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Programa de subvenciones de eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías: beneficiarios (2ª convocatoria)

Son potenciales beneficiarios del eco-incentivo marítimo todas aquellas personas físicas o jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea que hayan realizado el pago del flete marítimo correspondiente a la actividad subvencionable, ya se trate del cargador, del transportista o del operador de transporte.

Es decir, deben embarcar unidades elegibles (remolques, semirremolques o vehículos pesaos rígidos) en un buque ro-ro, con-ro o ro-pax en lugar de  utilizar la carretera para trasladar la mercancía a su destino final.

Servicios elegibles

Los servicios elegibles están definidos en el Anexo II de la convocatoria y han sido definidos mediante un proceso previo de selección de navieras como entidades colaboradoras. Tras el segundo proceso de selección, las navieras Britanny Ferries Bilbao SL, Suardiaz Atlántica SL y Flota Suardiaz SL mantienen vigentes el convenio firmado en el primer proceso. Las otras tres navieras seleccionadas igualmente en el primer proceso, CLdN Ro-Ro SA, Grimaldi Euroned SpA y Finnlines Oyj, presentaron modificaciones en algunos de los servicios marítimos elegibles. Así, los servicios elegibles para esta segunda convocatoria, con su correspondiente eco-incentivo, son los siguientes:

Tabla de datos
Puertos servicio eco-incentivo (/euros//Unidad elegible) Entidad colaboradora
Barcelona-Livorno 29,3 GRIMALDI EUROMED SPA
Barcelona-Savona 26,2 GRIMALDI EUROMED SPA
Bilbao-Rosslare 14,6 BRITTANY FERRIES BILBAO SL
Bilbao-Zeebrugge 11,5 FINNLINES OYJ
Bilbao-Antwerp 9,6 FINNLINES OYJ
Sagunto-Salerno 91,3 GRIMALDI EUROMED SPA
Santander-Zeebrugge 42,1 CLdN RoRo SA
Santander-Dublín 55,3 CLdN RoRo SA
Valencia-Livorno 102,8 GRIMALDI EUROMED SPA
Valencia-Savona 101,2 GRIMALDI EUROMED SPA
Vigo-Montoir 154,2 FLOTA SUARDIAZ SL
Vigo-Zeebrugge 128,1 FLOTA SUARDIAZ SL
Vigo-Montoir 69,0 SUARDIAZ ATLÁNTICA SL

Por lo tanto, los servicios con los que comienza este programa salen de los puertos de Barcelona, Bilbao, Valencia, Sagunto, Santander y Vigo con destino a puertos ubicados en otros países de la UE como Bélgica, Francia, Irlanda e Italia.

Gráfica con los puertos de origen y destino elegibles así como los itinerarios de las navieras colaboradoras

Descripción de la imagen

La imagen representa un mapa de Europa occidental y un listado de los servicios elegibles de la segunda convocatoria de solicitud de ayudas del programa del eco-incentivo marítimo: puertos de origen y destino, rutas y navieras colaboradoras. Este plan de ayudas a la demanda forma parte del Programa de apoyo para un transporte digital y sostenible y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por los fondos europeos de recuperación (Next Generation EU).

  • En lo relativo a los puertos y navieras colaboradoras:
    • Valencia a Livorno con Grimaldi.
    • Valencia a Savona con Grimaldi.
    • Barcelona a Livorno con Grimaldi.
    • Barcelona a Savona con Grimaldi.
    • Sagunto a Salerno con Grimaldi.
    • Bilbao a Zeebrugge y Antwerp con Finnlines.
    • Bilbao a Rosslare con Britanny Ferries.
    • Santander a Zeebrugge con CLdN.
    • Santander a Dublín con CLdN.
    • Vigo a Montoir con Flota Suardiaz.
    • Vigo a Zeebrugge con Flota Suardiaz.
    • Vigo a Montoir con Suardiaz Atlántica.

El eco-incentivo marítimo está prefijado para cada servicio marítimo elegible y el usuario genera el derecho a solicitarlo por cada viaje que realice durante el periodo señalado. Estas ayudas se deberán solicitar una vez haya transcurrido el periodo de elegibilidad. 

Cada trayecto que se realice con una unidad elegible entre los puertos que definen el servicio genera el derecho a solicitar el eco-incentivo asignado al mismo, indistintamente del sentido en el que se haga.  Por lo tanto, un recorrido de ida y vuelta permitiría devengar dos veces dicho eco-incentivo.

En resumen, se tiene derecho a obtener el eco-incentivo por cada unidad elegible embarcada y trayecto realizado.

Gráfica con los servicios marítimos elegibles

Descripción de la imagen

La imagen representa aspectos básicos de lo que se denomina en las bases reguladoras del Programa del eco-incentivo marítimo, Servicios elegibles. Este plan de ayudas a la demanda forma parte del Programa de apoyo para un transporte digital y sostenible y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por los fondos europeos de recuperación (Next Generation EU).

  • En lo relativo a entidades colaboradoras:
    • Para que una naviera tenga consideración de entidad colaboradora, esta debe disponer al menos de un servicio elegible.
  • En lo referente a potenciales beneficiarios:
    • Los beneficiarios perciben el eco-incentivo por utilizar un servicio elegible como alternativa al transporte por carretera.
  • Requisitos para la elegibilidad de un servicio:
    • El servicio debe admitir el embarque de unidades elegibles (busques ro-ro, con-ro o ro-pax).
    • Debe conectar un puerto español con otro de un estado miembro de la UE.
    • Debe tratarse de rutas regulares con 2 o más frecuencias semanales, que podrán reducirse a solamente una por semana si concurren circunstancias singulares que lo justifiquen.

Los servicios elegibles seleccionados, así como el valor de su eco-incentivo, son susceptibles de sufrir modificaciones si se alterasen las condiciones que motivaron su aprobación.

Abierto el plazo de solicitud de ayudas Novedad

La solicitud de ayudas correspondientes a la primera convocatoria podrá presentarse entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023 a las 12:00 horas del mediodía. Esta solicitud debe llevarse a cabo a través de la sede electrónica de Mitma.

Importante: Los tráficos subvencionables serán aquellos que hayan utilizado alguno de los servicios elegibles entre el 20 de septiembre de 2022 y el 31 de marzo de 2023. 

Documentación de interés:

Puede encontrar más información sobre la presente convocatoria en el enlace: ‘Bases reguladoras y convocatorias‘.

Los servicios elegibles han sido identificados a través del proceso de selección de entidades colaboradoras (navieras), que han propuesto los requisitos siguientes:

  1. Aquellos que admiten el embarque de unidades elegibles (buques ro-ro, con-ro o ro-pax).
  2. Que conecte puertos situados en el territorio de los Estados miembros de la Unión Europea, y que el origen o destino sea un puerto de interés general del territorio nacional.
  3. Que sea un servicio regular cuya frecuencia mínima preferente sea igual o superior a dos salidas semanales, aunque se podrá aceptar una frecuencia por semana de forma justificada, siempre que garantice el cumplimiento de los objetivos del programa como son la descarbonización de la economía y la necesidad de dar respuesta al cambio climático.
  4. Que exista una ruta alternativa de transporte por carretera para la línea.

(*) Para más información, puede consultar en este enlace el listado de servicios elegibles y el eco-incentivo asignado.

Los remolques, los semirremolques y los vehículos pesados rígidos, independientemente de si van llenos o no, puesto que no se tiene en cuenta el peso de la carga. Es decir, que si un transportista sube al buque un camión rígido que arrastra un remolque, contará como dos unidades elegibles, por lo que en vez de recibir el incentivo fijado  para ese trayecto, tendrá derecho a ingresar el doble del valor de la ayuda. Aunque el semirremolque se puede subir al buque con la cabeza tractora, esta no se considera unidad elegible por lo que sólo contaría como una unidad. Si el semirremolque arrastra a su vez un remolque (tren de carretera), sí que serían dos unidades elegibles.


Obligaciones de los beneficiarios

Una vez los potenciales beneficiarios reciban las ayudas, tendrán que cumplir estas obligaciones:

  • Garantizar que la actividad realizada cumple con la legislación y política ambiental y el principio DNSH de “no causar un perjuicio significativo” del etiquetado climático previsto en el PRTR y el MRR.
  • Cumplir con lo recogido en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
  • Cumplir las instrucciones en materia de ejecución, seguimiento, pago de las subvenciones, información y publicidad, justificación y control del gasto.
  • Comunicar de inmediato cualquier modificación de las condiciones inicialmente informadas en la solicitud.
  • Asegurarse de que los gastos declarados son conformes, en su caso, con la normativa reguladora de fondos comunitario y las normas aplicables de ayudas de Estado, y que no existe doble financiación del gasto con otras ayudas.
  • Mantener un sistema de contabilidad separado para todas las transacciones relacionadas con la actividad subvencionada que permita identificarlas claramente.
  • Conservar los documentos justificativos de la subvención.
  • Autorizar expresamente a la Comisión, a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, al Tribunal de Cuentas y a la Fiscalía Europea a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 129,del Reglamento Financiero.
  • Declarar las ayudas como un ingreso percibido en sus cuentas anuales.
  • Cumplir con los requisitos de difusión y publicidad de las ayudas obtenidas.

Aviso importante: Las pymes y autónomos son potenciales beneficiarios de las ayudas en las mismas condiciones que las empresas de mayor tamaño puesto que no hay limitación por tráficos o por la cuantía de la ayuda solicitar. No podrán ser beneficiarios de un servicio aquellas entidades que hayan obtenido, previamente, la condición de entidad colaboradora para dicho servicio. Por último, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones en las bases reguladoras, y de las recogidas en la convocatoria, puede causar la pérdida del derecho al cobro o para el reintegro de la subvención concedida.

Documentación y normativa

Enlaces de interés

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