La Tarjeta profesional de marina mercante es el documento expedido por el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de la Marina Mercante, que acredita que su titular está en posesión del correspondiente refrendo exigido por las disposiciones del Convenio STCW y que faculta a su titular para prestar servicio a bordo de los buques mercantes de arqueo, potencia y medios de propulsión determinada, con el cargo estipulado y desempeñando las funciones previstas para el nivel de responsabilidad especificado.
Las titulaciones profesionales son varias y se clasifican dependiendo de las siguientes variables:
Los títulos enumerados en el apartado anterior se clasifican en tres secciones mencionadas: puente o cubierta, máquinas y radiocomunicaciones. A la sección de puente pertenecen los títulos indicados en las letras a) a f), sin perjuicio de las funciones polivalentes propias del título de patrón portuario. A la sección de máquinas pertenecen los títulos que figuran en las letras g) a k), y a la de radiocomunicaciones los que se señalan en las letras l) m) n) y o).
Excepto el Patrón Portuario de la letra f), todos son títulos de competencia regulados de conformidad con el Convenio STCW.
Los marineros, tanto de la sección de puente como de máquinas ha pasado a denominarse certificados de suficiencia. Según la Resolución de 14 de noviembre de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se determinan las condiciones de obtención de los certificados de suficiencia de los marineros de la Marina Mercante, se establecen los programas de formación, las condiciones de homologación y control de los centros de formación y las condiciones para la obtención de los certificados de suficiencia acreditativos de la competencia profesional de marinero de puente de la marina mercante, marinero de primera de puente de la marina mercante, marinero de máquinas de la marina mercante, marinero de primera de máquinas de la marina mercante y marinero electrotécnico.
Los siguientes enlaces dan acceso a las páginas de consulta referentes a los Títulos Profesionales: