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Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y transformación sostenible y digital del transporte: detalles de la convocatoria de 2022

En esta página encontrará información más detallada sobre la convocatoria de 2022 de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación sostenible y digital del transporte público urbano, regulada en la Orden Ministerial de la 2º convocatoria de 26 de julio. Esta segunda convocatoria en concurrencia competitiva, que sigue los principios de la publicada en 2021, tiene una dotación de 500 millones de euros.

El objetivo del programa, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), es distribuir 1.500 millones de euros de los fondos europeos NextGenerationEU para financiar actuaciones que contribuyan a articular un sistema fiable, atractivo, accesible y asequible de transporte público urbano que disminuya la contaminación; a desplegar flotas de vehículos más modernas, eficientes y de nulas emisiones; a introducir un concepto de movilidad inteligente adaptada a nuevos hábitos de movilidad; a digitalizar la planificación, gestión y evaluación por parte de las administraciones públicas y a promover que la movilidad activa se desarrolle fácilmente en el entorno urbano.

Se busca, así, contribuir a la mejora de la calidad del aire y la reducción de emisión de gases de efecto invernadero, promoviendo la descarbonización del transporte urbano y haciendo más atractivo el uso del transporte colectivo y de la movilidad activa (bicicleta, ir a pie), de manera que el uso del vehículo privado de motor sea más limitado en el centro de las ciudades. El programa coadyuvará a la implementación del Marco Estratégico de Energía y Clima y al Plan Nacional Integrado de Energía y Clima.

Modificación del artículo 7 y del punto 17 del artículo 5 de la convocatoria

El 9 de noviembre de 2022 se ha publicado en BOE el  Extracto de modificación de la Orden Ministerial por la que se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 del Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano a través de la cual se han modificado tanto el artículo 7 como el punto 17 del artículo 5. Se puede consultar el texto completo en este enlace.

Modificación del artículo 7:

El objetivo es introducir incentivos para garantizar el cumplimiento de los hitos y objetivos establecidos en el documento CID (Decisión de Ejecución del Consejo o Council Implementing Decision, en sus siglas en inglés). En concreto, este programa de subvenciones contribuye a la consecución de los siguientes objetivos críticos:

  • Objetivo CID #4: Publicación de la adjudicación de proyectos por un importe de 400 M€ por parte de municipios para la movilidad sostenible en el cuarto trimestre de 2022.
  • Objetivo CID #6: Finalización de al menos 25 proyectos de fomento de la movilidad sostenible en el cuarto trimestre de 2023.
  • Objetivo CID #7: Publicación de la adjudicación de proyectos por un importe de 1.500 M€ por parte de municipios para movilidad sostenible en el cuarto trimestre de 2024.
  • Objetivo CID #9: Finalización de al menos 280 proyectos de fomento de la movilidad sostenible en el cuarto trimestre de 2025.

Con la modificación propuesta del  artículo 7 de la segunda convocatoria, se mantiene el régimen de penalizaciones por retrasos y el riesgo de devolución de la totalidad de la ayuda si hay incumplimiento del hito CID. Sin embargo, se introducen incentivos adicionales a que los beneficiarios, a pesar de las dificultades iniciales que hayan podido tener en la licitación de los proyectos, culminen las actuaciones, lo que favorece el cumplimiento de los objetivos CID #6, #7 y #9.

En concreto, se regula que los beneficiarios podrán recibir el importe de la subvención que haya sido objeto de reducción por alguna penalización por incumplimiento de hitos, si se culminan adecuadamente las actuaciones subvencionadas en los plazos establecidos en la convocatoria, y siempre que no se produzca un incumplimiento del hito CID a nivel nacional.

Modificación del punto 17 del artículo 5:

Esta modificación especifica que el  número de puntos de recarga que se puede solicitar es como máximo el equivalente al número de vehículos  “que resulten financiados en alguna convocatoria de este programa y que requieran dichos puntos de recarga.”

¿Quién podía solicitar las ayudas?

La segunda convocatoria del programa de ayudas se dirigió a municipios con más de 50.000 habitantes, a capitales de provincia y a municipios de entre 20.000 y 50.000 habitantes que cumplían las siguientes condiciones:

  1. Disponer de un servicio de transporte público colectivo urbano interior
  2. Dispongan de un Plan de Movilidad Sostenible vigente y aprobado en la fecha de presentación de su solicitud

Las agrupaciones de municipios no podían participar en esta segunda convocatoria, mientras que los entes supramunicipales sólo pueden presentar una solicitud si se cumplen las siguientes condiciones:

  1. Estar creados por normas de rango legal y que tengan atribuidas competencias en materia de transporte público urbano colectivo
  2. Que todos o parte de los municipios integrantes cumplan las condiciones para ser potenciales beneficiarios
  3. Que todos los municipios integrantes hayan expresado formalmente su renuncia a presentar una solicitud de forma individual

Entre otros requisitos, todos los potenciales beneficiarios debían tener vigente y aprobado un Plan de Movilidad Sostenible y certificar no encontrase en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley General de Subvenciones. Así, por ejemplo, debían estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. El cumplimiento de tales requisitos se acreditó mediante los correspondientes certificados administrativos referidos siempre a la fecha final del plazo de presentación de solicitudes y expedidos por los órganos competentes.

Aviso El dato de población válido es el recogido en el Padrón Municipal de habitantes referido al año 2020 (1 de enero de 2020).

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Descripción de la imagen: La imagen muestra datos clave de la convocatoria de 2022 del programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación sostenible y digital del transporte urbano. Estas subvenciones forman parte de los fondos europeos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que gestiona el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

¿Cuántos fondos se reparten? 500 millones de euros

  • Serán financiables hasta un máximo del 90 por ciento de los costes elegibles
  • Se anticipa el cien por cien de la financiación en una sola anualidad en 2023

Ayuda total máxima: hasta un máximo de 550 millones de euros en función de la disponibilidad presupuestaria

¿Qué plazo hay fijado para presentar solicitudes?

  • La convocatoria se abre al día siguiente de su publicación en el BOE
  • El plazo finaliza el 29 de septiembre de 2022

¿A quién van dirigidas las ayudas?

  • Municipios de más de 50.000 habitantes
  • Capitales de provincia
  • Municipios de entre 20.000 y 50.000 habitantes que dispongan de un servicio público de transporte colectivo urbano interno y de PMUS vigente y aprobado en la fecha de la presentación de la solicitud
  • Entes supramunicipales formados por municipios que renuncien a presentar una solicitud individual

¿Cuántas solicitudes se pueden presentar?

  • Una solicitud por cada potencial beneficiario
  • Con un máximo de seis actuaciones por solicitud

Solicitudes y actuaciones

Cada municipio que cumpliese las condiciones para ser potencial beneficiario podía presentar una única solicitud que incluyese hasta seis actuaciones de cualquier línea, siempre y cuando cumpliese con los requisitos para pedirla. No se fijó un mínimo de financiación a solicitar por actuación. Las subvenciones se abonaron en un único pago como anticipo.

La ayudas establecidas en la segunda convocatoria se articulan en cuatro líneas:

  1. Actuaciones de implementación de Zonas de Bajas Emisiones que recojan el conjunto de inversiones que requiere su puesta en funcionamiento.
  2. Medidas destinadas a la transformación digital y sostenible del transporte público e impulso a la movilidad saludable.
  3. Actuaciones de transformación de flotas del transporte público con el fin de contribuir a la consecución de los objetivos de la Directiva de Vehículos Limpios.
  4. Actuaciones de digitalización que redunden en una mayor eficacia en la gestión del tráfico y del transporte y gestión de la demanda, así como en el análisis de información.

Los municipios de más de 50.000 habitantes y las capitales de provincia podían solicitar ayudas para actuaciones incluidas en las cuatro líneas. Las actuaciones incluidas en las líneas b), c) y d) se extendía a los municipios con más de 20.000 habitantes que cumplía determinados criterios, como disponer de un servicio de transporte público colectivo urbano interior. Los municipios de entre 20.000 y 50.000 habitantes también podían pedir ayudas a la línea a) cuando se superasen los valores límite de los contaminantes regulados en Real Decreto 102/2011, de 28 de enero.

El periodo de ejecución de las actuaciones subvencionadas en la convocatoria de 2021 está comprendido entre 1 de febrero de 2020 y el 30 de junio de 2025. Así, las actuaciones a financiar debían ser lo suficientemente maduras y solventes técnica y financieramente como para que pudiesen estar adjudicadas antes del 1 de marzo de 2024 y efectivamente implantadas y en funcionamiento antes del 30 de junio de 2025. No en vano, el criterio de madurez fue uno de los criterios más importantes, suponiendo el 40% de la puntuación.

El incumplimiento de los hitos recogidos en la convocatoria, especialmente en lo referente a licitación, adjudicación y ejecución, puede conllevar la pérdida total de la subvención y la obligación de reintegro de las cuantías ya percibidas. Esta medida está encaminada a garantizar la realización de los objetivos fijados por la Comisión Europea para el Plan de Recuperación.

Intensidad de las ayudas

Las actuaciones recogidas en las líneas pueden ser financiadas con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en hasta un máximo del 90% de los costes subvencionables, excepto la adquisición de autobuses urbanos y vehículos de limpieza, que se financia un precio unitario según categoría (ver Anexo I de la convocatoria e infografía), siempre que no se supere la ayuda máxima por solicitante, que se fija en función de la población:

  • Más de 1 millón de habitantes: 20 euros/habitante
  • Entre 1 millón y 100.000 habitantes, creciente entre 20 y 40 euros/habitante*
  • Menos de 100.000 habitantes: 40 euros/habitante
  • En caso de entes supramunicipales se aplica los máximos antes descritos en función de la población del conjunto de los municipios integrantes que puedan optar a las ayudas, aplicando siempre el límite máximo de 40.000.000 de euros por solicitud

* Se establece mediante una función recogida en el artículo 4.5 de la OM.

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Descripción de la imagen: La imagen muestra los objetivos y los requisitos de la convocatoria de 2022 del programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación sostenible y digital del transporte urbano. Estas subvenciones forman parte de los fondos europeos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que gestiona el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

¿Para qué son las ayudas?

  • Implantar zonas de bajas emisiones. Puesta en funcionamiento y actuaciones complementarias (sistemas de control de acceso, señalización, etcétera).
  • Impulsar modos de transporte más sostenibles. Movilidad activa (carriles bici segregados, itinerarios peatonales…) y transporte público.
  • Transformar el transporte público hacia una actividad de cero emisiones. Adquisición de autobuses y vehículos pesados propulsados con energías alternativas.
  • Digitalizar la actividad de los servicios públicos de transporte. Mejora del servicio y de la experiencia de usuarios y de la gestión de las Administraciones (información en tiempo real, transporte a la demanda, pago digital, etcétera.

Requisitos de las actuaciones

  • Alto grado de madurez
  • Concluir antes del 30 de junio de 2025
  • Altos estándares de calidad, solidez y buen diseño
  • Ayudar a reducir las emisiones contaminantes

Actuaciones financiables

  • Implementación de zonas de bajas emisiones (ZBE):

Para acelerar la puesta en funcionamiento de zonas de bajas emisiones en las ciudades, los potenciales beneficiarios de esta línea podían solicitar financiación europea para desplegar señalización que delimite la zona de bajas emisiones e implantar sistemas de control de accesos y aparcamiento, sistemas de comunicación y gestión y bases de datos de vehículos autorizados y tratamiento de excepciones. En esta línea también se incluye la financiación de sensores y medidores de la calidad del aire, de ruido y de las emisiones de los vehículos y de sistemas de control de sanciones, entre otras actuaciones.

  • Transformación digital y sostenible del transporte público colectivo e impulso a la movilidad activa.

Para cumplir el objetivo de fomentar el cambio modal en entornos urbanos y metropolitanos hacia una movilidad más sostenible, los municipios podían pedir subvenciones para:

  • La construcción o implantación de nuevos trazados de carriles reservados para bicicletas y/o vehículos de movilidad personal (VMP) y para la instalación de aparcamientos seguros para bicicletas. También se financiarán actuaciones para la adecuación de vías existentes y espacio urbano para bicicletas y/o vehículos de movilidad personal, incluyendo la señalización, pavimento diferenciado, elementos de separación… En el contexto del impulso a la movilidad activa, también se financia con fondos europeos la implantación, ampliación o mejora de sistemas públicos de alquiler de bicicletas y otros vehículos de movilidad personal.

    En este punto, cabe señalar que sólo se subvencionará este tipo de actuaciones si se trata de carriles segregados físicamente del tráfico rodado y del tráfico peatonal y forman parte de una red planificada. Así, en cuanto a carriles bici o para vehículos de movilidad personal, no será financiable la implementación de ciclocarriles, entendidos como calles acondicionadas de coexistencia automóvil - bicicleta con preferencia para el ciclista. Tampoco serán financiables actuaciones dirigidas al ocio, turismo, paseo o deporte.

  • La implementación de zonas e itinerarios peatonales y mejora de la accesibilidad con, por ejemplo, actuaciones en entornos escolares, en zonas comerciales, en “supermanzanas” o actuaciones de movilidad vertical y pasarelas para la permeabilización de barreras urbanísticas (autopistas, ríos, líneas de ferrocarril, etc.). Así, se contempla subvencionar la ampliación de aceras tomando espacio de la calzada, pero se excluyen las actuaciones que se limiten a reformas urbanísticas o paisajísticas que no favorezcan la movilidad activa, o aquellas dirigidas al ocio o deporte.

  • La construcción de plataformas y carriles de priorización (o exclusividad) para transporte colectivo; la mejora de la accesibilidad (personas con movilidad reducida y colectivos especiales) del sistema de transporte público, como, por ejemplo, plataformas adelantadas, dársenas o apeaderos, y el refuerzo de la intermodalidad, tanto entre medios de transporte colectivo como con vehículos de última milla (bicicletas y otros vehículos de movilidad personal), entre otros.

    En cuanto al transporte ferroviario de competencia local, los municipios pueden pedir ayudas para mejoraras de la infraestructura o tecnológicas que incentiven su uso y para la compra o renovación de material rodante ferroviario.

  • Calmar el tráfico rodado, con el impulso de la señalización e iluminación reforzada de pasos peatonales y zonas con peatones vulnerables; la instalación de sistemas de control semafórico o de velocidad; la ampliación de aceras, zonas sin tráfico, disposición de vallas y jardineras o establecimiento de supermanzanas, entre otras.

  • La ampliación o construcción de aparcamientos que disuadan el acceso en coche a otros núcleos urbanos o centros atractores también se subvenciona. En este punto, hay que tener en cuenta que los aparcamientos deben estar ubicados en el entorno de estaciones de transporte público (metro, estaciones de cercanías, intercambiadores…) en la periferia de las ciudades y/o en el exterior de los cascos históricos y las ZBE. También se promociona el establecimiento y ampliación de zonas de estacionamiento regulado no incluidas en una ZBE.

  • En cuanto la distribución urbana de mercancías, se contempla la financiación de actuaciones de mejora para incorporar su planificación en los planes de movilidad urbana y en el diseño de las zonas de bajas emisiones. Por ejemplo, se podrán subvencionar nuevos modelos de distribución urbana con la implantación de “minihubs”, plataformas ciclologísticas, centros de consolidación urbana, puntos de recogida, taquillas inteligentes, etc. Se promueve, a su vez, la implantación de zonas de carga descarga y sistemas para su gestión.

  • Fomentar la transformación del transporte público de viajeros y mercancías hacia una actividad de cero emisiones:

Para cumplir el objetivo se promueve la adquisición de autobuses para flotas de transporte público colectivo y de vehículos pesados para servicios públicos de recogidas de residuos o servicio de limpieza urbana, de ámbito municipal, propulsadas con energías alternativas (ver anexo I e infografía descargable):

  • Autobuses eléctricos (BEV): Categoría M2 y M3.

  • Autobuses impulsados por hidrógeno (FCV, FCHV): Categoría M2 y M3.

  • Vehículos pesados de la categoría N3 eléctricos o impulsados por hidrógeno.

    Entre las medidas se incluye la instalación de puntos de recarga eléctrica para flotas de autobuses o de vehículos pesados y la adaptación de cocheras, siempre que resulte necesario para la instalación de puntos de recarga. Asimismo, se pueden financiar servicios de consultoría para diseño de las actuaciones de electrificación y adaptación del plan de explotación.

  • Digitalización:

La línea contempla la digitalización de la actividad de los servicios públicos de transporte para la mejora del servicio y de la experiencia de usuario, tales como herramientas de planificación de viajes y mejora de la información del transporte o mejora de los procedimientos de “ticketing” y pago en el transporte público urbano, para la mejora del control de viajeros y la expedición y validación de billetes.

Balance de cierre

Tras el cierre de la segunda convocatoria se registraron un total de 192 solicitudes, de las que los interesados solicitaron la retirada de 4 solicitudes para sustituirlas por otras que han presentado posteriormente dentro del plazo establecido en la convocatoria. Por tanto, el número de solicitudes admitidas al procedimiento de revisión y evaluación en la convocatoria ascendió a 188. En el anuncio de la Secretaría General de Transportes y Movilidad publicado en Sede Electrónica se puede consultar tanto el listado de solicitudes admitidas (Anexo I) como el de solicitudes en las que el interesado solicitó su anulación (Anexo II).

2ª CONVOCATORIA: Relación definitiva de solitudes admitidas