Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Logotipo de Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU y el Plan PRTR
Logo España Plan de Recuperación

M4: Construcción, adaptación o mejora de cargaderos y terminales intermodales ferrocarril-carretera, y sus conexiones terrestres

Tren de mercancias

El Programa de apoyo al transporte sostenible y digital, incluido en el Componente 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR),está formado por 15 medidas, de las que 13 se conceden a través de la presente convocatoria de ayudas en concurrencia competitiva y en las que se garantizan los principios de libertad de acceso, publicidad, transparencia e igualdad de trato. El crédito asignado a estas 13 medidas es de 460 millones de euros.

La Medida 4 (M4) Construcción, adaptación o mejora de cargaderos y terminales intermodales ferrocarril-carretera, y sus conexiones terrestres, que se describe en esta página, forma parte de estas 13 medidas y, en concreto, está recogida en la Línea 2 del programa, Fomento de la intermodalidad del transporte, que cuenta con 75 millones de los fondos europeos. El objetivo de esta línea es, así, impulsar la transferencia modal del transporte de mercancías de la carretera al ferrocarril.

El trasvase modal de la carretera hacia el ferrocarril contribuirá a rebajar la dependencia que España tiene del petróleo importado y a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Además, el impulso al ferrocarril contribuirá a reducir la congestión del tráfico, el ruido o la accidentalidad. En este sentido, aumentar el peso del transporte ferroviario, tanto en el transporte de viajeros como en el de mercancías, permitirá reducir de forma drástica las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

En España es clave potenciar el transporte ferroviario de mercancías, que tiene menos de un 5% de la cuota modal, para ayudar a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y ganar eficiencia. Y es que el ferrocarril emite por unidad de transporte-km casi doce veces menos emisiones directas que la carretera en pauta no urbana y es casi cinco veces más eficiente.

En este contexto, la Medida 4 cuenta con un presupuesto de 75 millones de euros para ayudar a alcanzar uno de los objetivos del Componente 6, que es impulsar modos de transporte más sostenibles, con la mejora de la interoperabilidad ferroviaria.

A continuación, encontrará información sobre las condiciones específicas que deben cumplir los potenciales beneficiarios para optar a las ayudas de la Medida 4, el tipo de proyectos susceptibles de ser financiados, etc. Toda la información y detalles sobre la Medida 4 están disponibles en el Anexo I de la Orden Ministerial 370/2022 de 21 de abril por la que se aprueban las Bases Reguladoras para el Programa de apoyo al transporte sostenible y digital en concurrencia competitiva.

Potenciales beneficiarios

En líneas generales, pueden optar al programa de apoyo al transporte sostenible y digital todas aquellas personas jurídicas privadas o entidades del sector público, que ejerzan una actividad económica en el mercado relacionada con el objeto de las subvenciones y que tengan su domicilio fiscal en España o dispongan de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español. También se pueden presentar agrupaciones de empresas públicas y/o privadas siempre que todos los miembros cumplan los requisitos para ser potenciales beneficiarios.

En concreto, los potenciales beneficiarios de la Medida 4 podrán ser:

  • Empresas privadas de cualquier sector que dispongan o puedan disponer de una terminal ferroviaria de carga en España, conectada a la red ferroviaria de interés general (RFIG).
  • Empresas privadas que hayan obtenido o puedan obtener una concesión para operar una terminal ferroviaria (propiedad de un organismo público o privado), de acuerdo con el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2177 de la Comisión, de 22 de noviembre de 2017, relativo al acceso a las instalaciones de servicio y a los servicios ferroviarios conexos, por el cual asumen la gestión y explotación de las instalaciones.
  • Empresas públicas que operen una terminal ferroviaria, incluyendo la gestión y explotación de las instalaciones.
Pequeña - Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Infografía - Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.Descargar imagen
Descripción de la imagen

Descripción de la imagen: La imagen representa aspectos de la medida 4, denominada Construcción, adaptación o mejora de cargaderos y terminales intermodales ferrocarril-carretera y sus conexiones terrestres, de la convocatoria de ayudas del programa de apoyo al transporte sostenible y digital. Este programa está financiado con los fondos europeos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que gestiona el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Objetivo: Construir nuevas terminales ferroviarias y mejorar las existentes

Presupuesto: 75 millones de euros

Intensidad máxima de la ayuda: 40 por ciento de los costes elegibles

Subvención mínima: 200.000 euros

    Potenciales beneficiarios
  • Empresas privadas que dispongan o puedan disponer de una terminal ferroviaria de carga en España, conectada a la red ferroviaria de interés general (RFIG)
  • Empresas privadas que hayan obtenido o puedan obtener una concesión para operar una terminal ferroviaria) propiedad de un organismo público o privado
  • Empresas públicas que operen una terminal ferroviaria
    Proyectos elegibles
  • Construcción de nuevas insfraestructuras ferroviarias en terminales ferroviarias y puntos de carga
  • Mejora de infraestructuras ferroviarias relacionadas con la implantación de ancho estándar (UIC) en terminales ferroviarias y puntos de carga existentes
  • Mejora de instalaciones o infraestructuras ferroviarias en terminales existentes y puntos de carga relacionadas con la electrificación, el aumento del número de vías, de la longitud de vida útil o de equipamiento
    Costes elegibles
  • Redacción de los proyectos de construcción
  • Ejecución de las obras
  • Asistencia técnica
  • Estudios y proyectos relacionados con la implementación y análisis de la inversión

Ayudas

La Medida 4 cuenta con un crédito de 75 millones de euros. Los potenciales beneficiarios deberán solicitar una subvención mínima por proyecto de 200.000 euros, teniendo en cuenta que, como máximo, los fondos europeos financiarán un 40% de los costes elegibles. En el caso de que el déficit de financiación demostrado sea inferior a la subvención solicitada, ésta tendrá el valor del déficit

Los proyectos objeto de la subvención deberán realizarse en cargaderos y terminales conectados a la red ferroviaria de interés general (RFIG)

¿Cuáles son los costes elegibles?

  • Coste de proyectos de infraestructura de última milla, incluyendo aquellos costes de última milla de la cadena logística hasta alcanzar el destino:
    • Conexión con la red ferroviaria de interés general (RFIG): ramal desde el apartadero o terminal hasta la RFIG, incluidos los costes de construcción (reemplazo o construcción de un nuevo ramal).
    • Adecuación de vías interiores a ancho estándar: equipamiento y adaptación de la infraestructura existente a ancho estándar.
    • Vías de maniobra o estacionamiento.
  • Coste de inversión en sistemas de seguridad, control y señalización orientados a incrementar la eficiencia y/o sostenibilidad de terminales (aplicable a nuevas terminales conectadas a la red ferroviaria de interés general (RFIG) en una ubicación relevante).
  • Estos costes incluyen:
    • La redacción de los proyectos de construcción.
    • La ejecución de las obras contempladas en el proyecto.
    • La asistencia técnica necesaria para la dirección de obra y coordinación de prevención de riesgos laborales.
    • Costes de inversión en estudios y proyectos relacionados con la implementación y análisis de la inversión para su ejecución inmediata, y, en su caso, dirección de obra.
    • Los costes relacionados con edificios, oficinas, grúas y equipamiento auxiliar no serán elegibles.

AvisoLos servicios de consultoría y los estudios de ingeniería de detalle serán subvencionables cuando se desarrollen en el marco de un proyecto que incluya, como parte necesaria, dichos estudios o trabajos de consultoría e ingeniería, no pudiendo ser objeto de subvención de forma aislada.

AvisoNo serán elegibles los costes financieros, los impuestos indirectos, las autorizaciones administrativas, licencias, permisos, coste de avales y/o fianzas, multas, tasas, impuestos o tributos. Tampoco los seguros, la seguridad y vigilancia, los gastos asociados a sanciones penales, así como gastos de procedimientos judiciales o el coste de arrendamiento de terrenos utilizados para el proyecto.

¿Cómo se pueden pedir las ayudas?

Los potenciales beneficiarios deben presentar las solicitudes en el portal de ayudas de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). Recuerde que en ningún caso se podrá presentar en la misma solicitud proyectos que se integren en diferentes medidas y que se pueden presentar todas las solicitudes que se deseen. En el apartado de “Documentación y normativa” de esta página encontrará la Guía del solicitante, donde se describen los pasos que hay que dar para cumplimentar correctamente todos los documentos necesarios para presentar la solicitud. Además, se incluyen manuales para elaborar la memoria técnica y financiera de los proyectos a cofinanciar, un documento con preguntas y respuestas frecuentes y la Orden Ministerial 370/2022. Si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto con el MITMA cumplimentando el buzón de consultas ubicado al final de la página o en este enlace

Acceso al portal de subvenciones

Aviso importante: el contenido de esta página es meramente informativo. Para poder presentar una o varias solicitudes de ayuda es necesario leerse la Orden Ministerial 370/2022 de 21 de abril, que aprueba las bases regulatorias y la convocatoria, ya que es la que contiene la información oficial y vinculante

Enlaces de interés

  • FaqPreguntas frecuentes
  • Buzón de consultasBuzón de consultas