¿A quién corresponde la responsabilidad cuando se detecta una manipulación de un tacógrafo?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cada cuánto tiempo debe seguirse un curso de formación continua para la renovación de la tarjeta de cualificación del conductor (CAP)?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Desde qué fecha se empieza a computar el periodo de tiempo estipulado para que los conductores que tienen el certificado de aptitud profesional (CAP) realicen el curso de formación continua?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo considera el Reglamento (CE) 561/2006 el tiempo utilizado en viajar, en tren o ferry y con acceso a una litera, a un lugar para hacerse cargo de un vehículo equipado con tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 9.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo define la "pausa" el Reglamento (CE) 561/2006?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.d
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo pueden demostrar los conductores profesionales de otros países, que efectúen transportes en España, que cumplen los requisitos de formación y cualificación exigidos por la normativa?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo puede realizarse el curso de formación continua para la renovación de la tarjeta de cualificación del conductor?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo puede realizarse el curso de formación continua para la renovación de la tarjeta de cualificación del conductor?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo puede tomarse el descanso diario normal cuando se fracciona en dos períodos?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.g
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se considera en la normativa de transporte el exceso superior al 50 % en los tiempos máximos de conducción diaria?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.37
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se considera la carencia del aparato de control de los tiempos de conducción y descanso en un vehículo obligado a su utilización?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo define la normativa comunitaria el tiempo diario de conducción?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.k
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se denomina al certificado que acredita que un conductor ha superado los cursos y exámenes exigidos para la obtención de la cualificación inicial de los conductores?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se denomina la tarjeta de tacógrafo que identifica a la empresa titular de los vehículos y permite visualizar, transferir e imprimir la información que se encuentre almacenada en los aparatos de control instalados en los mismos?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, I.l
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se denomina la tarjeta de tacógrafo que identifica al conductor y permite almacenar datos sobre su actividad?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, I.t
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se denomina la tarjeta de tacógrafo que identifica al organismo de control y permite acceder a la información almacenada en la memoria o en las tarjetas de conductor a efectos de su lectura o impresión?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, I.o
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se denomina la tarjeta de tacógrafo que identifica a su titular y permite probar, activar, calibrar y transferir datos del tacógrafo digital?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, apartado I.qq
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se denominan los documentos en los que se registran los datos recogidos por el tacógrafo analógico?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 2.2 e
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los datos que registra un tacógrafo analógico son recogidos en unos documentos llamados:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 2.2 e
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se llama la situación en la que hay, al menos, dos conductores en el vehículo que participan en la conducción?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.o
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a cómo puede tomarse el período de descanso diario normal?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.g
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a cómo puede tomarse el período de descanso diario normal?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.g
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué datos registra automáticamente el tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 4.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué datos registra automáticamente el tacógrafo?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 4.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué datos registra automáticamente el tacógrafo?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 4.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué datos registra automáticamente el tacógrafo digital?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 4.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué documento deberán llevar a bordo del vehículo en todo momento en que se encuentren conduciendo los conductores obligados a estar en posesión del certificado de aptitud profesional?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué indicaciones deberá llevar impresas cada hoja de registro o disco-diagrama de tacógrafo analógico?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué indicaciones deberá llevar impresas cada hoja de registro o disco-diagrama de tacógrafo analógico?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué indicaciones deberá llevar impresas cada hoja de registro o disco-diagrama de tacógrafo analógico?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué indicaciones deberá llevar impresas cada hoja de registro o disco-diagrama de tacógrafo analógico?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué información es capaz de registrar el tacógrafo digital?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué norma interna española regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué período de validez tiene la tarjeta de tacógrafo de conductor?
RESPUESTA: A
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué Reglamento de la Unión Europea regula los tiempos de conducción y descanso de los conductores de vehículos de transporte por carretera?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo analógico registra datos acerca del conductor y del vehículo en:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 2.2 e
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se considera infracción llevar instalado un tacógrafo analógico cuando, por la fecha de matriculación del vehículo, el tacógrafo instalado debería ser digital?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se considera infracción que un conductor prolongue su jornada diaria de conducción hasta alcanzar 10 horas?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se considera infracción que un conductor prolongue su jornada diaria de conducción hasta alcanzar 10 horas 30 minutos?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6 y 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se considera una infracción no llevar insertada la tarjeta de conductor en el tacógrafo cuando ello resulte exigible?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.22
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se considera una infracción no llevar insertada la hoja de registro o disco-diagrama en el tacógrafo cuando ello resulte exigible?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.22
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En relación con los exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP), concluida la corrección de los ejercicios y habiendo superado la prueba, ¿cómo se reconoce al conductor el cumplimiento del requisito de cualificación inicial?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un vehículo provisto de tacógrafo analógico, ¿qué deberá estar en disposición de presentar el conductor a los agentes de control, referido al día en curso y los 28 días anteriores?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 36.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un vehículo provisto de tacógrafo digital, el conductor deberá estar en disposición de presentar a los agentes de control, referido al día en curso y los 28 días anteriores:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 36.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La descarga de datos de las tarjetas de tacógrafo de los conductores deberá hacerse, al menos:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 581/2010, art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La extracción de las tarjetas de tacógrafo puede realizarse:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Efectuar un descanso diario normal de 10 horas y media, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 142.17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La minoración de dos horas sobre el período de descanso semanal normal, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 142.17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué tipo de infraccion se considera la disminución en una hora y 20 minutos del período de descanso diario obligatorio?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 141.24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Una disminución de tres horas y media en el descanso semanal, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: D
NORMA: Ley 16/1987, Art. 141.24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La minoración superior al 50 % sobre los períodos de descanso diario obligatorios, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.37
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La minoración superior al 50 % sobre los períodos de descanso semanales obligatorios, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.37
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La realización de transportes de animales vivos entre granjas, mercados locales y mataderos, en una distancia no superior a 100 km en línea recta entre origen y destino del transporte, está:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.h
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La realización de transportes de fondos u objetos de valor en vehículos especialmente equipados para ello está:
RESPUESTA: B
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.k
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La realización de transportes íntegramente desarrollados en islas cuya superficie no supere 250 kilómetros cuadrados, siempre que estas no se encuentren unidas al territorio peninsular por ningún puente, vado o túnel cuyo uso esté abierto a los vehículos:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.o
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La tarjeta de tacógrafo de un conductor no puede ser retirada y remitida a la autoridad administrativa que la entregó cuando:
RESPUESTA: C
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Antes de concluir seis períodos consecutivos de 24 horas cada uno desde la finalización del período de descanso semanal anterior, el conductor debe comenzar:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Conducción semanal es el tiempo acumulado total de conducción durante una semana. ¿A partir de qué momento se contabiliza ese tiempo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cuando se agota la capacidad de almacenamiento de la memoria del tacógrafo digital, ¿qué ocurre con los datos más antiguos?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cuando se efectúa un descanso semanal reducido, el Reglamento (CE) 561/2006 obliga a compensar el tiempo restante. ¿Cómo debe realizarse esa compensación?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, ¿a qué concepto se refiere la expresión "cualquier período ininterrumpido durante el cual un conductor pueda disponer libremente de su tiempo"?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, ¿a qué concepto se refiere la expresión "el período de tiempo comprendido entre las 00.00 del lunes y las 24.00 del domingo"?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, ¿a qué concepto se refiere la expresión "el tiempo acumulado total de conducción entre el final de un período de descanso diario y el principio del siguiente período de descanso diario o un período de descanso diario y un período de descanso semanal"?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, ¿qué debe tenerse en cuenta para calcular el tiempo diario de conducción?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, para calcular el tiempo semanal de conducción deberá tenerse en cuenta:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Después de un período de conducción de 4 horas y media, el conductor debe efectuar una pausa de, al menos:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Para sustituir la pausa de 45 minutos, en un período de conducción de 4 horas y media de conducción el conductor debe efectuar una pausa de, al menos:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Durante cada período de treinta horas, a contar desde la finalización de un período de descanso diario o semanal, en el cual haya por lo menos dos conductores a bordo de un vehículo, estos deberán gozar de un descanso diario de, al menos:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo digital cambiará de modo de funcionamiento atendiendo a:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo digital cambiará de modo de funcionamiento según:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El certificado de aptitud profesional y la tarjeta de cualificación de conductor se consideran necesarios para aquellos conductores de vehículos que necesiten estar en posesión de los permisos de conducir:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué debe hacer constar el conductor en una nueva hoja de registro o disco-diagrama antes de insertarla en el tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué debe hacer constar el conductor en una nueva hoja de registro o disco-diagrama antes de insertarla en el tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué debe hacer constar el conductor en una nueva hoja de registro o disco-diagrama antes de insertarla en el tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El exceso de 45 minutos sobre los tiempos máximos de conducción diarios, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 142.17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Una conducción semanal de 58 horas, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 142.17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un exceso de una hora y media sobre el tiempo máximo de conducción diaria, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 141.24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Una conducción semanal de 65 horas, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2016/403, Anexo I, 1.9
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El exceso superior a dos horas sobre los tiempos máximos de conducción diaria, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.37
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El exceso superior al 25 % sobre los tiempos máximos de conducción semanales, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: D
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.37
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El período de conducción bisemanal no puede exceder de:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La normativa vigente establece que, como norma general, el período de conducción diario no puede exceder de:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El período de conducción semanal no puede exceder de:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo puede ser el período de descanso semanal?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.h
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo es obligatorio con carácter general, salvo en autobuses de líneas regulares con recorrido:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué sucede en caso de avería o mal funcionamiento del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 37.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de avería o mal funcionamiento del tacógrafo analógico, el conductor:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 37.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de avería o mal funcionamiento del tacógrafo analógico, el conductor:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 37.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de avería o mal funcionamiento del tacógrafo digital, el aparato será:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 37.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de avería o mal funcionamiento del tacógrafo digital, el aparato será:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 37.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de avería o mal funcionamiento del tacógrafo digital, el conductor:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 37.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En el tacógrafo digital, ¿cómo se denomina a la actualización o confirmación de parámetros del vehículo que van a guardarse en la memoria?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, I.f
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En el tacógrafo digital, ¿cómo se denomina la acción por la que el aparato de control pasa a ser totalmente operativo y realiza todas sus funciones, incluidas las de seguridad?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, I.a
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En el transcurso de dos semanas consecutivas, el conductor tendrá que tomar:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En la memoria del tacógrafo digital se almacenan actividades realizadas por los conductores de un vehículo:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En relación con el certificado de aptitud profesional (CAP), ¿cuántas veces al año deben convocarse exámenes?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿A qué conductores no es de aplicación lo relativo al certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Para qué conductores no es necesario el certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En relación con el certificado de aptitud profesional (CAP), ¿quiénes son los encargados de la convocatoria y organización de los exámenes?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En relación con la convocatoria y realización de exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP), ¿cuál de las siguientes afirmaciones es falsa?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 17; RD 284/2021, art. 16
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En relación con la cualificación inicial y la formación continua de los conductores, ¿en qué registro se anota la expedición del correspondiente certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 19
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En relación con la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, ¿por quién será registrado el certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué conductores están exentos de la obligación de cualificación inicial para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los tacógrafos fabricados para ser instalados en los vehículos deben estar:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 19
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los tacógrafos instalados en los vehículos deberán pasar un control periódico, al menos:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, VI, 3; Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, VI, 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes de envíos postales en vehículos o conjuntos de vehículos de una MMA no superior a 7,5 toneladas dentro de un radio de 50 kilómetros alrededor de la empresa, si la conducción no es la actividad principal del conductor:
RESPUESTA: B
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.b
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes de mercancías de carácter privado complementario, realizados en el marco de su propia actividad empresarial por empresas agrícolas que se desarrollen íntegramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.e
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes de mercancías de carácter privado complementario, realizados en el marco de su propia actividad empresarial por empresas forestales que se desarrollen íntegramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.e
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes de recogida de leche en las granjas que se desarrollen íntegramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular del vehículo:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.g
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes efectuados mediante vehículos considerados históricos según la normativa y que se utilicen para el transporte no comercial:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.i
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes efectuados mediante vehículos cuya velocidad máxima autorizada es inferior a 40 km por hora:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.b
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes efectuados mediante vehículos destinados al transporte regular de viajeros en trayectos que no superen 50 km:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.a
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes efectuados mediante vehículos especiales usados con fines médicos:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.e
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes efectuados mediante vehículos especializados en la reparación de averías, cuando trabajen dentro de un radio de acción de 100 kilómetros alrededor de su centro de explotación:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.f
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes efectuados mediante vehículos o conjuntos de vehículos de MMA no superior a 7,5 toneladas, utilizados para el transporte no comercial de mercancías:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.h
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes efectuados mediante vehículos oficiales, utilizados por el Ejército, la Policía, los bomberos, etc., en el ejercicio de sus funciones:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.c
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes efectuados mediante vehículos que se sometan a pruebas en carretera y vehículos nuevos o transformados que aún no se hayan puesto en circulación:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.g
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes que tengan por objeto llevar a las granjas recipientes de leche o productos lácteos destinados a la alimentación del ganado, siempre que se desarrollen íntegramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.g
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes realizados en el desarrollo de cursos de aprendizaje de la conducción o del certificado de aptitud profesional en vehículos equipados para ello:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.l
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes realizados en vehículos exclusivamente dedicados a la prestación de servicios de alcantarillado:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.c
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los transportes realizados para la recogida y eliminación de residuos domésticos a domicilio, íntegramente comprendidos en un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.d
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa comunitaria, ¿cuál es el máximo de tiempo de conducción semanal?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa comunitaria, ¿cuál será el período de descanso semanal normal?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si, en una inspección en carretera, el conductor se niega a entregar los discos-diagrama obligados a llevar en el vehículo al agente de control, ¿qué tipo de infracción estaría cometiendo?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si, en un control en carretera, los agentes encargados del control detectan durante su comisión una falta de descanso diario considerada grave, ¿qué deberán hacer?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 143.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si, en un control en carretera, los agentes encargados del control detectan durante su comisión un exceso de conducción diario considerado grave, ¿qué deberán hacer?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 143.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si, en una inspección en carretera, el conductor impide el control del tacógrafo, ¿qué tipo de infracción estaría cometiendo?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si una semana se conducen 56 horas, ¿cuántas horas se pueden conducir la siguiente semana?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si un conductor conduce durante varias jornadas un vehículo no sujeto al Reglamento Comunitario 561/2006 y en una jornada posterior conduce un vehículo que sí está incluido en su ámbito de aplicación, ¿cómo deberá justificar las jornadas en las que efectuó conducciones en vehículos excluidos de su ámbito de aplicación?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento 165/2014, art. 34
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si un conductor una semana conduce 40 horas, ¿cuántas horas puede conducir la siguiente semana?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Todo período diario durante el cual el conductor puede disponer libremente de su tiempo puede ser un período:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.g
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De acuerdo con el Reglamento (CE) 561/2006, el período diario durante el cual el conductor puede disponer libremente de su tiempo es:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Una vez finalizado el curso de formación continua CAP, los alumnos tienen que superar un examen en el plazo de:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un período de 10 horas ininterrumpidas durante el cual un conductor dispone libremente de su tiempo, ¿puede ser considerado como un período de descanso diario?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un transporte realizado por un vehículo exclusivamente dedicado a la prestación de servicios que se desarrollan íntegramente en un recinto cerrado, en el que se realizan actividades distintas del transporte por carretera, tales como puertos, aeropuertos y estaciones:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.o
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo de transporte de mercancías con una MMA de 3 toneladas:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 2.1.a
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo de viajeros fabricado o adaptado de forma permanente para transportar hasta nueve personas, incluido el conductor:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 2.1.b
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué se pretende conocer con la implantación del tacógrafo en la Unión Europea?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es el objetivo principal del tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Considerando 33
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo ayuda a:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Considerando 17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo ayuda a:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Considerando 17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo garantiza a las autoridades:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué información debe facilitar el tacógrafo analógico de cada conductor?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 2.2 a
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Quién es el responsable de que funcione y se utilice correctamente el tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 32.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué tipos de aparatos de control de tiempos de conducción y descanso existen?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 2.2 g y h
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se denomina el tacógrafo que deben instalar los vehículos de nueva matriculación?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 27; Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué se necesita para conducir un vehículo equipado con tacógrafo digital?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se puede saber qué Estado ha homologado un tacógrafo viendo la marca de homologación?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo II, I.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Un tacógrafo puede estar homologado por cualquier Estado?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Un tacógrafo puede estar homologado por dos Estados a la vez?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde podemos encontrar la marca de homologación de un tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.e; Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo se ha de colocar la placa de instalación?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, V.3; Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, V.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde se ha de colocar la placa de instalación?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, V.3; Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, V.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué vehículos es obligatorio el uso de tacógrafo en la Unión Europea?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 3.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de los siguientes vehículos está exento del uso de tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.b
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un autocar antiguo, considerado histórico, que transporta viajeros de forma no comercial, ¿está obligado a usar tacógrafo?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.i
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de los siguientes vehículos está exento del uso de tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.e
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un autocar que pertenece al Ejército y transporta soldados desde un cuartel a un campo de maniobras con un recorrido de 150 km está:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.c
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué autocar está exento de la utilización del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un autocar que transporta bomberos a otro Estado para ayudar en tareas de salvamento en un terremoto está:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué vehículos están exentos de usar el aparato de control tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.l
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué vehículo está exento de usar el tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.l
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los autobuses que trasladan viajeros dentro de un aeropuerto están:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.n
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un autocar de más de 9 plazas que realiza una línea regular de viajeros de 120 km de recorrido está:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.a
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué vehículo está exento de usar tacógrafo en todo caso?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.o
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué vehículo está obligado a usar tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 2; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un autocar de línea regular exento de utilizar el tacógrafo está:
RESPUESTA: B
NORMA: RD 640/2007, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los vehículos exentos del uso del tacógrafo, ¿tienen que usarlo en los recorridos en vacío que necesariamente realicen antes o después del servicio en el que están exentos?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 640/2007, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un autocar de línea regular de viajeros de menos de 50 km, si su limitador de velocidad recibe la señal de velocidad del tacógrafo:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede un Estado de la Unión Europea imponer sanciones por infracciones de los tiempos de conducción y descanso cometidas en territorio de otro Estado?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 19.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Quién es responsable de que se respeten las normas de tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 10.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede una empresa de transporte remunerar a sus trabajadores en función de la distancia recorrida?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 10.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede una empresa de transporte remunerar a sus trabajadores en función del volumen de las mercancías transportadas?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 10.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede una empresa de transporte conceder primas a sus trabajadores dependiendo de los kilómetros recorridos?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 10.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede una empresa de transporte conceder primas a sus trabajadores en función del volumen de las mercancías transportadas?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 10.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede una empresa de transporte conceder aumentos de sueldo a sus trabajadores en función de la distancia que recorran?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 10.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede una empresa de transporte conceder aumentos de sueldo a sus trabajadores en función de la carga que transporten?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 10.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Las empresas de transporte están obligadas a organizar el trabajo de sus conductores de tal manera que:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 10.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Están las empresas obligadas a realizar controles a sus trabajadores en materia de tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 10.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de aplicar una sanción por una infracción relacionada con la normativa de tiempos de conducción y descanso, ¿qué se debe entregar al conductor?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 19.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué deberá hacer el conductor en caso de que se le imponga una sanción por incumplimiento de las normas sobre tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 20.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Está obligado el conductor a presentar las pruebas que le haya suministrado la Administración respecto de infracciones de las normas sobre tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 20.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Pueden las autoridades proceder a la inmovilización de un vehículo por incumplimiento de la normativa sobre tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 21
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Tienen las autoridades la posibilidad de suspender la autorización a una empresa por incumplimiento de la normativa sobre tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 21
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de que la comisión de una infracción por exceso de conducción ponga en peligro la seguridad en carretera, las autoridades podrán:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 21
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de que un conductor haya infringido el Reglamento (CE)561/2006, poniendo en peligro la seguridad vial, las autoridades podrán:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 21
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si un conductor trabaja para dos empresas distintas, ¿qué obligaciones tiene en relación con las normas sobre tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 20.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué vehículos es obligatorio instalar tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué vehículos de transporte de viajeros están obligados a llevar instalado tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 2.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Todos los vehículos con más de nueve plazas, incluido el conductor, que realizan transporte de viajeros están obligados a:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 2.1.b
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se puede visualizar a través de la pantalla del tacógrafo los datos registrados en la tarjeta de conductor?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.15
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Las actividades del conductor se registran en la tarjeta de conductor:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.14
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La impresión de datos mediante un tacógrafo digital:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.16
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Un autobús tiene que pasar las revisiones obligatorias del tacógrafo si solo circula en una isla de menos de 250 km cuadrados de superficie no unida a territorio peninsular?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo instalado en un vehículo obligado a llevarlo tiene que:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 19
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se puede saber si un tacógrafo está homologado?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 14
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo es la marca de homologación que debe tener el tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo II, I.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué lugar debe estar colocada la placa descriptiva de un tacógrafo?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.e; Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cada cuántos años deben pasar revisión periódica los tacógrafos instalados en vehículos que estén exentos de utilizarlos, pero cuyo limitador de velocidad recibe la señal de velocidad del tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, art. 3; Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 23
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde se han de realizar los controles periódicos?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, VI.2; Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, VI.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo indica y registra automática o semiautomáticamente los datos:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 4.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es una de las diferencias que existen entre el tacógrafo analógico y el digital?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, I.a; Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, I.ee
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué deberá registrar un tacógrafo analógico?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.d).2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los diferentes bloques de tiempo se registran en el tacógrafo analógico:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.c).4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué registra el tacógrafo digital?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.12.8 y 9
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cuando un conductor cambia de empresa:
RESPUESTA: B
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Es obligatorio descargar los datos de la tarjeta de conductor cuando caduca?
RESPUESTA: A
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué permite la tarjeta de empresa?
RESPUESTA: B
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Es necesario introducir en el tacógrafo digital la tarjeta de taller para hacer una intervención técnica?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, IV.5.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué debe entregar el empresario al conductor en relación con el tacógrafo analógico?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 33.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo debe el conductor colocar el disco-diagrama u hoja de registro en el tacógrafo?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El disco-diagrama u hoja de registro debe mantenerse insertado en el tacógrafo analógico durante:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué hora deben grabarse las actividades en el disco-diagrama u hoja de registro de un tacógrafo analógico?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Está el conductor obligado a indicar al tacógrafo analógico la actividad que realiza en cada momento?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de avería, ¿es obligatorio reparar el tacógrafo analógico tan pronto las circunstancias lo permitan?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 37.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un vehículo equipado con tacógrafo digital, ¿cuándo está obligado a insertar su tarjeta el conductor?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que conduce una semana 25 horas, ¿cuántas horas puede conducir, como máximo, la semana siguiente, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, la parte del tiempo de conducción diaria que se realice en un país no comunitario:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que, en una determinada semana, tiene varias horas de conducción en un país no comunitario:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Durante cuántos días se puede conducir sin tarjeta de conductor un vehículo equipado con tacógrafo digital?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 29.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se llaman los símbolos que aparecen en determinados mensajes de la pantalla del tacógrafo digital?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, Apéndice 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Pueden combinarse los pictogramas que aparecen en el tacógrafo digital entre sí?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, Apéndice 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué datos ha de anotar el conductor en las impresiones que debe realizar en caso de no poder utilizar en el tacógrafo digital su tarjeta de conductor?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 35.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Es necesario presentar a los agentes de control los discos-diagrama si en ese momento se utiliza un tacógrafo digital?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 36.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué tipos de tiempos establece la normativa laboral española para los conductores profesionales?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1561/1995, Art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tiempo durante el que un conductor efectúa la carga del vehículo, ¿cómo se considera según la normativa laboral española?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 1561/1995, Art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué actividad es considerada tiempo de trabajo efectivo para un conductor profesional, según la normativa laboral española?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 1561/1995, Art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tiempo dedicado por un conductor a limpieza y mantenimiento técnico del vehículo, ¿cómo se considera en la normativa laboral española?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1561/1995, Art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, los tiempos de presencia de un conductor profesional:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1561/1995, Art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, la jornada diaria de los conductores profesionales:
RESPUESTA: B
NORMA: RD 1561/1995, Art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La normativa laboral española establece para los conductores profesionales un máximo de:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10 bis.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, ¿cómo se computa el tiempo de trabajo si un conductor trabaja en dos empresas?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10 bis.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si un conductor trabaja para varias empresas, ¿cómo debe facilitar al empresario los datos de las horas de trabajo efectuadas para otra empresa, según la normativa laboral española?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10 bis.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de trabajo nocturno, efectuado por trabajadores móviles del transporte por carretera que no tienen la consideración de trabajador nocturno, según normativa laboral española, la jornada de trabajo diaria:
RESPUESTA: B
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10 bis.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En lo que se refiere a las interrupciones de la jornada de los conductores profesionales, ¿qué establece la normativa laboral española?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10 bis.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación laboral española, los empresarios están obligados a:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10 bis.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuánto puede conducir un conductor, como máximo, sin hacer una interrupción, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, la pausa en la conducción debe ser de:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, si un conductor conduce 2 horas y hace una pausa de 15 minutos, después conduce 2 horas y 30 minutos y hace una pausa de 30 minutos:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, si un conductor conduce 3 horas y hace una pausa de 30 minutos, y después conduce otras 3 horas:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se calcula el tiempo de conducción diaria de un conductor, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.k
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántas veces a la semana puede exceder de 9 horas de conducción diaria un conductor, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, ¿cómo se calcula la conducción diaria de un conductor si partimos de un descanso semanal?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.k
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que en una misma semana lleva una conducción diaria de 9 horas y 15 minutos y otra de 9 horas y 20 minutos, ¿cuántas veces más puede pasar de 9 horas, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántas horas de conducción a la semana puede hacer, como máximo, un conductor según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que lleva acumuladas 50 horas de conducción en una semana, ¿cuántas horas más puede hacer esa semana, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántas horas, como máximo, puede conducir un conductor en 2 semanas consecutivas, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que conduce en una semana 52 horas, ¿cuántas horas puede conducir, como máximo, la semana siguiente, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, descanso es el período durante el cual el conductor:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.f
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación europea, ¿cuándo debe tomar el conductor el descanso diario?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántas veces puede un conductor realizar un descanso diario de 9 horas y 30 minutos, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, ¿cómo se llama el tipo de descanso diario en el que se descansa al menos 9 horas, pero menos de 11 horas?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.g
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede un conductor realizar su descanso diario dividiéndolo en dos períodos, uno de 4 horas y otro de 8 horas?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.g
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, ¿puede un conductor iniciar un descanso semanal 5 días después del fin del anterior descanso semanal?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea y salvo excepciones, ¿puede un conductor iniciar un descanso semanal 7 días después del fin del anterior descanso semanal?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Salvo excepciones, ¿cuántas semanas consecutivas puede reducir un conductor su descanso semanal a 24 horas, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, si un conductor decide realizar un descanso semanal reducido de 24 horas, tiene que recuperarlo:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, 8.6 ter
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, las recuperaciones del descanso semanal reducido de un conductor:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, los períodos de descanso semanal que empiezan en una semana y terminan en la siguiente pueden computarse:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.9
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo debe registrarse la conducción realizada en un vehículo exento del uso de tacógrafo, al hacerse cargo de otro que no está exento?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué caso debe presentar un conductor un certificado de actividades a los agentes de control?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento 165/2014, art. 34
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Después de tomar un período de vacaciones, ¿qué debe llevar a bordo del vehículo el conductor?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento 165/2014, art. 34
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Quién tiene la responsabilidad administrativa por las infracciones a la normativa de transportes por carretera?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 138.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si un conductor no colabora y se niega a entregar la documentación requerida por los agentes encargados de un control en carretera, está cometiendo una infracción:
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué tipo de infracción es la obstrucción a la actuación de los servicios de inspección cuando imposibilita el ejercicio de sus funciones?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo que lleva instalado un tacógrafo analógico cuando debería llevar instalado uno digital, ¿comete una infracción?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La utilización de un tacógrafo no homologado equivale a una infracción de:
RESPUESTA: D
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La alteración del funcionamiento normal del aparato de control o hacer que los registros no correspondan a la realidad está considerado una infracción de:
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Está considerado como manipulación del tacógrafo la instalación de elementos externos que hagan registrar descanso cuando la actividad realizada es conducción?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si un vehículo es descubierto con una manipulación en una inspección del tacógrafo, pero no está funcionando en ese momento:
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Quién es el responsable cuando los agentes de control detectan una manipulación del tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué está considerado como manipulación del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo se incurre en infracción por inadecuado funcionamiento del aparato de control?
RESPUESTA: D
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.33
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de que dos conductores utilicen en régimen de conducción en equipo un tacógrafo que, por fabricación, solo puede usar un conductor, se considerará una infracción:
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.33
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué caso es equiparable a una infracción de inadecuado funcionamiento del aparato de control analógico o digital?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.33
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
No pasar las revisiones periódicas del tacógrafo es una infracción equiparable:
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.34
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Constituye infracción llevar mal instalado el disco-diagrama u hoja de registro de forma que no se puedan leer los registros?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.22
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo se puede levantar una inmovilización que se produjo por no respetar su conductor las pausas reglamentarias?
RESPUESTA: D
NORMA: Ley 16/1987, Art. 143.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué infracción comete un conductor que realiza un descanso diario de 6 horas y 30 minutos cuando debería descansar, como mínimo, 9 horas?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.37
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Comete alguna infracción un conductor que conduce 5 horas y 15 minutos sin hacer ninguna pausa?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 141.24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cometen alguna infracción dos conductores cuando hacen un descanso diario de 8 horas si van conduciendo un vehículo en equipo?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 142.17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que conduce un total de 54 horas desde las 00.00 horas de un lunes hasta las 24.00 horas del domingo siguiente, ¿comete alguna infracción?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que conduce un total de 110 horas en dos semanas consecutivas, ¿comete alguna infracción?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 2016/403, Anexo I, 1.12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Comete alguna infracción un conductor que realiza un descanso semanal de 30 horas y a la semana siguiente uno de 45 horas?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, 8.6 ter
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que realiza un descanso semanal de 35 horas y la semana siguiente de 38 horas, ¿comete alguna infracción?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 141.24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que realiza un descanso semanal reducido de 21 horas, ¿comete alguna infracción?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 141.24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que conduce durante una semana un total de 62 horas, ¿comete alguna infracción?
RESPUESTA: D
NORMA: Ley 16/1987, Art. 141.24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que conduce en un período de conducción diario 10 horas, ¿comete alguna infracción?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde debe anotar la nueva matrícula un conductor si cambia de un vehículo a otro y ambos tienen tacógrafo analógico?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.d)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de los siguientes transportes no está obligado al uso del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de los siguientes transportes no está obligado al uso del tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de los siguientes transportes no está obligado al uso del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es el período de vigencia de la tarjeta de cualificación de conductor, una vez se ha superado el examen de cualificación inicial del CAP?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es la finalidad de la formación continua para la renovación del certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es la función de la formación continua para la renovación del certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuáles son los cuatro modos de funcionamiento que tiene el tacógrafo digital?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuáles son los cuatro modos de funcionamiento que tiene el tacógrafo digital?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuáles son los objetivos que establece la normativa sobre cualificación inicial y formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera?
RESPUESTA: B
NORMA: Directiva (UE)2022/2561, Considerandos
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuáles son los tipos de actividad que permite registrar, por separado y de modo diferenciado, el tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuáles son los tipos de actividad que permite registrar, por separado y de modo diferenciado, el tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es uno de los modos de funcionamiento del tacógrafo digital?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo deben colocar el disco-diagrama u hoja de registro los conductores?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo debe volcarse la información de las tarjetas de conductor?
RESPUESTA: D
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo debe volcarse la información de las tarjetas de conductor?
RESPUESTA: A
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántas tarjetas de conductor debe tener un conductor que trabaja para dos empresas y conduce tres vehículos distintos con tacógrafo digital?
RESPUESTA: C
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántas veces a la semana puede llegar a 10 horas el período de conducción diario?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántas veces se podrá interrumpir, para llevar a cabo otras actividades, el período de descanso diario normal cuando se acompañe un vehículo transportado por trasbordador o tren?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 9
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántos discos-diagrama tiene obligación de entregar el empresario a los conductores?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 33.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuánto tiempo deberá ser capaz de mantener los datos almacenados la memoria del tacógrafo digital?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿De qué tipos diferentes pueden ser las tarjetas de tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, I.kk
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde se solicitan las tarjetas de tacógrafo de conductor?
RESPUESTA: B
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué modalidades puede obtenerse el certificado de aptitud profesional de conductores acreditativo de la cualificación inicial?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué modalidades puede obtenerse el certificado de aptitud profesional de conductores acreditativo de la cualificación inicial?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué consiste la formación continua para la renovación de la tarjeta de cualificación del conductor?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué consiste la modalidad acelerada de obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial del conductor?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué consiste la modalidad ordinaria de obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial del conductor?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué supuestos, durante su período de validez, podrá ser retirada o suspendida la tarjeta de tacógrafo de un conductor?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 26.7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué supuestos, durante su período de validez, podrá ser retirada o suspendida la tarjeta de tacógrafo de un conductor?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 26.7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Es necesario poseer permiso de conducción para seguir los cursos y concurrir a los exámenes destinados a la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial en su modalidad acelerada?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Es necesario poseer permiso de conducción para seguir los cursos y concurrir a los exámenes destinados a la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial en su modalidad ordinaria?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Es una infracción no pasar la revisión periódica del tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.34
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El certificado de aptitud profesional es necesario para conducir alguno de los siguientes autobuses o autocares:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué datos registra, automática o semiautomáticamente, el tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 4.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Es posible transferir los datos registrados en la memoria del tacógrafo digital a medios externos?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.18
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo analógico es obligatorio que tenga un dispositivo indicando:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.a).6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Es obligatorio un dispositivo indicador de velocidad en el tacógrafo analógico?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.a).5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Es obligatorio que el tacógrafo analógico registre los cortes de alimentación?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, II.7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La hoja de registro es el documento donde:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Con qué otro nombre se conocen los discos-diagrama utilizados en el tacógrafo analógico?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los registros de los discos-diagrama deben ser:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.a).1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El disco-diagrama u hoja de registro es un documento:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 33.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cuando un conductor, dentro de su jornada de trabajo, cambia de un vehículo con tacógrafo analógico a otro que tiene también tacógrafo analógico debe:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es la capacidad mínima de registro de un disco-diagrama u hoja de registro?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.a).2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿De qué otra forma se llaman los punzones del tacógrafo analógico que registran los datos en los discos-diagrama?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, 2.2 e
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cuando un conductor cambia de vehículo:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 36.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El disco-diagrama u hoja de registro del tacógrafo analógico tiene una zona que indica:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.b)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Tiene las hojas de registro del tacógrafo analógico una zona que nos indique la distancia recorrida?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.b)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los bloques de tiempos de las actividades del conductor:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.d)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El nombre y los apellidos del conductor:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.d)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Tiene la hoja de registro del tacógrafo analógico alguna zona destinada a anotar el lugar donde se encuentra el conductor al poner o quitar el disco?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.d)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El disco-diagrama u hoja de registro del tacógrafo analógico tiene una zona donde anotar:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.d)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Existe una zona en el disco-diagrama u hoja de registro del tacógrafo analógico donde anotar los kilómetros que marca el contador del vehículo al principio y al final de la utilización del disco?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.d)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Tiene la hoja de registro del tacógrafo analógico una zona donde anotar la fecha de comienzo y fin de utilización de la misma?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.d)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Debe el disco-diagrama u hoja de registro del tacógrafo analógico llevar impresos los datos del fabricante?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La marca de homologación de la hoja de registro utilizada en tacógrafos analógicos es:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Sirve cualquier tipo de hoja de registro para todos los tacógrafos analógicos?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los discos-diagrama de tacógrafo analógico tienen que llevar impreso:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Tiene que aparecer impreso en un disco-diagrama u hoja de registro de tacógrafo analógico el límite superior de velocidad que se puede registrar en el mismo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un vehículo equipado con tacógrafo digital, ¿puede el conductor extraer la tarjeta de conductor al terminar su jornada?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Está obligado un conductor a presentar a los agentes de control la tarjeta de conductor, aunque conduzca un vehículo con tacógrafo analógico?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 36.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si un conductor cambia de un vehículo a otro y ambos tienen tacógrafo analógico, ¿dónde debe anotar la lectura del cuentakilómetros del nuevo vehículo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de que un conductor no pueda utilizar su tarjeta al hacerse cargo de un vehículo con tacógrafo digital, ¿qué deberá hacer?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 35.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Al abrir la caja del tacógrafo analógico, se registra una marca de apertura en la hoja de registro:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.d).2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo analógico registra en la hoja de registro los bloques de tiempos de las actividades del conductor:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.c).4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se diferencian los registros de las actividades del conductor en el disco-diagrama u hoja de registro?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.c).4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo registra las actividades el tacógrafo analógico en el caso de que participen dos conductores en la conducción?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.c).4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, ¿en qué consiste el tiempo de presencia de los conductores profesionales?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, cuando un conductor acompaña a un vehículo en un transbordador, el tiempo empleado está considerado como:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tiempo de espera en una frontera de un vehículo, ¿qué tipo de tiempo es considerado por la normativa laboral española de cara al conductor profesional?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los períodos en los que un conductor, que conduce en equipo, no va conduciendo y el vehículo está en movimiento, ¿cómo se consideran por la normativa laboral española?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Se considera como una infracción de inadecuado funcionamiento del aparato de control:
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.26
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se considera infracción la alteración de las anotaciones obligatorias de un disco-diagrama u hoja de registro?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.9
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Utilizar una tarjeta de conductor obtenida con documentos falsos, ¿qué tipo de infracción se considera?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿A quién corresponde la responsabilidad de las infracciones cometidas por manipulación de los elementos del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La no presentación a los agentes de control de todos los discos utilizados por un conductor en los 28 días anteriores, ¿supone cometer alguna infracción?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.35
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Está un conductor cometiendo alguna infracción si circula utilizando la tarjeta de otro conductor insertada en la ranura 1 del tacógrafo digital?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.22
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo puede levantarse una inmovilización si se produce por una minoración del descanso diario?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 143.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede levantarse una inmovilización, después de 45 minutos de pausa, si se impuso por una conducción diaria de 14 horas?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 143.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo registra el tacógrafo analógico la distancia recorrida por el vehículo en un disco-diagrama u hoja de registro?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.c).2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde se registra la velocidad en un disco-diagrama u hoja de registro?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.c).3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo digital se activa automáticamente:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, V.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo digital funciona correctamente desde:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, V.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántas ranuras para inserción de tarjeta tiene el tacógrafo digital?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿De qué depende el modo de funcionamiento del tacógrafo digital?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se refleja el modo de funcionamiento del tacógrafo digital en la pantalla?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, Apéndice 3.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cualquier advertencia que realiza un tacógrafo digital aparecerá:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué modo de funcionamiento estará un tacógrafo digital si tiene dos tarjetas de conductor insertadas?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un tacógrafo digital, si introducimos una tarjeta de empresa aunque ya haya una de conductor:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si, en una inspección en carretera, el controlador inserta su tarjeta en el tacógrafo digital, pasa a modo:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cambia el modo de funcionamiento del tacógrafo digital dependiendo de las tarjetas que tenga insertadas?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿De qué forma se identifica un usuario en el tacógrafo digital?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se puede utilizar una tarjeta de conductor caducada en el tacógrafo digital?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué acción debe realizar el conductor para extraer su tarjeta del tacógrafo digital?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un tacógrafo digital, ¿se puede extraer la tarjeta con el vehículo en movimiento?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué ocurre cuando la memoria del tacógrafo digital se llena?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.12.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Con qué resolución, como mínimo, debe medir la distancia el tacógrafo digital?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.2.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Pueden transferirse desde el tacógrafo los datos registrados en una tarjeta de conductor?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.18
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los datos registrados en una tarjeta de conductor se pueden descargar:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, IV.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Sustituye la tarjeta de tacógrafo del conductor al permiso de conducir?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 26
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué capacidad tiene la memoria de la tarjeta de conductor?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, IV.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué mecanismo sirve para controlar los tiempos de conducción y descanso del conductor profesional?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La formación continua es obligatoria para los titulares de los permisos de conducir:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La formación continua es obligatoria para los titulares de los permisos de conducir:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Está obligado a utilizar tacógrafo un vehículo dedicado al transporte de mercancías que pertenece a la Administración pública?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.a
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo dedicado al transporte de envíos postales con 15.000 kg de Masa Máxima Autorizada está:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.b
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo que pertenece a Correos, si no supera 7.500 kg de masa máxima autorizada y es conducido por personal de reparto, está:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.b
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué vehículos están exentos del uso de tacógrafo?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.c
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo que recoge leche de una granja y la lleva a una fábrica de envasado está:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.g
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo que transporta animales vivos entre una granja y un mercado local está:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.h
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo que se dedica exclusivamente a transportar material de feria está:
RESPUESTA: B
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.i
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo que traslada una exposición móvil de finalidad educativa, acondicionado para ello, está:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.j
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo de transporte de mercancías utilizado exclusivamente en el aprendizaje y obtención del permiso de conducir, equipado específicamente para ello, está:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.l
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo destinado exclusivamente a trasladar mercancías dentro del recinto de un puerto está:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.n
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo que realiza transporte privado complementario y lleva maquinaria que utiliza el conductor en el ejercicio de su profesión está:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué vehículos están exentos del uso de tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, 2.n
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los vehículos que realizan transportes de mercancías exentos del uso del tacógrafo, ¿están obligados a realizar las revisiones periódicas de dicho aparato en algún caso?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué vehículos de transporte de mercancías están obligados a utilizar tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 2.1.a
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo utilizado para el transporte no comercial de ayuda humanitaria está:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.d
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo que transporta varios turismos averiados entre su base y una ciudad que se encuentra a 200 km está:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué establece la legislación europea en lo que se refiere a la formación de los conductores?
RESPUESTA: A
NORMA: Directiva (UE)2022/2561, art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Es necesario tener el certificado de aptitud profesional para ejercer como conductor profesional de determinado transporte?
RESPUESTA: A
NORMA: Directiva (UE)2022/2561, art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde tiene validez el certificado de aptitud profesional de los conductores?
RESPUESTA: D
NORMA: Directiva (UE)2022/2561, art. 10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué se pretende mejorar con la formación obligatoria de los conductores, adicional a la del permiso de conducir?
RESPUESTA: D
NORMA: Directiva (UE)2022/2561, Considerandos
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué se pretende conseguir con la formación obligatoria de los conductores adicional a la del permiso de conducir?
RESPUESTA: A
NORMA: Directiva (UE)2022/2561, Considerandos
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La formación obligatoria de los conductores profesionales distingue entre:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Pueden seguir los cursos de cualificación inicial los conductores que no posean el permiso de conducir correspondiente?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, art. 5; RD 284/2021, art. 6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué pretende la formación continua de los conductores profesionales?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Para conducir un vehículo para el que sea necesario un permiso de conducir de clase D o D+E, se precisa:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En transporte de mercancías, para conducir un vehículo para el que se precise un permiso de conducir de clase C1 o C1+E, se necesita:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Para conducir un vehículo para el que se precise un permiso de conducir de clase C o C+E, se necesita:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Necesitan certificado de aptitud profesional los conductores de vehículos de los Cuerpos de Seguridad del Estado?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Necesitan certificado de aptitud profesional los conductores de vehículos de bomberos?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
No necesitan certificado de aptitud profesional los conductores de vehículos cuya velocidad máxima sea:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo puede un conductor conseguir el certificado de aptitud profesional que acredite su cualificación inicial?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los cursos de formación continua pueden seguirse en diversos períodos, siempre que:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Para que la Administración autorice a una empresa a impartir cursos para la formación de conductores profesionales debe:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 9
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los cursos de formación para la obtención del CAP, impartidos por una empresa autorizada, deben estar:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 11
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántas horas de conducción individual son necesarias efectuar en los cursos de cualificación inicial para obtener el certificado de aptitud profesional?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Anexo I
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Una vez finalizado el curso de cualificación inicial, ¿cuánto tiempo tienen los aspirantes para presentarse al examen del certificado de aptitud profesional?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 16.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde pueden presentarse al examen los conductores que aspiren a obtener el certificado de aptitud profesional?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 18
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo se expide la tarjeta de cualificación del conductor?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué momento está obligado el conductor a llevar consigo la tarjeta de cualificación profesional?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántas veces al año deberán convocarse exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 17
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo puede realizar un conductor el descanso diario dentro de las 30 horas siguientes al anterior descanso diario?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, ¿cuántas veces puede interrumpir un descanso diario normal un conductor que acompaña a un vehículo en un transbordador?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 9.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué tipo de descanso diario puede realizar un conductor todas las veces que quiera, según la reglamentación social europea?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El descanso diario normal de un conductor en dos períodos (3 horas + 9 horas), ¿puede tomarse tantas veces como se quiera?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál será el período mínimo de descanso semanal normal?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es el mínimo de horas consecutivas de descanso semanal?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De las siguientes acciones, ¿cuál se considera una infracción en un tacógrafo analógico?
RESPUESTA: D
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.22 y 140.35.
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de las siguientes actuaciones sobre el tacógrafo digital se considera infracción?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.22
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El exceso superior al 50 % en los tiempos máximos de conducción ininterrumpida, ¿qué tipo de falta se considera?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.37
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Utilizar hojas de registro no homologadas se considera una falta:
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 141.11
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un exceso de conducción considerado como leve, ¿puede ser motivo de inmovilización del vehículo?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 143.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cuando la tarjeta de un conductor es utilizada por otro que no es el titular, ¿le puede ser retirada por la autoridad competente?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 26.7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Para conducir un vehículo para el que sea necesario el permiso de la clase C1, ¿se precisa estar en posesión del certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Para conducir un vehículo destinado al transporte privado particular de mercancías, ¿es necesario estar en posesión del certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué duración deben tener los cursos posteriores a la formación inicial para mantener la vigencia del certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cualquier período ininterrumpido durante el cual un conductor pueda disponer libremente de su tiempo, ¿a qué concepto corresponde?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.f
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El período de tiempo comprendido entre las 00:00 del lunes y las 24:00 del domingo, ¿a qué corresponde?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.i
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo denomina la normativa de tiempos de conducción y descanso al tiempo acumulado total de conducción entre el final de un período de descanso diario y el principio del siguiente período de descanso diario?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 4.k
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿La minoración de los tiempos de descanso puede dar lugar a una inmovilización?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1211/1990, Art. 202
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de las siguientes infracciones no es motivo de inmovilización del vehículo?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 143.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La utilización de la tarjeta de tacógrafo por otro conductor, ¿será motivo de su retirada por los servicios de inspección del transporte?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 26.7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si un vehículo está provisto de tacógrafo digital, ¿qué es obligatorio llevar a bordo?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 33.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde se realizará la inmovilización de un vehículo?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1211/1990, Art. 202
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cuando la memoria de la tarjeta de tacógrafo digital del conductor esté llena:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, IV.5.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué plazo de validez tiene la tarjeta de conductor para tacógrafo digital?
RESPUESTA: B
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se puede conducir un vehículo equipado con tacógrafo digital sin la tarjeta personal de conductor en algún supuesto?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 29.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué tipos de tarjetas existen para el tacógrafo digital?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, I.kk
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde debe solicitar el conductor su tarjeta para tacógrafo digital?
RESPUESTA: A
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El conductor debe llevar en el vehículo los discos-diagrama:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 36
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué debe hacer un conductor si conduce un vehículo con tacógrafo digital sin tarjeta?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 35.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Las dos primeras horas de espera del conductor para la descarga de su vehículo, ¿cómo se consideran en la normativa laboral española?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es la duración máxima de la jornada semanal de los conductores profesionales?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10 bis.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo se computa el tiempo de traslado desde el domicilio del conductor al centro de trabajo?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 9
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es el período máximo ininterrumpido que se puede conducir un vehículo que lleva tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de los siguientes supuestos se considera tiempo de presencia en la jornada de un conductor, según la normativa laboral española?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1561/1995, art. 8; RD 1561/1995, art. 10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué contiene la marca de homologación de los tacógrafos?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo II, I.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El traslado desde el domicilio del conductor al centro de trabajo y viceversa, ¿se computa dentro de su jornada laboral?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 9
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En el tiempo de trabajo de los conductores profesionales, ¿se tienen que incluir todas las horas trabajadas para uno o más empresarios a la vez?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 1561/1995, 10 bis
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En el caso de trabajo nocturno efectuado por trabajadores móviles del transporte por carretera que no tienen la consideración de trabajador nocturno, la jornada de trabajo por cada período de veinticuatro horas no podrá exceder de:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10 bis
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De los siguientes vehículos, ¿cuáles están exentos de la instalación y uso del tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3; RD 640/2007, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De los siguientes transportes, ¿cuál no está exento de la instalación y uso del tacógrafo en los vehículos que los realicen?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3; RD 640/2007, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué datos registra obligatoriamente un tacógrafo digital?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué es la placa descriptiva del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.e).2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cada cuánto tiempo debe efectuarse la revisión periódica del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, VI, 3; Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, VI, 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de los siguientes datos no queda registrado automática o semiautomáticamente en el tacógrafo analógico?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 4.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo especial utilizado con fines médicos, ¿está obligado a llevar instalado tacógrafo?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre la hoja de registro o discos-diagrama del tacógrafo es verdadera?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 34
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede controlar un conductor el contador totalizador de un tacógrafo analógico sin tener que abrir la caja del mismo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, V.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En la hoja de registro o disco-diagrama del tacógrafo analógico están anotados los datos de su fabricante?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tacógrafo analógico tiene en el frontal, entre los elementos indicadores visibles para el conductor:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.b).3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cómo es la línea de los kilómetros recorridos que queda registrada en el disco-diagrama u hoja de registro?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.c).2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De los siguientes datos, ¿cuál no tiene que anotar el conductor obligatoriamente en el disco-diagrama u hoja de registro?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué otros nombres reciben los discos-diagrama?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 2.2 e
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El conductor debe hacer constar manualmente en el disco-diagrama u hoja de registro:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Durante cuánto tiempo debe permanecer la hoja de registro o disco-diagrama insertado en el tacógrafo?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo se activa inicialmente el tacógrafo digital instalado en un vehículo?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, V.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántos modos de funcionamiento tiene el tacógrafo digital?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde registra datos la unidad intravehicular de un tacógrafo digital?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, III.14
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿El mantenimiento de la vigencia de la tarjeta de cualificación del conductor (CAP) una vez obtenida exige la realización de alguna actividad?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La tarjeta de conductor es personal, pero puede ser retirada por las autoridades si:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 26.7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El conductor debe utilizar su tarjeta de tacógrafo todos los días que conduzca, a partir:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un vehículo dotado de tacógrafo, ¿qué interrupciones deben hacerse intercaladas en el período de 4 horas y media de conducción para sustituir la pausa de 45 minutos?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un vehículo dotado de tacógrafo, el tiempo de conducción diaria no podrá superar en ningún caso:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los tiempos de conducción diaria incluyen:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Quiénes son responsables administrativos de una infracción consistente en la manipulación del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué infracción constituye no utilizar adecuadamente el selector de actividad del tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.26
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué tipo de infracción constituye la manipulación de un tacógrafo digital o la alteración de su funcionamiento normal?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Para cumplir con las condiciones de la formación continua del CAP, los conductores deben realizar un curso cada:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué registro público oficial se anota la realización por un conductor del curso exigido para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP)?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 284/2021, Art. 12.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué vigencia máxima tiene la tarjeta de cualificación del conductor?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 20
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué plazo máximo deben superar el examen para la obtención del CAP los conductores que hayan realizado la formación inicial?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 284/2021, Art. 16.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En que vehículos es obligatoria la instalación y utilización del tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 2.1.a
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Está exento del uso de tacógrafo un vehículo cuya velocidad máxima autorizada no supere 40 kilómetros por hora?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.b
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Está exento del uso del tacógrafo un vehículo especializado en la reparación de averías?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.f
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los vehículos o conjuntos de vehículos utilizados para el transporte no comercial de mercancías, ¿están obligados a utilizar tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 3.h
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo está exento del uso del tacógrafo un transporte privado complementario cuyo objeto es el traslado de material utilizado por el conductor en su profesión?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo dedicado exclusivamente a servicios en recintos cerrados, en los que se desarrollan actividades distintas del transporte por carretera, ¿está exento del uso del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.n
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un vehículo dedicado exclusivamente a la recogida de leche en las granjas, ¿está obligado a utilizar tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 640/2007, art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Las excepciones al uso del tacógrafo previstas en la normativa española, ¿comprenden también los recorridos en vacío que los vehículos tengan que hacer necesariamente antes o después de la realización de uno de los transportes exentos?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 640/2007, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es la función del tacógrafo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 2.2 a y 4.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuáles son los indicadores visibles para el conductor en el frontal de un tacógrafo analógico?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, V.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué son las hojas de registro?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 2.2 e
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cuando el vehículo es utilizado simultáneamente por dos conductores, ¿qué datos se deben registrar en la hoja de registro de un tacógrafo analógico?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué se anotará en la zona para las inscripciones manuscritas de un disco-diagrama u hoja de registro?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Las hojas de registro utilizadas en el tacógrafo analógico deben tener una capacidad para registrar datos de, al menos:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.a).2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un tacógrafo analógico, ¿los registros de la distancia recorrida, la velocidad del vehículo y de la apertura de la caja que contiene la hoja de registro son automáticos?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, III.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Sobre una hoja de registro de tacógrafo analógico se graban una serie de líneas que, siguiendo un orden de dentro a fuera del disco, indican:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.c)
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántos modos de funcionamiento tiene un tacógrafo digital?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué caso puede ser retirada o suspendida la tarjeta de conductor?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 26.7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿En qué caso deben ser descargados los datos contenidos en la tarjeta de conductor?
RESPUESTA: D
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 24
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué tipo de tarjeta identifica al titular o arrendatario de los vehículos?
RESPUESTA: D
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué tipo de tarjeta permite calibrar y activar el tacógrafo digital?
RESPUESTA: A
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué acción de utilización de discos no es correcta en un tacógrafo analógico?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, IV.a).2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál de los siguientes datos debe anotar el conductor en la parte frontal del disco-diagrama?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
De los siguientes datos, ¿cuál debe indicar el conductor en la hoja de registro del tacógrafo analógico?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si se inspecciona en carretera un vehículo equipado con tacógrafo analógico, ¿qué documentos debe llevar el conductor para poder presentar?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 36.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Cuando haya dos conductores en un servicio, ¿cómo deben operar con su tarjeta de conductor?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 34.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿De cuántas tarjetas de tacógrafo puede ser titular un conductor?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 27
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los períodos de espera de carga y descarga, ¿se consideran tiempo de trabajo efectivo para los conductores asalariados?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, si la jornada de un conductor excede de 6 horas, se debe hacer, como mínimo, una pausa de:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10 bis.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, si la jornada de un conductor excede de 9 horas, se debe hacer, como mínimo, una pausa de:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 1561/1995, Art. 10 bis.4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El tiempo diario de conducción no puede ser superior a nueve horas, aunque dos veces por semana se puede llegar a conducir hasta:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si un conductor viaja en ferry, con acceso a una litera, a un lugar para hacerse cargo de un vehículo con tacógrafo, ¿cómo se considera este tiempo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 9.2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Los cursos de formación continua necesarios para renovar la tarjeta de cualificación de conductor se deben realizar en:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 284/2021, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué período de validez tienen las tarjetas que se pueden utilizar en el tacógrafo digital?
RESPUESTA: D
NORMA: OM FOM/1190/2005, Art 5, 11, 16 y 21
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El rojo es el color de fondo predominante en la tarjeta de:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, IV.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En 4 horas y media de conducción, el conductor debe efectuar:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 7
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, el tiempo de trabajo efectivo de los conductores no puede superar:
RESPUESTA: B
NORMA: RD 1561/1995, Art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El modo de funcionamiento del tacógrafo digital cambiará según:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Si tenemos solo una tarjeta de conductor insertada en el tacógrafo digital, su modo de funcionamiento será:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, II.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En lo que se refiere a las tarjetas de tacógrafo, el amarillo es el color de fondo predominante en la tarjeta de:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, IV.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El color de fondo predominante en la tarjeta de conductor es:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CEE) 3821/85, Anexo IB, IV.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Permite la norma que un conductor pueda posponer el descanso semanal hasta 12 períodos consecutivos de 24 horas?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, 8.6 bis
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Un conductor que realice un único viaje de transporte discrecional internacional de viajeros puede posponer el descanso semanal hasta 12 jornadas desde el final del período de descanso semanal normal anterior:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, 8.6 bis
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede un conductor, que realiza un único viaje de transporte discrecional internacional de viajeros, posponer el descanso semanal hasta 12 días, desde el final del descanso anterior, si efectúa después dos descansos semanales normales consecutivos?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, 8.6 bis
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El segundo conductor, en caso de que seleccione la actividad de descanso en el tacógrafo analógico cuando el vehículo está en movimiento, comete una infracción por:
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, Art. 140.26
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En caso de avería en ruta, el plazo en el que debe repararse el tacógrafo es:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 37.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, en el tiempo de trabajo de los conductores computarán:
RESPUESTA: B
NORMA: RD 1561/1995, 10 bis
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Una de las condiciones que debe cumplirse para que un conductor pueda posponer su descanso semanal hasta después de 12 períodos de 24 horas es que el transporte sea:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6 bis
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Una de las condiciones que debe cumplirse para que un conductor pueda posponer su descanso semanal hasta después de 12 períodos de 24 horas es:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, Art. 6 bis
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El acceso a los datos almacenados en el tacógrafo puede efectuarlo en cualquier momento:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 4.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La empresa puede acceder a los datos almacenados en los tacógrafos de sus vehículos:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Art. 4.5
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿La sanción por exceder los tiempos de conducción conlleva pérdida de puntos en el permiso de conducir?
RESPUESTA: A
NORMA: RD Legislativo 6/2015, Anexo II
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿La sanción por no cumplir los tiempos de descanso obligatorios exigidos a un conductor conlleva pérdida de puntos en el permiso de conducir?
RESPUESTA: A
NORMA: RD Legislativo 6/2015, Anexo II
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántos puntos se pierden en el permiso de conducir por exceder los tiempos de conducción en más de un 50 %?
RESPUESTA: C
NORMA: RD Legislativo 6/2015, Anexo II
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántos puntos se pierden en el permiso de conducir por minorar los tiempos de descanso obligatorios para un conductor en más de un 50 %?
RESPUESTA: C
NORMA: RD Legislativo 6/2015, Anexo II
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántos puntos se pierden en el permiso de conducir por exceder los tiempos de conducción en un porcentaje comprendido entre el 25 y el 50 %?
RESPUESTA: D
NORMA: RD Legislativo 6/2015, Anexo II
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántos puntos se pierden en el permiso de conducir por minorar los tiempos de descanso obligatorios para un conductor en un porcentaje comprendido entre el 25 y el 50 %?
RESPUESTA: D
NORMA: RD Legislativo 6/2015, Anexo II
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿La sanción por manipular el tacógrafo conlleva pérdida de puntos en el permiso de conducir para el conductor que haya participado en la manipulación?
RESPUESTA: B
NORMA: RD Legislativo 6/2015, Anexo II
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuántos puntos pierde en el permiso de conducir un conductor que haya colaborado en la manipulación del tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: RD Legislativo 6/2015, Anexo II
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un transporte efectuado por un vehículo de 25 toneladas de MMA entre España y un país del Espacio Económico Europeo:
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
En un transporte entre España y Rusia, efectuado por un vehículo de 25 toneladas de MMA matriculado en España, para regular los tiempos de conducción y descanso del conductor:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se permite superar en algún caso el tiempo máximo de conducción diaria?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se permite superar en algún caso el tiempo máximo de conducción semanal?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se permite superar en algún caso el tiempo máximo de conducción semanal?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Se permite superar en algún caso el tiempo máximo de conducción diario?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Tiene obligación la empresa de conservar las hojas de registro de tacógrafo correspondientes a la actividad de sus conductores?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 33
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
El control de la observancia de errores máximos tolerados en la utilización de un tacógrafo analógico se efectuará:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, Anexo I, VI.3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La modificación efectuada en 2018 en la Directiva que regula el CAP tiene como objetivo:
RESPUESTA: D
NORMA: Directiva (UE)2018/645, Considerandos
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La modificación efectuada en 2018 en la Directiva que regula el CAP pretende incrementar la importancia concedida en la formación a los contenidos relativos a:
RESPUESTA: D
NORMA: Directiva (UE)2018/645, Considerandos
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo se incurre en la infracción consistente en carencia significativa de datos registrados en el tacógrafo?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1211/1990, art. 197.23
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo se incurre en la infracción consistente en carencia significativa de datos registrados en el tacógrafo?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 1211/1990, art. 197.23
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La normativa española sobre ordenación del tiempo de trabajo de los conductores autónomos:
RESPUESTA: C
NORMA: RD 128/2013, art. 1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
La normativa española sobre ordenación del tiempo de trabajo de los conductores autónomos:
RESPUESTA: B
NORMA: RD 128/2013, art. 1; RD 128/2013, art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué clases de tiempo distingue la normativa española sobre ordenación del tiempo de trabajo de los conductores autónomos?
RESPUESTA: A
NORMA: RD 128/2013, art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa española sobre ordenación del tiempo de trabajo de los conductores autónomos, ¿se considera tiempo de trabajo el tiempo dedicado a actividades administrativas generales no vinculadas con una operación de transporte concreta?
RESPUESTA: B
NORMA: RD 128/2013, art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa española sobre ordenación del tiempo de trabajo de los conductores autónomos, ¿qué consideración tiene el tiempo de espera para carga y descarga?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 128/2013, art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa española sobre ordenación del tiempo de trabajo de los conductores autónomos, se considera trabajo nocturno:
RESPUESTA: D
NORMA: RD 128/2013, art. 2
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa española sobre ordenación del tiempo de trabajo de los conductores autónomos, ¿qué tiempo de descanso debe respetar el conductor autónomo?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 128/2013, art. 4
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa española sobre ordenación del tiempo de trabajo de los conductores autónomos, el conductor autónomo tiene obligación de:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 128/2013, art. 6
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, ¿qué tiempo mínimo de descanso entre dos jornadas deben tener los conductores asalariados que trabajan en el ámbito urbano?
RESPUESTA: C
NORMA: RD 1561/1995, art. 9
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, los conductores de transportes urbanos:
RESPUESTA: A
NORMA: RD 1561/1995, art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la normativa laboral española, ¿quién tiene la consideración de trabajador móvil en una empresa de transporte por carretera?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 1561/1995, art. 10
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Quién es responsable de las infracciones relativas a los tiempos de conducción y descanso que se deben respetar en la conducción de vehículos pesados y autobuses?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, art. 138
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué sanción se impone por la comisión de una infracción muy grave de las normas relativas al tacógrafo o a los tiempos de conducción y descanso cuando no se haya sido sancionado en los doce meses anteriores?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, art. 143
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué sanción se impone por la comisión de una infracción muy grave consistente en la manipulación del tacógrafo cuando ya se haya sido sancionado por otra infracción muy grave en los doce meses anteriores, mediante resolución que pone fin a la vía administrativa?
RESPUESTA: D
NORMA: Ley 16/1987, art. 143
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué sanción se impone por la comisión de una infracción grave de las normas relativas al tacógrafo o a los tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, art. 143
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué sanción se impone por la comisión de una infracción leve de las normas relativas al tacógrafo o a los tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, art. 143
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es el plazo de prescripción de las infracciones muy graves de las normas relativas a los tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, art. 145
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es el plazo de prescripción de las infracciones graves de las normas relativas a los tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, art. 145
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es el plazo de prescripción de las infracciones leves de las normas relativas a los tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, art. 145
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es el plazo de prescripción de las sanciones por infracciones leves de las normas relativas a los tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: C
NORMA: Ley 16/1987, art. 145; Ley 40/2015, art. 30
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es el plazo de prescripción de las sanciones por infracciones graves de las normas relativas a los tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: B
NORMA: Ley 16/1987, art. 145; Ley 40/2015, art. 30
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuál es el plazo de prescripción de las sanciones por infracciones muy graves de las normas relativas a los tiempos de conducción y descanso?
RESPUESTA: A
NORMA: Ley 16/1987, art. 145; Ley 40/2015, art. 30
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Cuándo está exento del uso del tacógrafo un transporte de mercancías realizado con un vehículo propulsado por gas natural?
RESPUESTA: D
NORMA: RD 640/2007, Art. 2.m
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Está exento del uso de tacógrafo el vehículo de 7.500 kg de MMA que:
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 3
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según el Reglamento (CE) 561/2006, a efectos del cumplimiento de los tiempos de descanso semanal, ¿qué condición debe cumplirse, entre otras, para que se considere que un conductor se dedica al transporte internacional de mercancías?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según el Reglamento (CE) 561/2006, a efectos del cumplimiento de los tiempos de descanso semanal, ¿qué condición debe cumplirse, entre otras, para que se considere que un conductor se dedica al transporte internacional de mercancías?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según el Reglamento (CE) 561/2006, un conductor puede prolongar su conducción diaria hasta un máximo de 1 hora si:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según el Reglamento (CE) 561/2006, un conductor puede prolongar su conducción semanal hasta un máximo de 1 hora si:
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según el Reglamento (CE) 561/2006, ¿cómo debe el empresario organizar el trabajo de los conductores?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según el Reglamento (CE) 561/2006, el conductor que se dedique al transporte internacional de mercancías, ¿cómo puede realizar el descanso semanal?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según el Reglamento (CE) 561/2006, ¿qué conductores pueden realizar dos descansos semanales reducidos consecutivos?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según el Reglamento (CE) 561/2006, ¿qué condición debe cumplirse, entre otras, para que un conductor pueda superar el máximo de conducción diaria establecido?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según el Reglamento (CE) 561/2006, ¿qué condición debe cumplirse, entre otras, para que un conductor pueda superar el máximo de conducción semanal establecido?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 12
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede un conductor tomar el descanso semanal normal en un vehículo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8.8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Puede un conductor tomar el descanso semanal normal en un vehículo?
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8.8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Dónde debe tomar un conductor un descanso semanal de más de 45 horas que sea compensación de otros descansos previos reducidos?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8.8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué características debe reunir el alojamiento en el que un conductor tome el descanso semanal normal?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8.8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué características debe reunir el alojamiento en el que un conductor tome un descanso semanal de más de 45 horas como compensación de descansos previos reducidos?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8.8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Qué características debe reunir el alojamiento en el que un conductor tome el descanso semanal normal?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8.8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
¿Quién debe asumir los gastos de alojamiento cuando el conductor tiene que realizar su descanso fuera del vehículo?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8.8
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, los períodos de descanso semanal de un conductor que empiezan en una semana y terminan en la siguiente:
RESPUESTA: C
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8.9
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, ¿cuántas veces puede interrumpir su periodo de descanso semanal reducido, para llevar a cabo otras actividades, un conductor que acompaña a un vehículo en un transbordador?
RESPUESTA: A
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 9.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, un conductor que acompaña a un vehículo en un transbordador y tiene acceso a una cabina para dormir, ¿puede interrumpir su periodo de descanso semanal normal para llevar a cabo otras actividades?
RESPUESTA: B
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 9.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales
Según la reglamentación social europea, un conductor que acompaña a un vehículo en un transbordador, ¿puede interrumpir su periodo de descanso semanal normal para llevar a cabo otras actividades?
RESPUESTA: D
NORMA: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 9.1
REFERENCIA DOCTRINAL: Sin referencias doctrinales