Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
En la Autovía A-66.

Fomento licita la construcción y explotación del área de servicio de Almendralejo en Badajoz

  • El presupuesto de ejecución de las obras es de 4,2 millones de euros
  • Se establece un periodo de concesión por un máximo de 40 años

El Ministerio de Fomento ha licitado el contrato de concesión para la construcción y explotación del área de servicio de Almendralejo, en la autovía A-66, kilómetro 645,25, en el término municipal de Almendralejo (Badajoz), con acceso directo de entrada y salida a la autovía desde ambos sentidos.

Las instalaciones se sitúan en la margen izquierda de la autovía (sentido Badajoz – Sevilla), por lo que desde la margen derecha se accede por un paso superior de uso exclusivo para el área de servicio.

Para evitar la posibilidad de realizar el cambio de sentido, los aparcamientos y surtidores de combustible están independizados para los usuarios de cada calzada de la autovía, mientras que la tienda y el edificio de cafetería y restauración son comunes.

El Estado aporta los terrenos y el concesionario podrá explotar el área de servicio durante un periodo máximo de 40 años, abonando a la Administración un canon anual cuyo importe mínimo se ha fijado en 21.400 euros.

El presupuesto de ejecución material de las obras es de 4,2 millones de euros. Las instalaciones mínimas que deben contener las propuestas son las siguientes:

  • Estación de servicio
  • Aparcamientos diferenciados para vehículos ligeros, pesados y autocaravanas
  • Cafetería-restaurante
  • Zona de descanso y juegos infantiles

Características técnicas

Son Áreas de Servicio las zonas colindantes con las carreteras, diseñadas expresamente para albergar instalaciones y servicios destinados a la cobertura de las necesidades de la circulación.

Pueden incluir estaciones de suministro de carburantes, hoteles, restaurantes, talleres de reparación y otros servicios análogos y auxiliares destinados a facilitar la seguridad y comodidad de los usuarios de la carretera. No se podrán establecer en estas áreas de servicio, instalaciones o servicios que no tengan relación directa con la carretera o que puedan generar un tráfico adicional.

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