Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Procedimiento para el registro de tarifas domésticas e índices de cargo de las Compañías Aéreas Españolas o Comunitarias que realicen servicios regulares entre aeropuertos españoles

Objetivo

Registro de tarifas de los servicios de transporte aéreo regular que realicen las compañías aéreas entre aeropuertos españoles.

Regulación

Registro de tarifas Real Decreto 1340/2007 de 11 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1316/2001 de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo, para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Islas Baleares y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

Esquema

A continuación se muestra el esquema del procedimiento de registro de tarifas e índices de cargo.

Esquema

Índices de cargo

  1. Elaboración y envío de Registro Service Fee: La compañía aérea debe registrar a la DGAC, el listado de sus Service Fee Domésticos cada vez que lo actualicen.
  2. Aceptación de registro

    La DGAC revisa la información recibida, pudiendo detectarse errores/incoherencias (pasando a '2.1 NO: Revisión y corrección la información')

    1. NO: Revisión y corrección de fichero.

      Si el fichero no es aceptado, será comunicado a la compañía aérea para que lo revise, haga la respectiva corrección, y lo envíe de nuevo.

    2. SI: Aceptación del fichero

      Si el fichero es correcto, la DGAC aceptará el registro y, en su caso, procederá a enviar el acuse de recibo

  3. Remisión ficheros de Índices de cargo

    La compañía remite a la DGAC los ficheros de índices de cargo (Real Decreto – Anexo IV), que contendrá la información sobre la cuantía de los diversos Service Fees, así como un código identificativo asociado a cada concepto.

  4. Aceptación del fichero

    La DGAC procesa el fichero, pudiendo detectarse errores/incoherencias (pasando a '4.1 NO: Revisión y corrección de información'). Si todo está correcto, se comunicará el Vº bueno a la compañía.

    1. NO: Revisión y corrección de información

      Si en el proceso del fichero se detectan errores, se comunica a la compañía y se pasa de nuevo al Paso 3. 'Remisión ficheros índices de cargo'

    2. SI: Carga en BD de los Índices de Cargo

      Si se acepta el fichero, se cargaran en la Base de Datos de la DGAC para mantenerlos como datos de control ficheros índices de cargo”

Tarifas básicas

  1. Elaboración y envío de Registro de Tarifas Domésticas

    La compañía aérea debe registrar a la DGAC, sus Tarifas Domésticas cada vez que lo actualicen

  2. Aceptación de registro

    La DGAC revisa el registro, pudiendo detectarse errores/incoherencias (pasando a '4.1 NO: Revisión y corrección de información').

    1. NO: Revisión y corrección de fichero

      Si el fichero no es aceptado, será comunicado a la compañía aérea para que lo revise, haga la respectiva corrección, y lo envíe de nuevo

    2. SI: Aceptación del fichero

      Si el fichero es correcto, la DGAC aceptará el registro y, en su caso, procederá a enviar el acuse de recibo

  3. Elaboración y envío de Fichero Tarifas Básicas / Máximas

    La compañía aérea debe enviar a la DGAC, el fichero de Tarifas Básicas / Máximas (Real Decreto – Anexo IV) cada vez que lo actualicen.

  4. Control y Envío de incidencias

    La DGAC procesa el fichero de sus tarifas básicas / máximas, y en caso de detectar incoherencias generará y enviará las incidencias correspondientes a la compañía aérea.

  5. ¿Se aceptan incidencias?

    La compañía puede elaborar y enviar a la DGAC un nuevo fichero subsanando las deficiencias como estime oportuno.

    1. SI: Consolidación información

      Una vez la compañía comunique a la DGAC la aceptación de las incidencias, esta última procederá a consolidar los datos de todas las compañías aéreas.

    2. NO: Se devuelve al paso '3. Remisión fichero tarifas Básicas/máximas'

      Una vez la compañía comunique a la DGAC la aceptación de las incidencias, esta última procederá a consolidar los datos de todas las compañías aéreas.

  6. Paso a producción en Base de Datos

    El proceso termina cuando la DGAC pasa a producción en base de datos, los datos consolidados.