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Programa de subvenciones de eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías: beneficiarios (1ª convocatoria)

Son potenciales beneficiarios del eco-incentivo marítimo todas aquellas personas físicas o jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea que hayan realizado el pago del flete marítimo correspondiente a la actividad subvencionable, ya se trate del cargador, del transportista o del operador de transporte.

Es decir, deben embarcar unidades elegibles (remolques, semirremolques o vehículos pesados rígidos) en un buque ro-ro, con-ro o ro-pax en lugar de  utilizar la carretera para trasladar la mercancía a su destino final.

El 19 de abril de 2023 se celebró un webinar informativo sobre el proceso de solicitud de ayuda. Puede consultar en este documento las preguntas y respuestas que se plantearon:

Servicios elegibles

Los servicios elegibles están definidos en el Anexo II de la convocatoria y han sido definidos mediante un proceso previo de selección de navieras como entidades colaboradoras. De esta primera selección han resultado como entidades colaboradoras las siguientes navieras: Brittany Ferries, Suardiaz Atlántica, Flota Suardiaz, CLdN RoRo, Grimaldi Euromed SpA y Finnlines Oyj; y sus servicios elegibles con su correspondiente eco-incentivo, son los siguientes:

Tabla de datos
Puertos servicio eco-incentivo (€/Unidad elegible) Entidad colaboradora
Barcelona-Livorno 29,3 GRIMALDI EUROMED SPA
Barcelona-Savona 26,2 GRIMALDI EUROMED SPA
Bilbao-Rosslare 6,8 BRITTANY FERRIES BILBAO SL
Bilbao-Zeebrugge 7,2 FINNLINES OYJ
Bilbao-Antwerp 7,2 FINNLINES OYJ
Bilbao-Helsinki 5,6 FINNLINES OYJ
Bilbao-Kotka 5,6 FINNLINES OYJ
Bilbao-Paldisky 5,6 FINNLINES OYJ
Sagunto-Salerno 41,7 GRIMALDI EUROMED SPA
Santander-Zeebrugge 50,2 CLdN RoRo SA
Santander-Dublín 60 CLdN RoRo SA
Valencia-Livorno 102,8 GRIMALDI EUROMED SPA
Valencia-Savona 101,2 GRIMALDI EUROMED SPA
Vigo-Montoir 154,2 FLOTA SUARDIAZ SL
Vigo-Zeebrugge 128,1 FLOTA SUARDIAZ SL
Vigo-Montoir 69 SUARDIAZ ATLÁNTICA SL

Por lo tanto, los servicios con los que comienza este programa salen de los puertos de Barcelona, Bilbao, Valencia, Sagunto, Santander y Vigo con destino a puertos ubicados en otros países de la UE como Alemania, Bélgica, Estonia, Finlandia, Francia, Irlanda e Italia.

Infografía de los servicios elegibles - Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
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El eco-incentivo marítimo está prefijado para cada servicio marítimo elegible y el usuario genera el derecho a solicitarlo por cada viaje que realice durante el periodo señalado. Estas ayudas se deberán solicitar una vez haya transcurrido el periodo de elegibilidad. 

Cada trayecto que se realice con una unidad elegible entre los puertos que definen el servicio genera el derecho a solicitar el eco-incentivo asignado al mismo, indistintamente del sentido en el que se haga.  Por lo tanto, un recorrido de ida y vuelta permitiría devengar dos veces dicho eco-incentivo.

En resumen, se tiene derecho a obtener el eco-incentivo por cada unidad elegible embarcada y trayecto realizado.

Infografía de los servicios elegibles - Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
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Consulta de dudas sobre la solicitud

Si tiene dudas sobre su solicitud, diríjase al buzón info.ecomaritimo@mitma.es. Trataremos de responder a la mayor brevedad posible.

Abierto el plazo de elegibilidad Novedad

La segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías se publicó en la Orden Ministerial de 26 de abril de 2023.

La convocatoria subvencionará los tráficos realizados desde 29 de abril de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024. El plazo para solicitar las ayudas será análogo al de la primera convocatoria yendo desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2024.

Puede encontrar más información sobre la presente convocatoria en el enlace: ‘Bases reguladoras y convocatorias

Acceso a la sede electrónica

Los servicios elegibles han sido identificados a través del proceso de selección de entidades colaboradoras (navieras), que han propuesto los requisitos siguientes:

  1. Aquellos que admiten el embarque de unidades elegibles (buques ro-ro, con-ro o ro-pax).
  2. Que conecte puertos situados en el territorio de los Estados miembros de la Unión Europea, y que el origen o destino sea un puerto de interés general del territorio nacional.
  3. Que sea un servicio regular cuya frecuencia mínima preferente sea igual o superior a dos salidas semanales, aunque se podrá aceptar una frecuencia por semana de forma justificada, siempre que garantice el cumplimiento de los objetivos del programa como son la descarbonización de la economía y la necesidad de dar respuesta al cambio climático.
  4. Que exista una ruta alternativa de transporte por carretera para la línea.

(*) Para más información, puede consultar en este enlace el listado de servicios elegibles y el eco-incentivo asignado.

Los remolques, los semirremolques y los vehículos pesados rígidos, independientemente de si van llenos o no, puesto que no se tiene en cuenta el peso de la carga. Es decir, que si un transportista sube al buque un camión rígido que arrastra un remolque, contará como dos unidades elegibles, por lo que en vez de recibir el incentivo fijado  para ese trayecto, tendrá derecho a ingresar el doble del valor de la ayuda. Aunque el semirremolque se puede subir al buque con la cabeza tractora, esta no se considera unidad elegible por lo que sólo contaría como una unidad. Si el semirremolque arrastra a su vez un remolque (tren de carretera), sí que serían dos unidades elegibles.


Obligaciones de los beneficiarios

Una vez los potenciales beneficiarios reciban las ayudas, tendrán que cumplir estas obligaciones:

  • Garantizar que la actividad realizada cumple con la legislación y política ambiental y el principio DNSH de “no causar un perjuicio significativo” del etiquetado climático previsto en el PRTR y el MRR.
  • Cumplir con lo recogido en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
  • Cumplir las instrucciones en materia de ejecución, seguimiento, pago de las subvenciones, información y publicidad, justificación y control del gasto.
  • Comunicar de inmediato cualquier modificación de las condiciones inicialmente informadas en la solicitud.
  • Asegurarse de que los gastos declarados son conformes, en su caso, con la normativa reguladora de fondos comunitario y las normas aplicables de ayudas de Estado, y que no existe doble financiación del gasto con otras ayudas.
  • Mantener un sistema de contabilidad separado para todas las transacciones relacionadas con la actividad subvencionada que permita identificarlas claramente.
  • Conservar los documentos justificativos de la subvención.
  • Autorizar expresamente a la Comisión, a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, al Tribunal de Cuentas y a la Fiscalía Europea a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 129,del Reglamento Financiero.
  • Declarar las ayudas como un ingreso percibido en sus cuentas anuales.
  • Cumplir con los requisitos de difusión y publicidad de las ayudas obtenidas.

Aviso importante: Las pymes y autónomos son potenciales beneficiarios de las ayudas en las mismas condiciones que las empresas de mayor tamaño puesto que no hay limitación por tráficos o por la cuantía de la ayuda solicitar. No podrán ser beneficiarios de un servicio aquellas entidades que hayan obtenido, previamente, la condición de entidad colaboradora para dicho servicio. Por último, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones en las bases reguladoras, y de las recogidas en la convocatoria, puede causar la pérdida del derecho al cobro o para el reintegro de la subvención concedida.

Documentación y normativa

Enlaces de interés

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