Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Mitma obtiene la aprobación de la primera resolución del cálculo de la RPA de la R-4, Madrid-Ocaña; R-3, Madrid-Arganda del Rey y R-5, Madrid-Navalcarnero; y AP-41, Madrid-Toledo

  • Este procedimiento incluye un trámite de audiencia a los interesados, en el cual se han analizado todas las alegaciones presentadas, y cuenta con informe favorable de la Abogacía del Estado.
  • Mitma continúa con la tramitación de los expedientes de cálculo de la Responsabilidad Patrimonial de la Administración del resto de autopistas que se encuentran en fase de liquidación.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha tramitado y ha obtenido la aprobación de la primera resolución del cálculo de la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA) de las autopistas R-4, Madrid-Ocaña; R-3, Madrid-Arganda del Rey y R-5, Madrid-Navalcarnero; y AP-41 Madrid-Toledo.

La primera de ellas, la autopista R-4, fue adjudicada mediante Real Decreto 3540/2000, de 29 de diciembre, a una agrupación de empresas que crearon la sociedad concesionaria “Autopista Madrid Sur, Concesionaria Española, S.A.”. Esta sociedad se declaró en concurso voluntario ordinario el 4 de octubre de 2012, abriéndose la fase de liquidación el 10 de mayo de 2017.

En el caso de la concesión de las autopistas R-3 y R-5, fue adjudicada por Real Decreto 1515/1999, de 24 de septiembre, creándose la sociedad concesionaria “Accesos de Madrid, Concesionaria Española, S.A.”, que fue declarada en concurso de acreedores en diciembre de 2012, abriéndose la fase de liquidación mediante auto dictado el 2 de noviembre de 2017.

En cuanto a la autopista AP-41, fue adjudicada mediante Real Decreto 281/2004, de 13 de febrero, creándose la sociedad concesionaria “Autopista Madrid-Toledo, Concesionaria Española de Autopistas, S.A.”, que fue declarada en concurso de acreedores en mayo de 2012, y se abrió la fase de liquidación mediante auto dictado el 10 de septiembre de 2018.

Los contratos de la R4 y R3/R5 fueron resueltos por acuerdos del Consejo de Ministros, ambos con fecha 13 de julio de 2018 y en el caso de la AP-41, con Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 8 de febrero de 2019, ordenándose a Mitma que tramitara los expedientes de liquidación de los contratos, con la debida cuantificación del valor de la llamada Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA). El servicio en las autopistas se ha mantenido por parte de Seittsa (Sociedad Estatal de Infraestructuras de Transporte Terrestre), que asumió la explotación de las autopistas R-3/R-5 y R-4 en 2018 y de la AP-41 en 2019.

Con fecha de 26 de abril de 2019, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo de interpretación de determinados contratos de concesión de autopistas, en cuanto al método para calcular la “Responsabilidad Patrimonial de la Administración” (RPA)”.

Procedimiento de liquidación

Mitma ha tramitado el procedimiento de liquidación de los tres contratos, con el cálculo de la Primera Resolución de la RPA. Este procedimiento incluye un trámite de audiencia a los interesados, en el cual se han analizado todas las alegaciones presentadas, y cuenta con informe favorable de la Abogacía del Estado.

R-4, Madrid-Ocaña

Siguiendo lo indicado en el citado Acuerdo de interpretación, se ha calculado la RPA reconocida determinándose que asciende a 181.326.434,33  euros, que es el resultado de la suma de la RPA por obras (461.693.391,32 euros) y la RPA por expropiaciones (72.824.636,69 euros), descontando el valor de las inversiones necesarias para obtener, en la fecha de la valoración, la perfecta entrega de las instalaciones en condiciones de absoluta normalidad (115.876.686,68 euros) y minorando las indemnizaciones pagadas a los expropiados por la Administración (237.314.907,00 euros).

Sobre el importe de la RPA reconocida, y según el Acuerdo de interpretación, se han de retener provisionalmente los importes para hacer frente a la liquidación de situaciones aún pendientes (expropiaciones pendientes de pago, de las que pueda tener que hacerse cargo la Administración, incluyendo las indemnizaciones previsibles por la reanudación de expedientes expropiatorios suspendidos en virtud de convenios de cesión de aprovechamientos urbanísticos), que ascienden en esta fase a 295.057.403,50 euros.

En consecuencia, dado que el importe de la retención provisional supera al de la RPA reconocida, no se abona importe alguno en concepto de primera resolución.

R-3, Madrid-Arganda del Rey y R-5, Madrid-Navalcarnero

En este caso se ha determinado que la RPA reconocida asciende a 423.154.743,62 euros, resultado de la suma de la RPA por obras (562.338.835,55 euros) y la RPA por expropiaciones (39.041.746,30 euros), y descontando el valor de las inversiones necesarias para obtener una perfecta entrega de las instalaciones (76.304.618,77 euros) así como el de las indemnizaciones pagadas a los expropiados por la Administración (101.921.219,46 euros).

Sobre el importe de la RPA reconocida, y según el Acuerdo de Interpretación, se han de retener provisionalmente los importes para hacer frente a la liquidación de situaciones aún pendientes que ascienden en el momento del cálculo a 304.004.675,09 euros.

Por tanto, el importe a abonar por RPA en esta fase es de 119.150.068,53 euros, a cuenta de la liquidación final de la resolución definitiva, que se abonará en los siguientes tres meses. A esta cantidad debe agregarse el interés correspondiente según lo que establece el Acuerdo de Interpretación.

AP-41, Madrid-Toledo.

La RPA reconocida se ha calculado en 108.102.120,42 euros, resultado de sumar la RPA por obras (222.981.390,66 euros) y la RPA por expropiaciones (54.155.000,00 euros), y descontando el valor de las inversiones necesarias para el reacondicionamiento de la infraestructura (21.520.078,34 euros), así como las indemnizaciones abonadas a los expropiados por la Administración (147.514.191,90 euros).

Sobre el importe de la RPA reconocida, se retienen los importes para hacer frente a la liquidación de situaciones aún pendientes, que ascienden en este momento a 55.176.024,59 euros.

En consecuencia, el importe a abonar por RPA es de 52.926.095,83 euros, a cuenta de la liquidación final de la resolución definitiva, que se abonará en los siguientes tres meses. A esta cantidad debe sumarse el interés correspondiente según lo que establece el Acuerdo de Interpretación.

Estas cantidades no son aún definitivas, y serán revisadas, según se indica en el Acuerdo de Interpretación, en las Resoluciones Complementaria y Definitiva, que se determinarán cada seis meses para tener en cuenta las situaciones pendientes de expropiaciones, motivo por el cual se ha retenido en los tres casos parte de la Responsabilidad Patrimonial calculada.

Por otra parte, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana continúa con la tramitación de los expedientes de cálculo de la RPA del resto de autopistas que se encuentran en fase de liquidación.

 

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