Personas físicas y jurídicas que vayan a prestar servicios postales incluidos en el ámbito del servicio postal universal (carta ordinaria o certificada, paquetería hasta 20 Kg. sin valores añadidos, tarjetas postales).
El trámite se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica.
El formulario de Solicitud de autorización administrativa singular se descarga desde la opción “Tramitación en papel. Descarga del impreso”
La tasa por la concesión de autorizaciones administrativas singulares (código 108) se abona desde la opción de “Pago de tasas” > “Tasas autoliquidables”. En la opción “Con certificado” se paga directamente mediante tarjeta o cargo en cuenta corriente. En la opción “Sin certificado” se generan los impresos por triplicado y se paga en el banco.
La tasa por inscripción en el Registro general de empresas prestadoras de servicios postales (código 032) se abona desde la opción de “Pago de tasas” > “Tasas autoliquidables”. En la opción “Con certificado” se paga directamente mediante tarjeta o cargo en cuenta corriente. En la opción “Sin certificado” se generan los impresos por triplicado y se paga en el banco.
Los documentos se remiten a través de la opción “Tramitación electrónica. Iniciar”.
El Registro emite la Autorización administrativa singular y una certificación acreditativa de la inscripción que se notifica al correo electrónico del solicitante y se pueden descargar desde la sede electrónica del Ministerio en la opción “Mis trámites. Notificaciones y comunicaciones”