Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
A través de un Real Decreto

El Gobierno modifica la estructura orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

  • Las modificaciones aprobadas responden a la necesidad de adecuar la estructura del Departamento a los cambios en las funciones que deben desarrollar sus unidades y facilitar su ejecución más eficiente.
  • Se describen de manera detallada las funciones atribuidas al Ministerio en materia de movilidad sostenible.
  • Se introducen determinadas modificaciones en la adscripción, denominación y funciones de algunos de sus órganos.

El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy, ha aprobado mediante Real Decreto y a propuesta del Ministro de Política Territorial y Función Pública, previa iniciativa del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), una modificación de la estructura orgánica básica de Mitma, que se encuentra regulada en el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio.

Las modificaciones de dicha estructura orgánica de Mitma son:

  1. En materia de movilidad sostenible, se describen de manera más detallada las funciones atribuidas a diferentes órganos de Mitma. En este sentido, se añade la referencia al impulso de la movilidad sostenible en su dimensión social, económica y medioambiental, incluida la promoción de la movilidad activa, que transciende al tradicional ámbito del transporte:
    • a. La dimensión social supone dar respuesta a las necesidades de los ciudadanos en sus desplazamientos, en especial en cuanto a la denominada movilidad obligada, con criterios de no discriminación, accesibilidad universal y justicia social.
    • b. En su dimensión económica, la movilidad debe generar valor añadido y ser sustento de la actividad económica, garantizando la unidad de mercado y optimizando el uso de los recursos públicos.
    • c. La dimensión medioambiental de la movilidad supone garantizar el respeto al medio ambiente y la salud de las personas, reduciendo las emisiones contaminantes y de gases de efecto invernadero y fomentando la movilidad activa, por su capacidad de incidir de forma positiva en la salud y en la mejora de la calidad de vida.

    Mitma coordinará el desarrollo de esta política estatal, con especial atención a la movilidad del día a día, así como a la movilidad en los entornos de baja densidad de población, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales y de otras administraciones.

  1. Se cambia la denominación de la Unidad de Emergencias, Seguridad y Gestión de Crisis, que pasa a depender directamente del Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, desarrollándose además de manera pormenorizada las funciones que le corresponden.
  2. En el ámbito de la Subsecretaría, se lleva a cabo la reasignación de algunas funciones correspondientes a tres subdirecciones de la Secretaría General Técnica, y se modifica la denominación de dos subdirecciones de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, cuyas funciones quedan ahora mejor precisadas.
  3. Se añade una referencia expresa al Fondo de Solidaridad entre aquellos fondos de financiación europeos que correspondan al Departamento y cuya gestión compete a la Subdirección General de Planificación, Red Transeuropea y Logística.
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