El programa de apoyo al transporte sostenible y digital, incluido en el Componente 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), está formado por 15 medidas y cuenta con una dotación presupuestaria de 800 millones de euros de los fondos europeos NextGenerationEU. Una de las 15 de las medidas, que cuenta con un crédito de 135 millones de euros, persigue incentivar el uso del transporte ferroviario y marítimo de mercancías estableciendo dos programas de eco-incentivos que premien el ahorro de costes externos medioambientales y socioeconómicos generados por el uso de ambos modos frente a la carretera.
En concreto, el eco-incentivo marítimo cuenta con un presupuesto inicial de 60 millones de euros para subvencionar el desarrollo y uso del transporte marítimo de mercancías de forma proporcional a un mérito socioeconómico y ambiental, medido como la reducción de los costes externos del transporte al utilizar el modo marítimo frente a la carretera. Así, su finalidad es doble: por un lado, consolidar e incrementar la cuota modal del transporte marítimo de mercancías, mejorando su desempeño ambiental. Y, por otro, promover el trasvase del modo carretera al marítimo con criterios de sostenibilidad objetivos. De este modo se ayuda a descarbonizar la economía, dar repuesta al cambio climático y se reduce la contaminación atmosférica y el impacto social y económico de la actividad de transporte.
Los costes externos del transporte contemplados para definir estas ayudas son el cambio climático (gases de efecto invernadero), la contaminación atmosférica, la congestión, la accidentalidad y el ruido. Para calcular el ahorro generado por utilizar el modo marítimo frente a la carretera, el Ministerio ha tomado como referencia el Manual de costes externos del transporte de la Comisión Europea (UE,2019) que, por ejemplo, señala que el transporte de mercancías en buque genera en la Unión Europea unos costes externos asociados a los accidentes (accidentalidad) de 63,3 millones de euros, mientras que el transporte por carretera, incluyendo pesado y ligero, arroja una factura total de 42.800 millones de euros en la Europa de los 28 en el mismo periodo.
Descripción de la imagen: La imagen representa aspectos básicos del programa de subvenciones en concurrencia no competitiva de eco-incentivo marítimo. Este plan de ayudas a la demanda forma parte del Programa de apoyo para un transporte digital y sostenible y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por los fondos europeos de recuperación (Next Generation EU).
En esta página encontrará información sobre la Orden Ministerial 391/2022, de 26 de abril, cuyo objeto es aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, y el procedimiento y la convocatoria para la selección de entidades que participarán en su gestión.
Las entidades colaboradoras son navieras que cuentan con servicios que resulten elegibles y que colaboran en la gestión del programa de subvenciones, sin entrega ni distribución de los fondos. Para ello, por un lado, operan el servicio cuyo uso constituye la actividad subvencionable y, por otro, suministran a la administración información sobre los beneficiarios necesaria para la gestión del programa. Los beneficiarios de las ayudas son empresas o autónomos cargadores, transportistas u operadores de transporte que pagan el flete para embarcar un camión rígido, un remolque o un semirremolque en lugar de utilizar la carretera para trasladar la mercancía a su destino final.
En líneas generales, el ámbito de aplicación de las subvenciones es el tráfico internacional de transporte de mercancías por carretera que utilice los servicios e infraestructura de transporte marítimo de competencia estatal dentro del territorio nacional. Es decir, se incentiva al transportista por carretera (demanda) a que opte por la vía marítima para mover la mercancía de un país a otro de la Unión Europea. En este punto, hay que tener en cuenta:
Sólo se subvencionan los tráficos internacionales que se realicen entre puertos de los Estados miembros de la Unión Europea y siempre que la ruta sea regular de carácter semanal, tenga origen o destino final un puerto español y una ruta alternativa de transporte por carretera. Si dicha ruta incluye el cruce de canales o estrechos por vía marítima se tendrá en consideración la elegibilidad de los servicios siempre y cuando no se limite al cruce de dichos canales o estrechos. Es decir, en líneas general no será elegible una ruta entre un puerto continental y una isla de la UE, como por ejemplo un Palma de Mallorca-Civitavecchia o un Santa Cruz de Tenerife-Lisboa, sin embargo, sí que serían elegibles rutas como Ferrol-Drogheda (Irlanda), Ceuta-Marsella (Francia) o Alicante-Palermo (Italia). Y es que, aunque haya que cruzar el canal de la Mancha, el canal de San Jorge, el estrecho de Gibraltar o el de Mesina, en cada caso, un alto porcentaje de la ruta alternativa terrestre es por carretera.
Por su parte, si una naviera opera dos veces a la semana la ruta Valencia - Marsella con escala en Tarragona, sólo será elegible el trayecto entre Valencia y Marsella o entre Tarragona y Marsella. Así, los transportistas que utilicen el servicio entre Valencia y Tarragona no tendrán derecho a solicitar el eco-incentivo ya que no se subvencionan los tráficos de cabotaje.
El coste subvencionable será el correspondiente a la reducción de costes externos en territorio nacional al realizar la actividad subvencionable. La normativa vigente no permite subvencionar una actividad que se realice fuera de España por lo que el programa incentivará el ahorro de costes externos que se genere dentro del territorio al sustituir la carretera por el modo marítimo. En este sentido, si un transportista opta por utilizar la ruta marítima del ejemplo anterior para trasladar el semirremolque del puerto de Valencia al de Marsella, en lugar de ir por carretera, tendrá derecho a ingresar una subvención proporcional a los ahorros de los costes externos del transporte generados dentro de España. Es decir, de los casi 850 kilómetros (km) de carretera que separan los puertos de Valencia y Marsella, el transportista obtendrá incentivos por los algo más de 535 km que separan el puerto español de la frontera con Francia, yendo por la costa. Así, el eco-incentivo se calcula dividiendo los km de la ruta por carretera que pasan por España entre la distancia total de la misma y el resultado se multiplica por el valor del ahorro unitario de coste externo o ahorro por vehículo.
Podrán solicitar las subvenciones las empresas o autónomos que paguen el flete (ayudas a la demanda), siempre y cuando se embarque un remolque, un semirremolque o un vehículo pesado rígido. Por ejemplo, tanto los cargadores, como los transportistas y los operadores de transporte o logísticos son potenciales beneficiarios del eco-incentivo marítimo si sufragan el embarque de un camión rígido, un semirremolque o un remolque. Para más información, puedes acceder a la información ampliada sobre potenciales beneficiarios.
Descripción de la imagen: La imagen representa aspectos básicos del programa de subvenciones en concurrencia no competitiva de eco-incentivo marítimo. Este plan de ayudas a la demanda forma parte del Programa de apoyo para un transporte digital y sostenible y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por los fondos europeos de recuperación (Next Generation EU).
El programa de eco-incentivo marítimo se articula en tres ciclos, que abarcan desde 2022 hasta 2025. Cada ciclo arranca con la convocatoria para la selección de navieras colaboradoras, proceso necesario para elaborar la lista de los servicios elegibles que se publicará junto a la convocatoria de ayudas y que marcará el inicio del correspondiente periodo subvencionable. Tras su cierre, los potenciales beneficiarios podrán solicitar las subvenciones devengadas por embarcar las unidades elegibles.
Costes externos o externalidades negativas: costes económicos asociados al transporte y la movilidad, como accidentes, congestión, contaminación atmosférica, cambio climático, ocupación y fragmentación del territorio, o ruido, cuyo coste social no se refleja en el precio, lo que puede provocar que no se tengan en cuenta en la ordenación y gestión de la actividad, ni en las decisiones que toman los agentes económicos que operan en ella.
Semirremolque: vehículo sin motor que va enganchado o acoplado sobre la quinta rueda de una cabeza tractora reposando parte de su peso sobre la misma. No cuentan con un eje delantero.
Remolque: vehículo sin motor que va arrastrado por un vehículo remolcador o camión rígido.
Camión rígido: vehículo pesado de transporte de mercancías cuya estructura es de una sola pieza, es decir, la cabina del conductor y el remolque se encuentran unidos. En comparación con los camiones articulados, son de menor tamaño y no tienen la posibilidad de despegarse. Se destina principalmente al transporte por ciudad por sus dimensiones limitadas.
Buque ro-ro: Ro-ro es un acrónimo de Roll-on/roll of, que en castellano se conoce como “carga rodada”. Es una técnica de transporte marítimo en la que vehículos terrestres (camiones, vagones, etc.) suben a un barco por medio de una pasarela tendida desde el muelle.
Buque con-ro: es una embarcación híbrida entre un buque de transporte de carga rodada (ro-ro) y un portacontenedores. Los contenedores se colocan sobre la cubierta exterior y la carga rodada se ubica en las cubiertas interiores.
Buque ro-pax: es un buque comercial, cuya misión es el transporte de carga rodada (trailers, coches, remolques, etc.) junto con pasajeros.
Aviso importante: el contenido de esta página es meramente informativo. Para poder presentar una o varias solicitudes de ayuda es necesario leerse la Orden Ministerial 391/2022, de 26 de abril, que aprueba las bases regulatorias y la convocatoria, ya que es la que contiene la información oficial y vinculante.
La solicitud de ayudas correspondientes a la primera convocatoria podrá presentarse entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023 a las 12:00 horas del mediodía. Esta solicitud debe llevarse a cabo a través de la sede electrónica de Mitma.
Importante: Los tráficos subvencionables serán aquellos que hayan utilizado alguno de los servicios elegibles entre el 20 de septiembre de 2022 y el 31 de marzo de 2023.
Para más información sobre la presente convocatoria, puede acceder a beneficiarios.