Fecha de publicación 14/07/2022
Nº expediente | Clasificación suceso | Tipo suceso | |
---|---|---|---|
46/2022 | Incidente | Incidente operacional | |
Fecha | Hora | Línea | |
01/06/2022 | 11:11 | 240 Sant Vicenç de Calders-L´Hospitalet de Llobregat | |
P.K | Estación más cercana | Municipio | Provincia |
82+000 | El Papiol | El Papiol | Barcelona |
Empresas implicadas | |||
Administrador de la infraestructura | Adif | ||
Empresa ferroviaria 1 | Renfe Viajeros | ||
Empresa ferroviaria 2 | |||
Daños personales | |||
Fallecido | Herido grave | Herido leve | |
Viajero | |||
Empleado | |||
Usuario paso a nivel | |||
Persona no autorizada | |||
Otros | |||
Total | 0 | 0 | 0 |
Nota: Los datos que aquí figuran son los recogidos inicialmente y pueden ser modificados en el proceso de investigación.
Expediente 46/2022. El tren de Rodalies 77721 retrocede sin autorización desde el apeadero de El Papiol (trayecto de Molins de Rei a Castellbisbal) por la vía I, hacia la estación de Molins de Rei. El CTC detecta lo sucedido e intenta contactar con el maquinista sin éxito, ante lo que primero detienen el siguiente tren (77523) en Molins de Rei, y después lo envían por la vía II (banalizada) con instrucciones de establecer contacto con el 77721. Finalmente se establece contacto y se detiene el 77721 ante la señal de entrada E4 de Molins de Rei. El maquinista del 77721 declara que habría confundido el apeadero de El Papiol con la estación de Castellbisbal, donde tenía que hacer rotación. Antes del suceso había estado de baja de 8 meses, y 2 meses de vacaciones (alega también problemas familiares). Cambió de cabina y realizó la rotación, pero al tener problemas para comunicarse y dar el tren dispuesto inició la marcha. No se produjeron daños personales.
Con el fin de dar cumplimiento al artículo 15.2 del Real Decreto 623/2014 de 18 de julio, siempre que no perjudique a los objetivos de la investigación y sea compatible con está, aquellas personas y entidades que se consideren que pueden estar incluidas en alguno de los colectivos que se citan en el artículo 14.7 de la citada norma, y estén interesados en tener acceso a información relativa sobre los hechos acaecidos y las investigaciones efectuadas, disponen de 21 días naturales para registrarse como tales a partir de la fecha de publicación.
Para ello, pueden rellenar el siguiente formulario, indicando el número de expediente del suceso y la información por la que se interesan. Asimismo, deberán acreditar su condición incluyendo nombre completo del solicitante, dirección electrónica y relación con el suceso a investigar.
Una vez se avance en la fase de investigación, lo que puede tardar cierto tiempo, se remitirá si procede la información solicitada, habiendo un plazo de quince días hábiles para que, en su caso, se formulen observaciones al respecto.