Seguridad marítima y contaminación
La Subdirección General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima ejerce las siguientes funciones relativas a seguridad marítima y contaminación:
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Las relacionadas con la seguridad de la vida humana en el mar y de la navegación.
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Salvamento de la vida humana y limpieza de aguas marítimas y lucha contra la contaminación en los términos del plan nacional de servicios especiales de salvamento de la vida humana en el mar y de la lucha contra la contaminación del medio marino.
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Control de la situación, registro y abanderamiento de buques civiles, así como la regulación de su despacho, auxilio, salvamento, remolque, hallazgos y extracciones marítimas.
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Ordenación y control del tráfico marítimo.
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Registro y control del personal marítimo civil, control de la composición mínima de las dotaciones de los buques civiles, determinación de las condiciones generales de idoneidad, profesionalidad y titulación para formar parte de las dotaciones de los buques civiles españoles.
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Participación en la Comisión de Faros u otros instrumentos de colaboración institucional en materia de señalización marítima a efectos de contribuir a la determinación de las características técnicas y el funcionamiento operativo y correcta ubicación de las señales y a la coordinación de los sistemas de señalización marítima entre sí y con otros sistemas de ayuda a la navegación activa.

Normas de seguridad y contaminación
Recomendaciones para navegantes si las orcas interactúan con la embarcación
Si estás navegando y te encuentras con orcas u otros cetáceos y las orcas interactúan con la embarcación, el patrón/capitán de la embarcación adoptará, siempre que sea posible y no generen un peligro mayor, las siguientes medidas:

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Evitar que las personas a bordo se acerquen a las bandas, procurando que se sitúen en lugares que proporcionen la mayor protección posible ante eventuales movimientos bruscos que pudieran ocasionar lesiones o la caída al mar, y frente a golpes provocados por el repentino desplazamiento de elementos móviles.
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Arriar las velas si se trata de un buque o embarcación navegando a vela.
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Todo buque o embarcación que observe la presencia de orcas u otros cetáceos, den lugar o no a episodios de interacción, extremará el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1727/2007, de 21 de diciembre, por el que se establecen medidas de protección de cetáceos, en especial aquellas encaminadas a evitar la realización de conductas que puedan causar muerte, daño, molestia o inquietud a los cetáceos y, en general, cualquiera de las conductas señaladas en los artículos 4 y 5 del citado Real Decreto.
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Observar, y si fuera posible, tomar registro fotográfico de los ejemplares de orca involucrados en el suceso. Las actividades de observación se llevarán a cabo sin desatender la precaución y el cumplimiento de las obligaciones propias de la buena práctica del marino, sin menoscabo del ejercicio de cualquier decisión necesaria para la seguridad de la navegación y únicamente cuando ello sea posible y seguro, sin exponer a mayores riesgos al buque o embarcación, a las personas a bordo ni a los cetáceos.
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Cualquier otra nueva instrucción o recomendación que pueda ser difundida a los navegantes.
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Se recuerda la obligación que todo capitán/patrón tiene de informar de aquellos sucesos susceptibles de ser un peligro para la navegación, y, por lo tanto, deberá reportarse las interacciones con las orcas a través de del Centro Coordinador de Salvamento Marítimo correspondiente.
Tráfico Marítimo
Registro de Consignatarios
Registro Marítimo Central de Buques
Títulos
Mapas de alturas significativas de olas a efectos de aplicación del Acuerdo de Estocolmo
Zonas de navegación a efectos de aplicación del artículo 4 del Real Decreto 1247/1999, de 16 de julio, sobre reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje que realicen travesías entre puertos españoles
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Resolución, de 10 de mayo de 2004, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se determinan las zonas marítimas A, B, C y D para los buques de pasaje que realizan travesías entre puertos españoles
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Resolución de 10/05/2004, del Capitán Marítimo de Vigo
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Resolución de 08/07/2009, del Capitán Marítimo de Ibiza
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Resolución de 23/09/2014, del Capitán Marítimo de Vilagarcía de Arousa
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Resolución de 04/03/2015, del Capitán Marítimo de Avilés
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Resolución de 05/03/2015, del Capitán Marítimo de Palma de Mallorca
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Resolución de 06/03/2015, del Capitán Marítimo de Palamós
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Resolución de 09/03/2015, del Capitán Marítimo de A Coruña
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Resolución de 09/03/2015, del Capitán Marítimo de Bilbao
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Resolución de 09/03/2015, del Capitán Marítimo de Gijón
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Resolución de 09/03/2015, del Capitán Marítimo de Ferrol
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Resolución de 10/03/2015, del Capitán Marítimo de Alicante
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Resolución de 10/03/2015, del Capitán Marítimo de Almería
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Resolución de 10/03/2015, del Capitán Marítimo de Barcelona
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Resolución de 10/03/2015, del Capitán Marítimo de Las Palmas
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Informe sobre zonas de navegación para las aguas próximas a La Graciosa
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Resolución de 10/03/2015, del Capitán Marítimo de Motril
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Resolución de 10/03/2015, del Capitán Marítimo de Valencia
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Resolución de 11/03/2015, del Capitán Marítimo de Castellón
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Resolución de 12/03/2015, del Capitán Marítimo de Málaga
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Resolución de 13/03/2015, del Capitán Marítimo de Cartagena
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Resolución de 16/03/2015, del Capitán Marítimo de Algeciras
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Resolución de 17/03/2015, del Capitán Marítimo de Huelva
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Resolución de 18/03/2015, del Capitán Marítimo de Cádiz
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Resolución de 18/03/2015, del Capitán Marítimo de Sevilla
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Resolución de 20/03/2015, del Capitán Marítimo de Ceuta
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Resolución de 20/03/2015, del Capitán Marítimo de Santa Cruz de Tenerife
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Resolución de 30/03/2015, del Capitán Marítimo de Tarragona
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Resolución de 08/04/2015, del Capitán Marítimo de Melilla
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Resolución de 14/04/2015, del Capitán Marítimo de Burela
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Resolución de 28/04/2015, del Capitán Marítimo de Santander
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Resolución de 06/05/2015, del Capitán Marítimo de Pasaia
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Zonas Marítimas C y D de Canarias
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Zonas Marítimas C y D del Cantábrico y Galicia
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Zonas Marítimas C y D del Mediterráneo
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Zonas Marítimas C y D del Sur y Estrecho de Gibraltar
Contacto
Subdirección General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima
Teléfono: 91.597.92.70
Fax: 91.597.92.87