Los túneles de carretera son elementos que por sus singulares características dentro de la red viaria merecen una atención especial, no porque en ellos se produzcan más accidentes que en otros puntos del trazado de las carreteras sino porque cualquier incidencia grave que les afecte puede provocar alarma social, dadas las circunstancias concurrentes y específicas del lugar en que se produce, las dificultades de rescate o evacuación, el dramatismo provocado por el confinamiento o el trastorno que para el sistema de transportes puede suponer el cierre temporal de un tramo viario, en ocasiones con alternativas difíciles o inexistentes. Por tanto, no procede disponer en los túneles elementos que puedan suponer distracción para la conducción en estos puntos tan singulares y que en ningún caso suponen una medida de seguridad adicional para la circulación vial, razón por la cual, aun siendo zonas videovigiladas, no se exhibirá distintivo informativo al respecto.
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