Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Información general

Actualmente, tienen derecho a recibir una subvención del Ministerio en el billete de transporte marítimo regular de pasajeros, en forma de descuento en el precio final, los ciudadanos que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Los que tengan la condición de residentes de cualquiera de las comunidades autónomas de Canarias, las Illes Baleares o de las ciudades de Ceuta o Melilla, que sean de nacionalidad española o de los Estados miembros de la Unión Europea o de los demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, sus familiares nacionales de terceros países beneficiarios del derecho de residencia o del derecho de residencia permanente y los ciudadanos nacionales de terceros países residentes de larga duración.

    El porcentaje de bonificación aplicable para los trayectos directos, ya sean de ida como de ida y vuelta, entre las comunidades autónomas de Canarias, las Illes Baleares o de las ciudades de Ceuta o Melilla, respectivamente, y el resto del territorio nacional, así como en los viajes interinsulares es del 75% de la tarifa bonificable.

  • Los que tengan la condición de miembros de familia numerosa acreditada mediante el título oficial expedido por las Comunidades Autónomas.

    El porcentaje de bonificación aplicable es del 20% de la tarifa bonificable si es miembro de familia numerosa de tipo general, y del 50% si es miembro de familia numerosa especial.

Las anteriores subvenciones concedidas por el Ministerio y las otorgadas al transporte marítimo regular de pasajeros por las Comunidades Autónomas y otras Administraciones Públicas son compatibles y acumulables entre sí.