Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Superficie de transición

Se establecerán superficies de transición por cada sentido de la pista que se proyecte utilizar para el aterrizaje de aeronaves.

La pendiente de la superficie de transición, medida en un plano vertical perpendicular al eje de la pista, será:

Del 14,3% cuando la letra clave de la pista sea A, B o C y del 20,0% cuando dicha letra clave sea D o E.

El límite exterior de la superficie de transición se determinará por su intersección con el plano que contenga a la superficie horizontal interna.

Superficie de transición. Pista de clave A, B ó C

Planta y sección transversal de la superficie de transición. Pista de clave A, B ó C