El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), a través de una Orden Ministerial publicada hoy en el BOE, facilita la actividad de los centros de mantenimiento de vehículos ferroviarios ante la crisis del COVID-19, teniendo muy presente que, en el contexto actual, el mantenimiento del transporte ferroviario es fundamental para garantizar el abastecimiento en determinados ámbitos.
Junto al resto de medidas transversales ya adoptadas hasta la fecha, el Ministerio considera necesario incorporar otras específicas relacionadas con el régimen de gestión del mantenimiento de los vehículos ferroviarios que prestan los servicios de transporte, tanto de viajeros como de mercancías, sobre la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG).
Con esta orden ministerial, para aquellos vehículos ferroviarios cuyos servicios se puedan acreditar como imprescindibles, se permite:
La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, podrá llevar a cabo actividades de supervisión sobre su correcta aplicación, pudiendo derivar en las correspondientes sanciones en el caso de una utilización inapropiada de las mismas.