste a las masas y dimensiones máximas autorizadas.
  3. Las que cataloga como tales la DGT en la Resolución correspondiente.
  4. Todas las respuestas son correctas

RESPUESTA: B

NORMA: RD 2822/1998, Art. 14

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65572

¿En qué condiciones pueden circular los vehículos que transporten una carga indivisible que supera la Masa máxima permitida?

  1. Con una autorización especial concedida por el órgano competente en materia de Tráfico.
  2. Con una autorización especial concedida por el órgano competente en materia de Transportes.
  3. Con una autorización especial concedida por el órgano competente en materia de Carreteras.
  4. Con una autorización especial concedida por la Subdelegación del Gobierno competente.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 2822/1998, Art. 14

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65573

¿Qué deben hacer los vehículos que transporten una carga indivisible que supera la Masa Máxima Autorizada cuando la visibilidad sea inferior a 150 m por delante o detrás?

  1. Solicitar acompañamiento de agentes de la Guardia Civil.
  2. Colocar un vehículo de acompañamiento por delante.
  3. Colocar señales luminosas suplementarias en el vehículo.
  4. Suspender la circulación saliendo de la plataforma de la vía.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 2822/1998, Anexo III

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65574

¿Qué deben hacer los vehículos que transporten una carga indivisible que supera la Masa Máxima Autorizada en caso de fenómenos atmosféricos adversos que supongan un riesgo para la circulación¿?

  1. Colocar señales luminosas suplementarias en el vehículo.
  2. Suspender la circulación saliendo de la plataforma de la vía.
  3. Colocar un vehículo de acompañamiento por delante.
  4. Avisar a la Jefatura de Tráfico competente.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 2822/1998, Anexo III

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65575

¿Qué medida se debe tomar cuando la carga transportada supere los cinco metros de ancho?

  1. Solo se podrá circular por autovías o autopistas.
  2. Deben acompañar al transporte agentes encargados de la vigilancia del tráfico
  3. Debe acompañar al transporte un vehículo con señales luminosas.
  4. Deben señalizarse convenientemente los perfiles de la carga.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 2822/1998, Anexo III

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65576

En España, la normativa vigente establece que el importe de los peajes debe basarse en…

  1. la minoración de los costes externos del Tráfico.
  2. la mejora de la seguridad en las infraestructuras.
  3. el principio de recuperación de costes.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 286/2014, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65577

¿Cuál debe ser la base para la imposición de peajes en España?

  1. La mejora de las infraestructuras.
  2. La recuperación de costes.
  3. La consecución de beneficios sociales.
  4. La reducción de la siniestralidad.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 286/2014, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65578

¿Con qué tiene que tener relación la estructura del importe de los peajes?

  1. Con los costes de explotación de la infraestructura.
  2. Con los costes de mantenimiento de la infraestructura.
  3. Con los costes de construcción de la infraestructura.
  4. Todas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 286/2014, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65579

¿Con qué tiene que tener relación la estructura del importe de los peajes?

  1. Con la previsión de desgaste de la infraestructura.
  2. Con los costes de explotación de la infraestructura.
  3. Con los ingresos por vehículo/km destinados a objetivos sociales.
  4. Con las previsiones de inversión en nuevas infraestructuras.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 286/2014, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65580

La estructura del importe de los peajes puede incluir…

  1. un porcentaje destinado a inversiones en nuevas infraestructuras.
  2. un porcentaje destinado a implantación de nuevas tecnologías en los vehículos.
  3. un margen de beneficio basado en las condiciones de mercado.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 286/2014, Art. 4

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65581

Según la normativa vigente, la metodología de cálculo de un peaje, ¿qué debe tener en consideración?

  1. Los costes del tramo de la red por la que se percibe el peaje.
  2. Los costes destinados a inversiones en otros tramos de red.
  3. El total de kilómetros de la red, incluidos lo no afectados por el peaje.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 286/2014, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65582

Según la normativa vigente, la metodología de cálculo de un peaje, ¿qué debe tener en consideración?

  1. Los costes destinados a inversiones en otros tramos de red.
  2. El total de kilómetros de la red, incluidos los no afectados por el peaje.
  3. Los vehículos sujetos al pago del peaje.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 286/2014, Art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65583

¿En base a qué se deben modular los peajes sobre vehículos pesados?

  1. A la MMA de los vehículos.
  2. A la categoría EURO de emisión.
  3. A la potencia del motor de los vehículos.
  4. Al número de ejes de los vehículos.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 286/2014, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65584

¿En base a qué se deben modular los peajes sobre vehículos pesados?

  1. A la categoría EURO de emisión.
  2. A la antigüedad de los vehículos.
  3. A las mercancías transportadas.
  4. Al número de kilómetros recorridos en el tramo sujeto a peaje.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 286/2014, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65585

Puede haber excepciones a la modulación de los peajes sobre vehículos pesados si…

  1. afecta a la coherencia del sistema de peajes.
  2. no es viable en la práctica.
  3. puede dar lugar a una desviación de los vehículos más contaminantes.
  4. Todas las respuestas son correctas.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 286/2014, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65586

¿Permite la normativa vigente establecer recargos en los peajes?

  1. Sí, en autopistas que discurran por zonas de montaña y sufran problemas de congestión.
  2. Sí, en aquellas autopistas que el Estado considera conveniente.
  3. No, solo en caso de urgente necesidad.
  4. No, en ningún caso.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 286/2014, Art. 9

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65587

La normativa establece que el recargo en los peajes no puede superar el …

  1. 0,05
  2. 0,07
  3. 0,1
  4. 0,15

RESPUESTA: D

NORMA: RD 286/2014, Art. 9

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 65588

¿Puede exigirse a los vehículos pesados el pago simultáneo de peajes y otras tasas por la utilización de un mismo tramo de carretera?

  1. Sí.
  2. Sí, pero solo en aquellos con una antigüedad superior a los 18 años.
  3. No.
  4. No, salvo que se superen unos determinados límites de congestión viaria.

RESPUESTA: C

NORMA: RD 286/2014, Art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 66941

En un transporte en régimen TIR las autoridades aduaneras pueden limitar el número de aduanas de salida, ¿a qué número como máximo?

  1. A cinco.
  2. A seis.
  3. A siete.
  4. A ocho.

RESPUESTA: B

NORMA: Convenio TIR, art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 66942

En un transporte en régimen TIR las autoridades aduaneras pueden limitar el número de aduanas de salida, ¿a qué número como mínimo?

  1. A una.
  2. A dos.
  3. A tres.
  4. A cuatro.

RESPUESTA: C

NORMA: Convenio TIR, art. 18

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 66978

La ampliación del número de vehículos adscritos a la autorización de transporte de una empresa ya autorizada para transporte público de mercancías, ¿debe ser autorizada por la Administración?

  1. No, nunca.
  2. Sólo cuando la autorización sea MDPE.
  3. Sólo cuando la autorización sea MDLE.
  4. Sí, siempre

RESPUESTA: D

NORMA: RD 1211/1990, art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 66979

La ampliación del número de vehículos adscritos a la autorización de transporte de una empresa ya autorizada para transporte público de viajeros, ¿debe ser autorizada por la Administración?

  1. No, nunca.
  2. Sólo cuando la empresa gestione servicios regulares de uso general.
  3. Sólo cuando la empresa gestione servicios regulares internacionales.
  4. Si, siempre.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 1211/1990, art. 44

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 66980

Los vehículos que realizan un transporte de aves, ¿deben llevar a bordo la autorización del medio de transporte para esa actividad?

  1. No.
  2. Solo en el caso del transporte que incluya animales enfermos.
  3. Solo en el caso de transportes internacionales.
  4. Solo en el caso de transportes de más de 6 horas de duración.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 990/2022, art. 10

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 66981

Desde que un vehículo que realiza un transporte de mercancías por carretera llega a destino, ¿en qué plazo se debe efectuar su descarga?

  1. En cuatro horas.
  2. En tres horas.
  3. En dos horas.
  4. En una hora.

RESPUESTA: D

NORMA: Ley 15/2009, art. 22

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 66982

¿Cuál es el plazo para efectuar la carga de un vehículo que va a efectuar un transporte de mercancías por carretera?

  1. No hay plazo.
  2. Una hora.
  3. Dos horas.
  4. Cuatro horas.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 15/2009, art. 22

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 66984

¿Qué es el visado de una autorización de transporte?

  1. El diligenciado que realiza la Administración para permitir su utilización en determinadas categorías de transporte.
  2. La comprobación periódica que realiza la Administración del mantenimiento, por parte del transportista, de los requisitos para ser titular de la autorización de transporte.
  3. Constatación de su vigencia por parte de la Inspección de Transportes.
  4. Certificación de su existencia y vigencia por parte de la Administración a efectos de acceso a ayudas económicas públicas.

RESPUESTA: B

NORMA: Ley 16/1987, art. 51

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90046

¿Qué transporte permite realizar una autorización CEMT ?

  1. Transporte entre estados miembros de la CEMT.
  2. Transporte entre estados miembros de la CEMT y países terceros.
  3. Transporte de cabotaje en estados miembros.
  4. Ninguna es correcta.

RESPUESTA: A

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 90047

¿Qué transporte de cabotaje permite la autorización CEMT?

  1. Únicamente una expedición en el estado de destino.
  2. Aquellos que se realicen dentro del Estado de destino en el plazo de una semana desde la entrada con carga.
  3. Únicamente tres expediciones en el estado de destino en el plazo de una semana.
  4. Ninguno.

RESPUESTA: D

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 90048

¿Cómo se denomina a las autorizaciones CEMT con una validez de 30 días?

  1. Temporales.
  2. De corta duración.
  3. Mensuales.
  4. Provisionales.

RESPUESTA: B

NORMA: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

REFERENCIA DOCTRINAL: Guía CEMT de utilización del contingente multilateral

COD: 90130

¿Cómo se denomina al acuerdo entre dos países para regular las condiciones de transporte entre ambos?

  1. De cabotaje.
  2. Multilateral.
  3. Bilateral.
  4. Convenio paritario.

RESPUESTA: C

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 90131

¿Cómo se denomina al acuerdo entre más de dos países para regular las condiciones de transporte entre ellos?

  1. Convenio paritario.
  2. Interterritorial.
  3. Jurisdiccional.
  4. Multilateral.

RESPUESTA: D

NORMA: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

REFERENCIA DOCTRINAL: Observatorio del transporte de mercancías por carretera. Ministerio de Fomento

COD: 90138

La factura de la compra de las mercancías es un documento que debe llevarse a bordo del vehículo en el caso de…

  1. un transporte privado complementario.
  2. un transporte público.
  3. un transporte mixto.
  4. Debe llevarse siempre a bordo en todo tipo de transporte de mercancías.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 16/1987, art. 103

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90139

La acreditación de que el conductor trabaja para le empresa propietaria del vehículo, es un documento que debe llevarse a bordo en el caso de…

  1. un transporte privado complementario.
  2. un transporte público.
  3. un transporte mixto.
  4. Debe llevarse siempre a bordo en todo tipo de transporte de mercancías.

RESPUESTA: A

NORMA: Ley 16/1987, art. 103

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90140

¿En qué transporte de mercancías no es obligatorio llevar a bordo del vehículo el documento de control administrativo?

  1. En un transporte de mercancías perecederas.
  2. En un transporte de mudanza.
  3. En un transporte de material sanitario.
  4. En un transporte intermodal.

RESPUESTA: B

NORMA: OM FOM/2861/2012, art. 1

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90141

En relación con el documento de control administrativo de transporte de mercancías, ¿qué datos debe introducir el conductor?

  1. La matrícula del vehículo o los vehículos utilizados en el transporte.
  2. Los datos de su tarjeta de cualificación profesional.
  3. Debe firmar la recepción del documento.
  4. Ninguno.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 3

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90142

¿Quiénes son los destinararios del documento de control administrativo del transporte de mercancías?

  1. El cargador y el destinatario contractuales.
  2. El cargador y el porteador contractuales.
  3. El porteador contractual y el transportista efectivo.
  4. El cargador contractual y el transportista efectivo.

RESPUESTA: D

NORMA: OM FOM/2861/2012, Art. 8

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90143

Si el transporte lo lleva a cabo un conjunto articulado, ¿qué matrícula debe hacerse constar en el documento de control administrativo del transporte?

  1. Ninguna.
  2. Las del vehículo tractor y el semirremolque.
  3. Únicamente la del vehículo tractor.
  4. Cualquiera de las dos indistintamente.

RESPUESTA: B

NORMA: OM FOM/2861/2012, art. 6

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90144

En el ámbito de la Unión Europea, ¿cuándo se presenta la declaración de sumaria de entrada?

  1. En el momento de la salida de las mercancías desde un país tercero hacia la Unión Europea.
  2. En el momento de la salida de las mercancías desde un Estado de la Unión Europea a otro.
  3. En el momento de la introducción de las mercancías en el territorio aduanero de la Unión Europea.
  4. Cada vez que las mercancías procedentes de un país tercero se trasladen de un estado a otro dentro de la Unión Europea.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 127

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90145

¿Qué hay que presentar, y en qué momento, en relación con unas mercancías que se introducen en territorio de la Unión Europea?

  1. Una declaración de importación. Se presenta en las 24 horas siguientes a la entrada de las mercancías en la Unión Europea.
  2. Una relación visada de mercancías. Se presenta en el mismo momento de la entrada de las mercancías en territorio de la Unión.
  3. Una declaración sumaria de entrada. Se presenta antes de la entrada de las mercancías en la Unión.
  4. Un certificado de importación. Se puede presentar hasta 48 horas después de la entrada de las mercancías en territorio de la Unión.

RESPUESTA: C

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 127

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90146

Cuándo vaya a introducir mercancías, procedentes de un estado tercero, en el territorio de la Unión Europea, ¿qué debe presentar el transportista?

  1. Una declaración sumaria de entrada.
  2. Una relación, debidamente diligenciada, de las mercancías.
  3. Un certificado de importación.
  4. Una declaración jurada de importación.

RESPUESTA: A

NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 952/2013, art. 127

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90151

¿Por dónde establece la normativa que deben circular los vehículos que transporten mercancías peligrosas?

  1. Por los itinerarios previamente autorizados en función del vehículo y de la mercancías transportada.
  2. Por el itinerario reflejado en la carta de porte.
  3. Por las vías que cumplan los niveles de seguridad acordes con las mercancías transportadas.
  4. Por itinerarios incluidos en la RIMP.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 97/2014, art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales

COD: 90152

¿En qué caso de los siguientes puede, un vehículo que transporta mercancías peligrosas, entrar en un núcleo urbano?

  1. Si su MMA es inferior a 7,5 toneladas.
  2. Si transporta mercancias poco peligrosas de las clases 2 o 3.
  3. Cuando sea necesario para acceder a un aparcamiento vigilado y debidamente acondicionado.
  4. Cuando vaya a realizar una operación de descarga.

RESPUESTA: D

NORMA: RD 97/2014, art. 5

REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales